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Las cinco modalidades de la Medalla al Mérito Turístico son a la innovación, promoción, sostenibilidad y calidad, internacionalización y por extraordinarios servicios prestados al turismo

Las condecoraciones al turismo

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Entre la normativa de protocolo nos encontramos con aquella relacionada con el derecho premial. Y este contempla, a su vez, el derecho de recompensas, el cual está íntimamente relacionado con las acciones de fomento que la Administración lleva a cabo con la finalidad de honrar la conducta adecuada y ejemplarizante para la sociedad.

El derecho premial español tiene contempladas dieciséis condecoraciones de carácter civil, es decir, destinadas a la ciudadanía en general. Y entre ellas se encuentra la Medalla y Placa al Mérito Turístico.

El Real Decreto 3587/1962 del 27 de diciembre creó la Medalla y la Placa al Mérito Turístico con la finalidad de primar los servicios de las personas e instituciones a favor de la promoción, difusión y propaganda del turismo.


El 21 de enero del siguiente año, 1963, se convoca el concurso de bocetos para las condecoraciones cuyo fallo se dio a conocer en el número 83 del Boletín Oficial del Estado (BOE) de 6 de abril. Al concurso se presentaron veintitrés bocetos de los cuales fueron elegidos como ganadores cuatro, todos ellos residentes en Madrid: José García Ochoa, Joaquín Roldán Pascual, Francisco Espinosa García y José Luis Rocero González.

Cuarenta y tres años después de su aprobación fue derogada por el Real Decreto 720/2005, normativa que la vuelve a crear con siete modalidades de medalla y una placa. A su vez, este real decreto también es derogado por el Real Decreto 1296/2012 de 31 de agosto y establece cinco medallas y dos placas.

Las cinco modalidades de la Medalla al Mérito Turístico son a la innovación, promoción, sostenibilidad y calidad, internacionalización y por extraordinarios servicios prestados al turismo.

En cuanto a la Placa al Mérito Turístico son a la colaboración político-privada para la modernización de destinos maduros y en destinos emergentes.

El reglamento de estas condecoraciones está recogido en la Orden IET/2149/2012, de 4 de octubre. En líneas generales, tanto las medallas como las placas se conceden una vez al año y la entrega se realiza en el último trimestre del año.

Estas distinciones son concedidas por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, cuyo titular preside el acto de entrega.

Las condecoraciones al turismo

Las cinco modalidades de la Medalla al Mérito Turístico son a la innovación, promoción, sostenibilidad y calidad, internacionalización y por extraordinarios servicios prestados al turismo
María del Carmen Portugal Bueno
lunes, 10 de agosto de 2020, 09:16 h (CET)

Entre la normativa de protocolo nos encontramos con aquella relacionada con el derecho premial. Y este contempla, a su vez, el derecho de recompensas, el cual está íntimamente relacionado con las acciones de fomento que la Administración lleva a cabo con la finalidad de honrar la conducta adecuada y ejemplarizante para la sociedad.

El derecho premial español tiene contempladas dieciséis condecoraciones de carácter civil, es decir, destinadas a la ciudadanía en general. Y entre ellas se encuentra la Medalla y Placa al Mérito Turístico.

El Real Decreto 3587/1962 del 27 de diciembre creó la Medalla y la Placa al Mérito Turístico con la finalidad de primar los servicios de las personas e instituciones a favor de la promoción, difusión y propaganda del turismo.


El 21 de enero del siguiente año, 1963, se convoca el concurso de bocetos para las condecoraciones cuyo fallo se dio a conocer en el número 83 del Boletín Oficial del Estado (BOE) de 6 de abril. Al concurso se presentaron veintitrés bocetos de los cuales fueron elegidos como ganadores cuatro, todos ellos residentes en Madrid: José García Ochoa, Joaquín Roldán Pascual, Francisco Espinosa García y José Luis Rocero González.

Cuarenta y tres años después de su aprobación fue derogada por el Real Decreto 720/2005, normativa que la vuelve a crear con siete modalidades de medalla y una placa. A su vez, este real decreto también es derogado por el Real Decreto 1296/2012 de 31 de agosto y establece cinco medallas y dos placas.

Las cinco modalidades de la Medalla al Mérito Turístico son a la innovación, promoción, sostenibilidad y calidad, internacionalización y por extraordinarios servicios prestados al turismo.

En cuanto a la Placa al Mérito Turístico son a la colaboración político-privada para la modernización de destinos maduros y en destinos emergentes.

El reglamento de estas condecoraciones está recogido en la Orden IET/2149/2012, de 4 de octubre. En líneas generales, tanto las medallas como las placas se conceden una vez al año y la entrega se realiza en el último trimestre del año.

Estas distinciones son concedidas por el Consejo de Ministros a propuesta del Ministerio de Industria, Energía y Turismo, cuyo titular preside el acto de entrega.

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