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La memoria historica y la Ley de 23 de septiembre de 1939 del general Franco

Mario López
Mario López
martes, 12 de mayo de 2009, 08:57 h (CET)
Muchos dirigentes del PP y personajes mediáticos de su entorno nos instan constantemente a abandonar la recuperación de la memoria histórica, alegando que tal iniciativa nos lleva a abrir heridas que, según ellos, ya estaban curadas. Añaden que la transición política conllevó el perdón de los pecados y la reconciliación nacional.

Añadiendo, a renglón seguido, que de llevarse a cabo una recuperación de la memoria histórica y un reconocimiento de las víctimas, ello habría de hacerse mirando a los dos bandos. Concluyen su discurso afirmando que el franquismo fue un régimen legítimo, placentero, que nos trajo paz y prosperidad. Mil veces se les podrá decir que durante cuarenta años las víctimas franquistas fueron sobradamente reconocidas. Pero no se quieren enterar. Pues bien, tengo delante de mí una copia vetusta del número 273 del Boletín Oficial del Estado de 1939. En él se publican, entre otras, las leyes de 8 de septiembre, que deja sin efecto todas las leyes, disposiciones y doctrinas del Parlamento de Cataluña y del Tribunal de Casación y la de 23 de septiembre, que considera no delictivos determinados hechos de actuación político-social cometidos desde el catorce de abril de 1931 hasta el dieciocho de julio de 1936, es decir, durante todo el tiempo que duró la II República. Para entender a qué “determinados hechos” se refiere Francisco Franco, reproduzco el artículo primero de esta ley: “Se entenderán no delictivos los hechos que hubieren sido objeto de procedimiento criminal por haberse calificado como constitutivos de cualesquiera de los delitos contra la constitución, contra el orden público, infracción de Leyes de tenencia de armas y explosivos, homicidios, lesiones, daños, amenazas y coacciones y de cuantos con los mismos guarden conexión, ejecutados desde el catorce de abril de 1931 hasta el dieciocho de julio de 1936, por personas respecto de las que conste de modo cierto su ideología coincidente con el Movimiento Nacional y siempre de aquellos hechos que por su motivación político-social pudieran estimarse como protesta contra el sentido antipatriótico de las organizaciones y gobierno que con su conducta justificaron el Alzamiento”. La ley contiene seis artículos más que, por limitaciones de espacio, no voy a reproducir. La dictadura franquista no sólo condenó a la muerte, a la prisión y al ostracismo a los ciudadanos que defendieron la República sino que les obligó a convivir con los asesinos que provocaron durante el periodo republicano el deterioro de la convivencia que derivó, finalmente, en la Guerra Civil ¿Se debe exigir a todos los partidos políticos presentes en las Cortes Generales una condena rotunda y sin paliativos del golpe militar y del subsiguiente régimen fascista de Franco? Los señores del PP y su entorno mediático deben pronunciarse respecto a este hecho irrefutable. El propio dictador reconoce que los criminales que provocaron el hundimiento de la República fueron héroes que, desde el primer día en que la II República fue instaurada por el pueblo soberano, dedicaron todas sus energías a sabotearla, destruyendo la convivencia, condenándonos a tres años de guerra y a cuarenta de miserable dictadura. Podríamos empezar por aquí para recobrar la memoria histórica de nuestro país. Y, ya puestos, podríamos terminar de hacer justicia haciendo una nueva lectura de la transición constituyente y emprender una nueva transición hacia una verdadera democracia. Una democracia libre de servidumbres fascistas.

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