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Economía
Etiquetas | Hacienda | Declaración de la Renta | Agencia Tributaria | Contribuyentes | Sanciones económicas
Las notificaciones pueden ser de todo tipo: desde cartas informativas a propuestas de liquidación o expedientes sancionadores

¿Qué son las “cartas del miedo” que está enviando Hacienda estos últimos meses del año?

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La campaña de la declaración de la renta llegó a su fin el pasado 30 de junio. Sin embargo, muchos contribuyentes están recibiendo estos días notificaciones de Hacienda, las llamadas “cartas del miedo”, en las que les solicitan información adicional o les piden contestación a un requerimiento concreto.


Según datos de TaxDown, el año pasado se enviaron 1,2 millones de notificaciones de Hacienda, siendo la más común el requerimiento de información. Y es en estos últimos meses del año cuando la Agencia Tributaria envía un mayor número de “cartas del miedo”.


¿Qué es una “carta del miedo” y cómo suele enviarlas Hacienda?


Las conocidas como “cartas del miedo” no son más que notificaciones que envía la Agencia Tributaria a cualquier contribuyente o empresa. Normalmente las suele enviar porque ha visto alguna irregularidad o incidencia fiscal en la presentación de la Declaración de la Renta y suele solicitar documentos adicionales a los ya presentados.


Normalmente estas cartas se envían por correo postal pero también se puede recibir el requerimiento por correo electrónico si la Agencia Tributaria tiene el email del contribuyente.


Tipos de “cartas del miedo”


Según informan desde TaxDown, hay distintos tipos de notificaciones que están recibiendo los contribuyentes especialmente en estos tres últimos meses del año:


Carta informativa: se trata de una carta que envía la Agencia Tributaria a modo de información. En estos casos no es necesario responder, pero sí verificar que se ha recibido, porque todas sus cartas son certificadas.


Requerimiento: es una notificación que recibe el contribuyente cuando Hacienda detecta que la información cumplimentada no coincide con la que ellos tienen en sus informes fiscales. Y es siempre obligatorio responder a ella o Hacienda podría emitir una sanción.


Propuesta de liquidación: se recibe cuando Hacienda considera que hay que modificar alguna información que considera errónea.


Resolución del procedimiento: es una notificación con la conclusión final sobre los procedimientos que han estado abiertos con Hacienda.


Providencia de apremio: se trata de una carta en la que la Agencia Tributaria establece unas fechas en las que cobrará la deuda contraída. En este caso es importante responder de forma rápida para intentar recurrir o aplazar el pago.


Diligencia de embargo: similar a la anterior, pero en la que Hacienda ya informa del cobro de la deuda directamente.


Ejemplo de providencia de apremio: Hacienda me informa que tengo un plazo para pagar mis 1.000€ de deuda con un 10% de recargo.


Ejemplo de diligencia de embargo: Hacienda me informa que me acaba de cobrar 1.100€ del banco para saldar la deuda impagada.


Inicio de investigación de inspección: una solicitud de documentación para una inspección de Hacienda.


Expediente sancionador: la confirmación oficial de que el contribuyente ha cometido alguna infracción fiscal.


Sanciones por no hacer el pago correspondiente a la Agencia Tributaria


Si nuestra declaración de la renta de 2022 nos salió a pagar, pero aún no hemos podido hacer el ingreso, podemos recibir una de estas “cartas del miedo” de Hacienda.


En el caso de pagar voluntariamente una vez nos hayamos dado cuenta, tendremos un recargo del 5% sobre la cantidad dejada de pagar. Y si por el contrario, llega la “carta del miedo” para avisarnos, el recargo puede ser desde el 10% hasta el 20% de lo dejado de pagar.


Hacienda tiene 4 años para avisarnos por los errores cometidos en esta campaña


El periodo de revisión por parte de la Agencia Tributaria de los trámites fiscales por el impuesto a la renta de las personas físicas puede alargarse hasta 4 años. Por ello, aunque se haya terminado la campaña de 2022, Hacienda tiene hasta 2027 para avisarnos de los fallos cometidos este año y podría enviarnos una carta pasado el tiempo.


Casi 23 millones de personas presentaron su declaración de la Renta este año


Según datos de la Agencia Tributaria, este año presentaron su declaración de la renta un total de 22.889.072 contribuyentes, un 3,88% más que el año pasado, siendo más de 6 millones de estas declaraciones con un resultado a ingresar por parte de los contribuyentes. Casi 4 millones y medio de ellos decidieron aplazar la deuda y se enfrentarán el próximo 6 de noviembre al pago del segundo plazo.

