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Destaca que la comparecencia física del presidente del Gobierno implicaría un "despliegue importante de recursos públicos"

Rajoy quiere declarar por videoconferencia por seguridad y porque es menos perturbador para sus funciones

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El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha solicitado a la Audiencia Nacional declarar como testigo por videoconferencia en el juicio por la primera época de actividades de la trama Gürtel (1999-2005) atendiendo a razones de seguridad y por ser el medio "menos perturbador" en el ejercicio de sus funciones como jefe del Ejecutivo.


Así se manifiesta en el escrito remitido por la secretaria general de la Presidencia del Gobierno, María Rosario Pablos López, al presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro, al que ha tenido acceso Europa Press. "Teniendo en cuenta la agenda del presidente del Gobierno prevista para los próximos meses, las fechas más adecuadas son el 26 o 27 del mes de julio", afirma dicho documento con fecha del pasado 12 de mayo.

Rajoy, que ha sido llamado a testificar en este juicio en el que se encuentra el PP acusado como partícipe a título lucrativo, destaca en este escrito su interés por declarar por videoconferencia por "razones de seguridad" y por ser el medio "menos gravoso".


"Un eventual desplazamiento del presidente del Gobierno ante la sede física del tribunal --en este caso en San Fernando de Henares (Madrid), donde se está teniendo lugar la vista oral-- o bien una posible constitución de éste en el despacho oficial del presidente, supondría todo un conjunto de medidas de seguridad ciertamente desproporcionadas si tenemos en cuenta que la prueba podría practicarse a través un medio menos gravoso como es la videoconferencia", argumenta este escrito.

"INTENSA ACTIVIDAD" DE RAJOY
Añade que debido a la "intensa actividad" del jefe del Ejecutivo, "con numerosos actos y reuniones previstas tanto dentro como fuera de España" hace que este medio sea el "más idóneo y menos perturbador" para las funciones y responsabilidades que desempeña. Además, indica que la comparecencia física del presidente del Gobierno ante el tribunal implicaría un "despliegue importante de recursos públicos".

Esta elección del presidente del Gobierno debe aún ser aprobada por el tribunal de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional encargado de juzgar a los 37 acusados por la primera época de las actividades realizadas por la red corrupta liderada por Francisco Correa.

Precisamente, Rajoy declara como testigo después de que la mayoría de los magistrados que forman este tribunal --Julio de Diego y José Ricardo de Prada--, aceptase la petición de la acusación popular Asociación de Abogados Demócratas de Europa (ADADE). Según explica este auto, ahora es conveniente escuchar al presidente del Gobierno --aunque esta prueba había sido rechazada en anteriores ocasiones-- porque el PP se negó a declarar en la vista oral remitiéndose a lo ya expuesto en su escrito de defensa y a las cuestiones previas, tal y como dijo el representante legal de la formación política, Jesús Santos.

Sin embargo, el presidente del tribunal, Ángel Hurtado, emitió un voto particular discrepante con esta decisión y sugirió que la comparecencia se hiciese por la vía que ahora solicita el líder de los 'populares'.

RECUERDA QUE LA LEY PREVÉ ESTA FORMA DE COMPARECENCIA
El documento hecho llegar a la Audiencia Nacional recuerda que la petición de no declarar presencialmente cumple con las prevenciones incluidas en el artículo 703 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), dirigidas a que la práctica de la prueba no afecte al "adecuado ejercicio de su cargo". También señala que el artículo 731 bis de la misma ley dice concretamente que "el tribunal de oficio o a instancia de parte (...) podrá acordar que su actuación se realice a través de videoconferencia u otro sistema similar que permita la comunicación bidireccional y simultánea de la imagen y el sonido".

Por otro lado, Santos argumentó en un escrito con fecha del pasado 10 de mayo que en el auto por el que el tribunal aceptaron esta prueba testifical "no quedaron definidas las condiciones específicas" para su realización, por lo que la videoconferencia no debería descartarse.

"Ante una potencial solicitud de declarar por videoconferencia solicitada por el testigo, no cabe sino que el tribunal la acuerde siempre que se den los requisitos legales para ello", adelantaba el PP en su escrito. Añadía que en consecuencia una vez citado éste "está legitimado para solicitar que su declaración se practique por el sistema de videoconferencia".

