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Etiquetas:   Política

Respetar a una Justicia que se respete

Carlos Carnicero
lunes, 20 de febrero de 2017, 08:00 h (CET)
Madrid, 19 Feb. (OTR/PRESS)El llamado caso Noós ha tenido una sentencia acorde con la ley, que como era de esperar ha sido polémica. Era imposible que no lo fuera cuando por primera vez en la historia de España se sienta en el banquillo una hermana y un cuñado del Rey.

La sentencia es un prolijo documento de 741 páginas en donde se desmenuzan los hechos y se establecen los criterios acordes al código penal que se ven reflejados en la sentencia.

Lo más impresentable de este asunto son las manifestaciones inmediatas del juez instructor del caso, José Castro y del fiscal, Pedro Horrach, que ya habían dado sobradas muestras de falta de responsabilidad en sus comportamientos públicos durante el proceso.

Algunas perlas: El juez Castro determina que la sentencia ha dado por bueno que la "infanta era una mujer florero".

Añade el juez: que "se le pregunte" a otras personas que han sido juzgadas como "Isabel Pantoja" a ver si consideran que han recibido el mismo trato que la Infanta.

Por último, el magistrado considera que la sentencia debe convencer a toda la ciudadanía con su argumentación. Las sentencias no tienen que convencer a nadie porque su única servidumbre es aplicar la ley.

Quizá lo más interesante es que, por confesión del propio juez, en el momento de hacer estas declaraciones no había leído el texto de la sentencia.

Por su parte el fiscal del caso, Pedro Horrach, también a bote pronto a indicado a los medios que "la gravedad de las penas ya implica un cierto riesgo, con lo que se deben adoptar la medida necesaria para minimizar este riesgo".

Quizá hubara sido más propio y prudente reflexionar detalladamente sobre la sentencia y meditar antes de anunciar sus intenciones.

En la mayor parte de los países que son estado de derecho, es insólito que los jueces y fiscales hagan declaraciones públicas sobre los sumarios en los que intervienen. Es una larga tradición no escrita que estos funcionarios públicos deben limitar sus pronunciamientos a los que realicen en los actos jurídicos que les son propios, es decir autos judiciales, diligencias y sentencias.

Todas las sentencias de los tribunales están sometidas a crítica pública, pero en esos pronunciamientos deber guardarse algunos límites.

En primer lugar, los jueces no son libres y arbitrarios para aplicar la justicia que está sometida a la ley. Y la ley, sobre todo en los sistemas en los que el código penal tipifica los delitos y la escala de penas que les corresponde en función de atenuantes y agravantes. Poco margen tienen ateniéndose a estos criterios.

Pero lo que resulta intolerante es que jueces, fiscales, políticos y periodistas, es decir gente a la que se supone formada mínimamente sobre la forma en que opera la Justicia, se atrevan a descalificar actos jurídicos asumiendo que los jueces y demás funcionarios públicos redactan sus resoluciones en función de intereses políticos o personales. Es decir, en los casos que critican con esos criterios, afirman que esos jueces son prevaricadores sin aportar ninguna prueba.

Cuando además jueces como el señor Castro, no se contienen en sus descalificaciones públicas sobre sumarios en los que han intervenido, no es de extrañar que en España se tenga tan poco respeto por la Justicia.

Con estos comportamientos se abona la idea de que las resoluciones del Tribunal Constitucional no hay por que acatarlas.

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