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Galicia rechaza los criterios para aplicar coeficientes reductores a palangreros y arrastreros congeladores

Agencias
domingo, 25 de mayo de 2025, 13:09 h (CET)

Galicia rechaza los criterios para aplicar coeficientes reductores a palangreros y arrastreros congeladores

En esos valores los barcos registrados en esas modalidades no tienen consideración de buques congeladores

Galicia rechaza los criterios de aplicación de los coeficientes reductores de la edad de jubilación en el Régimen Especial de la Seguridad Social de los Trabajadores del Mar, que aplica a los palangreros-congeladores y arrastreros-congeladores.

Así se lo trasladó el conselleiro do Mar, Alfonso Villares, a la secretaria general de Pesca del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación, Isabel Artime, en una carta con motivo de la Circular 4/2023, de 15 de diciembre de 2023, y que fue objeto de debate en la última Comisión Sectorial de Política Social y Seguridad de la Flota del Consejo Gallego de Pesca, celebrado el pasado 14 de mayo en Santiago.

La comunicación estatal establece que los barcos que se encuentren registrados como palangreros-congeladores o arrastreros-congeladores no tienen la consideración de buques congeladores a los efectos de la aplicación de los coeficientes reductores establecidos, por lo que esta cuestión supone claramente una "discriminación" respeto de esta flota que faena en aguas internacionales, que es mayoritariamente gallega, especialmente la de palangre de superficie.

Por ello, Galicia "declina aceptar" estos criterios que, por otra parte, tampoco son ninguna novedad. La misiva del Ejecutivo central, ha detallado la Consellería do Mar en un comunicado, es "completamente idéntica" en este punto a la publicada en julio de 2017.

El conselleiro da cumplimiento al acuerdo de la citada Comisión y pide a la responsable de la Secretaría General de Pesca que coordine una reunión con la presencia de los organismos competentes en esta materia para estudiar conjuntamente la modificación de estos criterios fijados en la Circular 4/2023.

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