Rajoy quiere declarar por videoconferencia por seguridad y porque es menos perturbador para sus funciones

Destaca que la comparecencia física del presidente del Gobierno implicaría un "despliegue importante de recursos públicos"
Redacción
viernes, 19 de mayo de 2017, 00:29 h (CET)

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El presidente del Gobierno, Mariano Rajoy, ha solicitado a la Audiencia Nacional declarar como testigo por videoconferencia en el juicio por la primera época de actividades de la trama Gürtel (1999-2005) atendiendo a razones de seguridad y por ser el medio "menos perturbador" en el ejercicio de sus funciones como jefe del Ejecutivo.


Así se manifiesta en el escrito remitido por la secretaria general de la Presidencia del Gobierno, María Rosario Pablos López, al presidente de la Audiencia Nacional, José Ramón Navarro, al que ha tenido acceso Europa Press. "Teniendo en cuenta la agenda del presidente del Gobierno prevista para los próximos meses, las fechas más adecuadas son el 26 o 27 del mes de julio", afirma dicho documento con fecha del pasado 12 de mayo.

Rajoy, que ha sido llamado a testificar en este juicio en el que se encuentra el PP acusado como partícipe a título lucrativo, destaca en este escrito su interés por declarar por videoconferencia por "razones de seguridad" y por ser el medio "menos gravoso".


"Un eventual desplazamiento del presidente del Gobierno ante la sede física del tribunal --en este caso en San Fernando de Henares (Madrid), donde se está teniendo lugar la vista oral-- o bien una posible constitución de éste en el despacho oficial del presidente, supondría todo un conjunto de medidas de seguridad ciertamente desproporcionadas si tenemos en cuenta que la prueba podría practicarse a través un medio menos gravoso como es la videoconferencia", argumenta este escrito.

"INTENSA ACTIVIDAD" DE RAJOY
Añade que debido a la "intensa actividad" del jefe del Ejecutivo, "con numerosos actos y reuniones previstas tanto dentro como fuera de España" hace que este medio sea el "más idóneo y menos perturbador" para las funciones y responsabilidades que desempeña. Además, indica que la comparecencia física del presidente del Gobierno ante el tribunal implicaría un "despliegue importante de recursos públicos".

Esta elección del presidente del Gobierno debe aún ser aprobada por el tribunal de la Sección Segunda de la Sala de lo Penal de la Audiencia Nacional encargado de juzgar a los 37 acusados por la primera época de las actividades realizadas por la red corrupta liderada por Francisco Correa.

Precisamente, Rajoy declara como testigo después de que la mayoría de los magistrados que forman este tribunal --Julio de Diego y José Ricardo de Prada--, aceptase la petición de la acusación popular Asociación de Abogados Demócratas de Europa (ADADE). Según explica este auto, ahora es conveniente escuchar al presidente del Gobierno --aunque esta prueba había sido rechazada en anteriores ocasiones-- porque el PP se negó a declarar en la vista oral remitiéndose a lo ya expuesto en su escrito de defensa y a las cuestiones previas, tal y como dijo el representante legal de la formación política, Jesús Santos.

Sin embargo, el presidente del tribunal, Ángel Hurtado, emitió un voto particular discrepante con esta decisión y sugirió que la comparecencia se hiciese por la vía que ahora solicita el líder de los 'populares'.

RECUERDA QUE LA LEY PREVÉ ESTA FORMA DE COMPARECENCIA
El documento hecho llegar a la Audiencia Nacional recuerda que la petición de no declarar presencialmente cumple con las prevenciones incluidas en el artículo 703 de la Ley de Enjuiciamiento Criminal (LeCrim), dirigidas a que la práctica de la prueba no afecte al "adecuado ejercicio de su cargo". También señala que el artículo 731 bis de la misma ley dice concretamente que "el tribunal de oficio o a instancia de parte (...) podrá acordar que su actuación se realice a través de videoconferencia u otro sistema similar que permita la comunicación bidireccional y simultánea de la imagen y el sonido".

Por otro lado, Santos argumentó en un escrito con fecha del pasado 10 de mayo que en el auto por el que el tribunal aceptaron esta prueba testifical "no quedaron definidas las condiciones específicas" para su realización, por lo que la videoconferencia no debería descartarse.

"Ante una potencial solicitud de declarar por videoconferencia solicitada por el testigo, no cabe sino que el tribunal la acuerde siempre que se den los requisitos legales para ello", adelantaba el PP en su escrito. Añadía que en consecuencia una vez citado éste "está legitimado para solicitar que su declaración se practique por el sistema de videoconferencia".

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