Siglo XXI. Diario digital independiente, plural y abierto. Noticias y opinión
Viajes y Lugares Tienda Siglo XXI Grupo Siglo XXI
21º ANIVERSARIO
Fundado en noviembre de 2003
Mercados y finanzas

Denaria reclama que se elimine la prohibición de pago en efectivo de alquileres en la Ley de Vivienda

miércoles, 10 de mayo de 2023, 14:46 h (CET)
Denaria reclama que se elimine la prohibición de pago en efectivo de alquileres en la Ley de Vivienda
MADRID, 10 (EUROPA PRESS)
La plataforma Denaria reclama a los partidos políticos la supresión de la obligación del pago de los alquileres a través de medios electrónicos en el texto de la nueva Ley de Vivienda, cuyo trámite parlamentario se encuentra ya en el Senado.

La norma prohíbe el pago de alquileres en dinero, salvo para el caso de que una de las partes no disponga de una cuenta corriente ni acceso a medios de pago electrónicos.

Dado que ya existe una limitación legal a los pagos en efectivo para una cuantía mayor de 1.000 euros, esta medida legal sólo afecta a los alquileres inferiores a ese importe, y no aquellos de rentas más altas, lo que, a juicio de Denaria, "deja en una situación de vulnerabilidad al sector de la población con rentas más bajas".

Denaria, que defiende la utilización por parte de los particulares del efectivo en las transacciones de bienes y servicios, considera que esta norma va en contra de la libertad de elección del ciudadano.

Al texto remitido por el Gobierno a las Cortes y tras más de un año de parón parlamentario, el proyecto de ley ha añadido, vía enmienda, una restricción al pago en efectivo.

La prohibición del uso del dinero físico tiene como origen una enmienda de Ciudadanos, que fue retirada por este partido y que después incluyó el PSOE, que establece que "el pago se efectuará a través de medios electrónicos. Excepcionalmente, cuando alguna de las partes carezca de cuenta bancaria o acceso a medios electrónicos de pago y a solicitud de esta, se podrá efectuar en metálico y en la vivienda arrendada".

Denaria advierte de que este texto es "claramente contrario" al Código Civil, que en su artículo 1.170 establece que el pago de las deudas debe hacerse con la moneda de curso legal. Y la única moneda de curso legal en España es el euro, por lo que el abono de cualquier deuda puede realizarse en efectivo.

Noticias relacionadas

La rentabilidad de la banca bajó del 12% a cierre de 2023

El Ibex 35 cae un 0,8% en la apertura y pierde los 10.700 puntos ante las tensiones en Oriente Próximo

CaixaBank ejecuta más del 60% de su recompra de acciones en cinco semanas de programa

Blackstone multiplica por diez sus beneficios del primer trimestre hasta los 795,8 millones de euros

Olivo pide entrar en el consejo de Unicaja y elige como representante a un directivo de Triodos

 
Quiénes somos  |   Sobre nosotros  |   Contacto  |   Aviso legal  |   Suscríbete a nuestra RSS Síguenos en Linkedin Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter   |  
© Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto | Director: Guillermo Peris Peris