| ||||||||||||||||||||||
|
|
Las 4 «Quick Fixes» que simplificarán las transacciones intracomunitarias en 2020 | |||
| |||
Los llamados Quick Fixes, o Soluciones Rápidas, son parte de un conjunto de medidas que simplifican el IVA en la UE, y con las que la Comisión Europea trata de resolver algunas de las cuestiones que actualmente ocurren en el comercio intracomunitario de bienes
El próximo 1 de enero entran en vigor nuevas medidas para simplificar y armonizar el comercio dentro de la UE. Para conocer más acerca de estas medidas, Ayming, grupo internacional de consultoría para la mejora del rendimiento empresarial, ha celebrado una jornada sobre “Los 4 Quick Fixes”. Los llamados Quick Fixes, o Soluciones Rápidas, son parte de un conjunto de medidas que simplifican el IVA en la UE que forman parte de la directiva (EU) 2018/1910 y Reglamentos de Ejecución (UE) 2018/1909 y 2018/1912. Con estas cuatro medidas de actuación, la Comisión Europea trata de resolver en el corto plazo, algunas de las cuestiones que actualmente se dan en el comercio intracomunitario de bienes. Los Quick Fixes se establecen en cuatro áreas como: la amortización de las reglas aplicables a los acuerdos de venta de bienes en consigna o “call-off stock”; la armonización de las reglas aplicables a las denominadas ventas en cadena; la importancia del número Identificación IVA como requisito para la exención de las entregas intracomunitarias de bienes y la armonización de la prueba documental del transporte intracomunitario de bienes. Nuevo tratamiento para el envío de mercancías a un almacén de un Estado miembro a otro En la actualidad, y al no existir una regla uniforme en materia del IVA, el tratamiento de esta operación para el empresario que realiza los envíos y posteriormente las ventas consiste en una operación asimilada a una entrega intracomunitaria de bienes en el Estado miembro de partida y una operación asimilada a una adquisición intracomunitaria en el Estado miembro de llegada, seguida de una entrega local de bienes en el Estado miembro de llegada. Esto exige el registro a efectos de IVA del proveedor en este último Estado miembro, siempre que éste no prevea un régimen de simplificación. Según Marta Callejo, directora del departamento fiscal de Ayming, “la nueva normativa establece que el envío de las mercancías a un almacén situado en el país de destino se considerará una entrega intracomunitaria en el Estado miembro de origen de las mercancías para el proveedor y una adquisición intracomunitaria en el país de destino de los bienes para el adquirente”. Este nuevo tratamiento estaría condicionado a una serie de requisitos de obligado cumplimiento, entre ellos, que el proveedor que expide o transporte los bienes no tenga establecida la sede de su actividad económica ni posea un establecimiento permanente en el Estado miembro al que éstos se estarían enviando, o que el plazo máximo de almacenamiento de los bienes en el país de destino no sea superior a 12 meses desde la llegada de los mismos, entre otros. Nueva definición de ventas en cadena El resto serán consideradas operaciones interiores. Para identificar cuál de las entregas se califica como intracomunitaria habrá que definir a cuál de ellas se vincula al transporte. “Esta segunda solución rápida establece que todos los Estados miembros, sin excepción, deberán considerar el transporte vinculado necesariamente a la entrega realizada al operador intermedio. Esa sería por tanto la entrega intracomunitaria exenta, salvo que el intermediario este identificado a efectos de IVA en el país de salida de los bienes, en cuyo caso la entrega intracomunitaria estaría vinculada a la entrega realizada por el operador intermedio”, reconoce Callejo. Obligación de suministrar un NIF IVA para que la operación sea considerada de exenta Adicionalmente, es necesario que el proveedor haya incorporado toda la información relativa al adquirente en el correspondiente estado recapitulativo de operaciones intracomunitarias (modelo 349). En caso contrario, el proveedor no podrá aplicar la exención. Obligación de demostrar que los bienes han sido expedidos de un Estado miembro a otro Actualmente no existe una regla uniforme entre los Estados miembros para acreditar el transporte intracomunitario, pero de acuerdo con la nueva norma, se presumirá que las mercancías han sido expedidas o transportadas desde un Estado miembro con destino a otro cuando el vendedor indique que las mercancías han sido transportadas o expedidas por él, o por un tercero en su nombre, y que está en posesión de al menos dos elementos de prueba no contradictorios como el CMR transporte, el conocimiento de embarque, la factura de flete aéreo o del trasportista de los bienes. Otra alternativa para acreditar el transporte sería que el vendedor estuviera en posesión de un documento de transporte junto con cualquier prueba no contradictoria como, por ejemplo, una póliza de seguro relativa a la expedición o transporte de los bienes, documentos bancarios que prueben el pago del transporte, documentos de una autoridad pública, como un notario, que acredite la llegada de los bienes. “En el caso de que el adquirente sea quien transporte los bienes, será necesario una declaración escrita de éste en la que se indique que los bienes han sido transportados o expedidos por él, o por un tercero en su nombre, y en la que se haga referencia al Estado miembro de destino de los bienes”, afirma la directora del departamento fiscal de Ayming. |
Un servicio profesional frente a las alternativas poco seguras del mercado Perfect Lockers marca la diferencia frente a las grandes plataformas de intermediación de lockers que proliferan en el sector.
La marca sorprende en Valencia con una propuesta gastronómica móvil, rentable y pensada para emprendedores que quieren salir del modelo hostelero tradicional Kachopo King, la marca especializada en cachopos gourmet que está reinventando el concepto de fast food en España, ha presentado en el espacio Lanzadera (Valencia) su nueva línea de negocio: Kachopo King Street Edition, una Foodtruck bajo modelo franquiciable.
Samsung Electronics Co., Ltd ha anunciado hoy el lanzamiento en España de su nueva gama de dispositivos Galaxy, marcando un nuevo hito en innovación móvil Galaxy Z Fold7: un smartphone Ultra para productividad y creatividad sin límites El Galaxy Z Fold7 es el smartphone más avanzado de Samsung hasta la fecha, con un diseño ultrafino, de tan solo 4.2 mm cuando está desplegado, y una gran pantalla - un 11% más grande que la de la generación anterior- que transforma el dispositivo en una herramienta perfecta para trabajar o para momentos de ocio.
|