¿Qué son las “cartas del miedo” que está enviando Hacienda estos últimos meses del año?

Las notificaciones pueden ser de todo tipo: desde cartas informativas a propuestas de liquidación o expedientes sancionadores
Redacción
lunes, 30 de octubre de 2023, 11:04 h (CET)

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La campaña de la declaración de la renta llegó a su fin el pasado 30 de junio. Sin embargo, muchos contribuyentes están recibiendo estos días notificaciones de Hacienda, las llamadas “cartas del miedo”, en las que les solicitan información adicional o les piden contestación a un requerimiento concreto.


Según datos de TaxDown, el año pasado se enviaron 1,2 millones de notificaciones de Hacienda, siendo la más común el requerimiento de información. Y es en estos últimos meses del año cuando la Agencia Tributaria envía un mayor número de “cartas del miedo”.


¿Qué es una “carta del miedo” y cómo suele enviarlas Hacienda?


Las conocidas como “cartas del miedo” no son más que notificaciones que envía la Agencia Tributaria a cualquier contribuyente o empresa. Normalmente las suele enviar porque ha visto alguna irregularidad o incidencia fiscal en la presentación de la Declaración de la Renta y suele solicitar documentos adicionales a los ya presentados.


Normalmente estas cartas se envían por correo postal pero también se puede recibir el requerimiento por correo electrónico si la Agencia Tributaria tiene el email del contribuyente.


Tipos de “cartas del miedo”


Según informan desde TaxDown, hay distintos tipos de notificaciones que están recibiendo los contribuyentes especialmente en estos tres últimos meses del año:


Carta informativa: se trata de una carta que envía la Agencia Tributaria a modo de información. En estos casos no es necesario responder, pero sí verificar que se ha recibido, porque todas sus cartas son certificadas.


Requerimiento: es una notificación que recibe el contribuyente cuando Hacienda detecta que la información cumplimentada no coincide con la que ellos tienen en sus informes fiscales. Y es siempre obligatorio responder a ella o Hacienda podría emitir una sanción.


Propuesta de liquidación: se recibe cuando Hacienda considera que hay que modificar alguna información que considera errónea.


Resolución del procedimiento: es una notificación con la conclusión final sobre los procedimientos que han estado abiertos con Hacienda.


Providencia de apremio: se trata de una carta en la que la Agencia Tributaria establece unas fechas en las que cobrará la deuda contraída. En este caso es importante responder de forma rápida para intentar recurrir o aplazar el pago.


Diligencia de embargo: similar a la anterior, pero en la que Hacienda ya informa del cobro de la deuda directamente.


Ejemplo de providencia de apremio: Hacienda me informa que tengo un plazo para pagar mis 1.000€ de deuda con un 10% de recargo.


Ejemplo de diligencia de embargo: Hacienda me informa que me acaba de cobrar 1.100€ del banco para saldar la deuda impagada.


Inicio de investigación de inspección: una solicitud de documentación para una inspección de Hacienda.


Expediente sancionador: la confirmación oficial de que el contribuyente ha cometido alguna infracción fiscal.


Sanciones por no hacer el pago correspondiente a la Agencia Tributaria


Si nuestra declaración de la renta de 2022 nos salió a pagar, pero aún no hemos podido hacer el ingreso, podemos recibir una de estas “cartas del miedo” de Hacienda.


En el caso de pagar voluntariamente una vez nos hayamos dado cuenta, tendremos un recargo del 5% sobre la cantidad dejada de pagar. Y si por el contrario, llega la “carta del miedo” para avisarnos, el recargo puede ser desde el 10% hasta el 20% de lo dejado de pagar.


Hacienda tiene 4 años para avisarnos por los errores cometidos en esta campaña


El periodo de revisión por parte de la Agencia Tributaria de los trámites fiscales por el impuesto a la renta de las personas físicas puede alargarse hasta 4 años. Por ello, aunque se haya terminado la campaña de 2022, Hacienda tiene hasta 2027 para avisarnos de los fallos cometidos este año y podría enviarnos una carta pasado el tiempo.


Casi 23 millones de personas presentaron su declaración de la Renta este año


Según datos de la Agencia Tributaria, este año presentaron su declaración de la renta un total de 22.889.072 contribuyentes, un 3,88% más que el año pasado, siendo más de 6 millones de estas declaraciones con un resultado a ingresar por parte de los contribuyentes. Casi 4 millones y medio de ellos decidieron aplazar la deuda y se enfrentarán el próximo 6 de noviembre al pago del segundo plazo.

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