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El Supremo archiva para la jefa de la Fiscalía de Madrid la causa sobre la filtración contra el novio de Díaz Ayuso

Agencias
martes, 29 de julio de 2025, 14:40 h (CET)

El Supremo archiva para la jefa de la Fiscalía de Madrid la causa sobre la filtración contra el novio de Díaz Ayuso

Considera que estaba obligada a informar al fiscal general del Estado y no aprecia indicios de que supiera que se iba a publicar una nota

El Tribunal Supremo (TS) ha acordado archivar por unanimidad la causa para la jefa de la Fiscalía Provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, al considerar que estaba obligada a informar al fiscal general del Estado sobre la investigación por delitos fiscales contra Alberto González Amador, el novio de la presidenta de la Comunidad de Madrid, Isabel Díaz Ayuso, en el marco de la causa en la que se indagaba en la filtración de esos datos.

La Sala de Apelación, conformada en este caso por los magistrados Andrés Palomo, Eduardo de Porres y Julián Sánchez Melgar, ha estimado el recurso presentado por la defensa de Rodríguez y ha acordado archivar el procedimiento respecto a ella, que fue inicialmente procesada por el instructor, apuntando que "la dación de cuentas" que hizo a García Ortiz "estaba justificada porque el asunto del que se recabó información tenía un indudable interés informativo".

"El cumplimiento de los requerimientos del fiscal general del Estado constituye una actuación de dación de cuenta, es un acto reglado y es algo habitual en la actividad propia del cargo que ejercía la investigada en tanto forma parte de las obligaciones impuestas por el Estatuto Orgánico del Ministerio Fiscal a todos los fiscales", recuerda el auto, al que ha tenido acceso Europa Press.

En el mismo, los magistrados destacan que esa dación de cuentas "es un acto neutral y no evidencia por sí mismo riesgo alguno para el bien jurídico protegido por el delito investigado, salvo cuando se acompañe de otros elementos que evidencien la voluntad de concierto con los autores de la revelación de secretos" y que, añaden, "no es el caso". "Nada de irregular advertimos en la petición de documentación del fiscal general del Estado y en su cumplimiento por la investigada", indican.

La Sala afirma que "no se han aportado elementos indiciarios que verifiquen que cuando" Rodríguez "remitió la documentación al fiscal general se fuera a redactar una nota con la publicación de datos" privados. Tampoco se puede "inferir que existiera entre los dos investigados un concierto" para ello o que Rodríguez interviniera "en la redacción" de la misma.

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