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Felipe VI ostenta el título soberano de rey de España por normativa jurídica y otros tantos gracias a más de cuatrocientos cincuenta años de historia y tradición

​Los títulos soberanos del jefe de Estado español

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El artículo 56 de la Constitución española indica que el rey es el jefe del Estado y que su título es el de rey de España y, además «podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona». Esta referencia también aparece en el primer artículo del Real Decreto 1368/1987 en los siguientes términos: «El titular de la Corona se denominará Rey o Reina de España y podrá utilizar los demás títulos que correspondan a la Corona, así como las otras dignidades nobiliarias que pertenezcan a la Casa Real».

Al margen de esta cita a los títulos tradicionales de la Casa Real, en ninguna de las dos normativas se señalan cuáles son estos.

Los títulos vinculados a la Corona de España se encuentran recogidos en la Real Cédula que precede el texto legal de la Novísima Recopilación de las Leyes de España de 1805, bajo el reinado de Carlos IV.

Sin embargo, la recopilación de esta lista proviene de otra fechada en 1567, año que vio la luz la primera edición de la Recopilación de las Leyes de los Reinos, hecha por mandato del rey Felipe II. En esta obra se enumeran los siguientes títulos del rey de España: rey de Castilla, León, Aragón, las dos Sicilias, Jerusalén, Navarra, Granada, Toledo, Valencia, Galicia, Mallorca, Sevilla, Cerdeña, Córdoba, Córcega, Murcia, Jaén, Algarbes y Gibraltar, y conde de Flandes y Tirol.

A estos títulos soberanos hay que sumar los restantes que aparecen en el volumen del año 1805: rey de Menorca, Islas Canarias, Indias orientales y occidentales y Tierra firme del mar Océano; archiduque de Austria; duque de Borgoña, Bragante y Milán; conde de Abspurg y Barcelona; y señor de Vizcaya y Molina.

El detalle de los títulos recopilados en la Novísima Recopilación de las Leyes de España nos aporta mucho más que un simple recuento. Desde el ámbito del protocolo nos enseña la precedencia entre los títulos, cuyo orden es, en este caso y de mayor a menor, rey, archiduque, duque, conde y señor. Además, también nos marca la precedencia entre ellos. Por ejemplo, el título de rey de Castilla precede al resto y el título de señor de Vizcaya precede al de Molina.

​Los títulos soberanos del jefe de Estado español

Felipe VI ostenta el título soberano de rey de España por normativa jurídica y otros tantos gracias a más de cuatrocientos cincuenta años de historia y tradición
María del Carmen Portugal Bueno
viernes, 24 de enero de 2020, 08:19 h (CET)

El artículo 56 de la Constitución española indica que el rey es el jefe del Estado y que su título es el de rey de España y, además «podrá utilizar los demás que correspondan a la Corona». Esta referencia también aparece en el primer artículo del Real Decreto 1368/1987 en los siguientes términos: «El titular de la Corona se denominará Rey o Reina de España y podrá utilizar los demás títulos que correspondan a la Corona, así como las otras dignidades nobiliarias que pertenezcan a la Casa Real».

Al margen de esta cita a los títulos tradicionales de la Casa Real, en ninguna de las dos normativas se señalan cuáles son estos.

Los títulos vinculados a la Corona de España se encuentran recogidos en la Real Cédula que precede el texto legal de la Novísima Recopilación de las Leyes de España de 1805, bajo el reinado de Carlos IV.

Sin embargo, la recopilación de esta lista proviene de otra fechada en 1567, año que vio la luz la primera edición de la Recopilación de las Leyes de los Reinos, hecha por mandato del rey Felipe II. En esta obra se enumeran los siguientes títulos del rey de España: rey de Castilla, León, Aragón, las dos Sicilias, Jerusalén, Navarra, Granada, Toledo, Valencia, Galicia, Mallorca, Sevilla, Cerdeña, Córdoba, Córcega, Murcia, Jaén, Algarbes y Gibraltar, y conde de Flandes y Tirol.

A estos títulos soberanos hay que sumar los restantes que aparecen en el volumen del año 1805: rey de Menorca, Islas Canarias, Indias orientales y occidentales y Tierra firme del mar Océano; archiduque de Austria; duque de Borgoña, Bragante y Milán; conde de Abspurg y Barcelona; y señor de Vizcaya y Molina.

El detalle de los títulos recopilados en la Novísima Recopilación de las Leyes de España nos aporta mucho más que un simple recuento. Desde el ámbito del protocolo nos enseña la precedencia entre los títulos, cuyo orden es, en este caso y de mayor a menor, rey, archiduque, duque, conde y señor. Además, también nos marca la precedencia entre ellos. Por ejemplo, el título de rey de Castilla precede al resto y el título de señor de Vizcaya precede al de Molina.

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