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Gobierno CLM decreta servicios mínimos del 100% ante la huelga en el servicio público de medios aéreos del Plan Infocam

Agencias
lunes, 18 de agosto de 2025, 09:02 h (CET)

Gobierno CLM decreta servicios mínimos del 100% ante la huelga en el servicio público de medios aéreos del Plan Infocam

TOLEDO, 18 (Europa Press)
El Gobierno de Castilla-La Mancha, ante la huelga que el colectivo de pilotos y copilotos de la empresa Pegasus Aviacion, S.A. del servicio público de medios aéreos del Plan Infocam ha convocado en todo el territorio nacional del 20 de al 31 de enero de 2026, ha decretado servicios mínimos el 100% del personal necesario para mantener operativo el servicio afectado con los tiempos de respuesta habituales.

Así consta en la resolución de la Consejería de Desarrollo Sostenible, que publica en su edición de este lunes el Diario Oficial de Castilla-La Mancha y recoge Europa Press, en la que se indica que deben permanecer disponibles en su totalidad según el horario de funcionamiento de cada base durante todos los días y períodos en que los convocantes han anunciado los paros, y con presencia física y tiempos de respuesta habituales para que las aeronaves permanezcan operativas y atiendan cualquier emergencia, requerimiento y/o activación que se presente.

La designación de los trabajadores que deben prestar los servicios mínimos que se establecen en esta resolución corresponderá a las personas titulares de la empresa afectada por la convocatoria.

Explica el departamento que dirige Mercedes Gómez que Pegasus Aviacion, S.A. es adjudicataria de tres lotes del servicio público de medios aéreos adscritos al Plan de Emergencia por Incendios Forestales de Castilla-La Mancha (en adelante, Plan Infocam), en virtud de los cuales tiene asignada la operación de un total de dieciocho helicópteros tipo A de transporte y extinción, distribuidos en siete aeronaves correspondientes al Lote 1, seis aeronaves correspondientes al Lote 2 y cinco aeronaves correspondientes al Lote 3, todos ellos vinculados al Expediente 2025/000817.

Dichos contratos tienen por objeto la prestación de un servicio esencial de reconocida e inaplazable necesidad, que opera siempre en situaciones de emergencia por incendio forestal.

La naturaleza de este servicio impide su programación previa, ya que los medios aéreos se movilizan únicamente ante la declaración de una emergencia, siendo por tanto indispensable para la protección civil, seguridad y medio ambiente.

En consecuencia, la continuidad y operatividad del servicio no pueden verse interrumpidas ni gravemente afectadas por el ejercicio del derecho de huelga.

Por ello, el Ejecutivo regional, en la determinación de los servicios mínimos durante la huelga convocada se ha ponderado, entre otros aspectos considerados, la naturaleza de los derechos o bienes constitucionalmente protegidos sobre los que aquélla repercute.

Si bien el criterio para el establecimiento de servicios mínimos en caso de huelga ha de tomar como referencia de carácter general la de los efectivos que prestan servicio durante un día festivo, en el presente caso ha de considerarse que los efectivos de cualquier día del año son idénticos, sin distinción entre días festivos y laborables.

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