Siglo XXI. Diario digital independiente, plural y abierto. Noticias y opinión
Viajes y Lugares Tienda Siglo XXI Grupo Siglo XXI
21º ANIVERSARIO
Fundado en noviembre de 2003
Portada
Etiquetas

Un magistrado afea a la mayoría del TC no velar por la imparcialidad al rechazar la petición de abstención sobre Pumpido

Agencias
miércoles, 9 de julio de 2025, 11:26 h (CET)

Un magistrado afea a la mayoría del TC no velar por la imparcialidad al rechazar la petición de abstención sobre Pumpido

Critica que se inadmitiera "de plano" pese a tratarse de un asunto "de capital importancia" como la amnistía

El magistrado conservador del Tribunal Constitucional (TC) Enrique Arnaldo ha emitido un voto particular donde afea a la mayoría progresista que no haya velado por la debida apariencia de imparcialidad de la corte de garantías en un asunto "de capital importancia" como la ley de amnistía al inadmitir "de plano" la petición del PP para que el presidente del TC, Cándido Conde-Pumpido, se abstuviera.

En el voto particular, al que ha tenido acceso Europa Press, Arnaldo explica su desacuerdo con las sucesivas decisiones del Pleno, del 10 de junio y del pasado martes, de no atender la petición realizada por los de Alberto Núñez Feijóo respecto a la abstención de Conde-Pumpido.

Los 'populares' aducían que se le debía aplicar la misma doctrina que sirvió para apartar al magistrado conservador José María Macías, recusado por la Fiscalía y la Abogacía del Estado, porque tanto éste como la mujer de Conde-Pumpido formaron parte del Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) que informó sobre la ley de amnistía en el trámite parlamentario.

Según expone Arnaldo, el PP alegaba que el TC efectuó un "cambio de criterio" respecto al "precedente" asentado con la magistrada conservadora Concepción Espejel, que pidió abstenerse en la ley del aborto porque cuando fue vocal del CGPJ informó sobre la misma pero el Pleno no se lo permitió porque había pasado más de una década desde que emitió esa opinión jurídica. Este "nuevo criterio" que se aplicó a Macías se debía haber usado con Conde-Pumpido, recoge el voto particular.

Sin embargo, la razón de la discrepancia de Arnaldo reside en que considera que la petición 'popular' "fue indebidamente inadmitida a trámite", "sin oír previamente" a Conde-Pumpido, bajo el argumento de que "la abstención es una decisión personalísima del juez o magistrado, para cuya eventual adopción no se confiere a las partes derecho subjetivo alguno para solicitarla".

A juicio de Arnaldo, la solicitud del PP no solo debió examinarse "antes de dictar sentencia" sino que debió estimarse para escuchar a Conde-Pumpido de modo que "pudieran ofrecerse y darse a conocer a las partes las razones de su decisión de no abstenerse, en su caso, del conocimiento del presente asunto".

El magistrado critica que se "inadmite de plano esa solicitud de abstención, obviando tanto el motivo de abstención expuesto por los recurrentes como también las razones que justificarían su falta de alegación temporánea, refugiándose sin más argumentación en el carácter personalísimo de la decisión de abstención".

Y ello "sin haberse parado a reflexionar mínimamente acerca de la trascendencia que para la integridad del órgano tiene la abstención o no del magistrado afectado, que no puede descartarse sin conocer la opinión al respecto de este", dice.

UNA RESPUESTA "PURAMENTE FORMAL"
De esta forma, advierte Arnaldo, "la mayoría del tribunal parece obviar la importancia del derecho a un juez imparcial", al tiempo que renuncia "a su deber de asegurar la integridad del tribunal", "olvidando que cuando se trata de un órgano colegiado la imparcialidad se exigirá de todos sus integrantes, a riesgo de perjudicar seriamente la apariencia de imparcialidad que debe presentar este tribunal como órgano jurisdiccional".

"Debería, pues, haberse ofrecido al magistrado cuya abstención se ha solicitado la oportunidad de exponer sus razones para no atender la solicitud formulada, lo que requería la admisión del escrito presentado y la tramitación oportuna del mismo, máxime dada la importancia del proceso constitucional que subyace a este debate que, en mi opinión, hace especialmente necesario evitar respuestas tan enervantemente formales como la que ahora se proporciona", sostiene.

Arnaldo incide en que "la trascendencia de este recurso de inconstitucionalidad, de capital importancia política y social", y "el cambio en la posición mantenida hasta ahora por el presidente de este tribunal, favorable a su abstención en situaciones que pueden considerarse, en un examen liminar, equiparables a la presente", exigían "un especial celo por parte del Pleno" en vez de una "respuesta puramente formal".

Noticias relacionadas

El Juzgado Contencioso-Administrativo de Pontevedra ha anulado una factura de 15.600 € que pretendía cobrar la Distribuidora del grupo Naturgy alegando un “fraude eléctrico” que no ha podido demostrar en el juicio. En sentencia firme, UFD Distribución contra el recurso presentado ante la Resolución de la Xunta de Galicia, que daba la razón al titular del contrato de suministro y consideraba nula la refacturación practicada por alegar un ‘fraude eléctrico’ en el contador de electricidad.

Sí, me refiero a ti. A ese que de vez en cuando va a recoger a sus nietos al cole. A esos que están sentados en un banco de un jardín e incluso a los que están echando una partidita de dominó, esperando matar al contrario esos seis dobles que están a la expectativa, mirando de reojo al rival para que no le asesinen esa ficha adversa que todos no sabemos dónde meter cuando nos hunde la suerte en el reparto de fichas. A

La Asociación Mundial de Atletismo (World Athletics) publicó este jueves las conclusiones de un estudio realizado durante los Juegos Olímpicos de Paris 2024 con el objetivo de identificar y proteger a los atletas de los mensajes abusivos enviados a través de las plataformas de las redes sociales, siendo el racismo, con un 18%, y el abuso sexualizado (30%) los principales problemas.
 
Quiénes somos  |   Sobre nosotros  |   Contacto  |   Aviso legal  |   Suscríbete a nuestra RSS Síguenos en Linkedin Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter   |  
© 2025 Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto | Director: Guillermo Peris Peris
© 2025 Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto