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​Al margen de los militares, pero al hilo del uniforme, también podemos citar a las autoridades religiosas

El uniforme militar y su significado

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La sentencia de la Audiencia de Girona prohibiendo que los militares vistan uniforme en el salón Expojove, feria a la que asiste el Ministerio de Defensa, me plantea el significado de uniforme.

Expojove es una feria juvenil enfocada a la formación profesional. Y en relación a este objetivo, el Ministerio de Defensa participa con la finalidad de dar a conocer la profesión militar.

En consecuencia, es lógico y coherente que los militares asistan con la uniformidad indumentaria correspondiente a este acto que es «reflejo externo de la pertenencia a un colectivo, que en el caso de las Fuerzas Armadas adquiere una singular importancia dado que todas las actividades de sus miembros se desarrollan vistiendo el uniforme militar», explica la Orden DEF/1756/2016 que aprueba la uniformidad de las Fuerzas Armadas.

Unido a esto, y en referencia a la sentencia, hay que añadir que los militares, por Ley Orgánica 9/2011, tienen prohibido vestir el uniforme si participan en manifestaciones o «reuniones de carácter político, sindical o reivindicativo». No se incluyen actos de carácter divulgativo y formativo de la profesión militar.

El concepto de uniforme se explica muy bien en la Orden DEF/1756/2016, «conjunto de prendas de vestuario, debidamente reglamentadas, por un determinado uso por parte del personal militar».

Para el Diccionario de la Lengua Española uniforme es el «traje peculiar y distintivo que por establecimiento o concesión usan los militares y otros empleados o los individuos que pertenecen a un mismo cuerpo o colegio».

Por lo tanto, es mucho más que unas prendas de vestir, es la vestimenta que individualiza e identifica a un colectivo que ejerce una autoridad, un derecho que tienen los militares por la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar: «se da el carácter de agente de la autoridad a los miembros de las Fuerzas Armadas en el ejercicio de determinadas funciones». También hay que recordar que el militar profesional puede ejercer funciones docentes.

Al margen de los militares, pero al hilo del uniforme, también podemos citar a las autoridades religiosas. En la Iglesia no todos sus miembros desempeñan el mismo ministerio y esto se manifiesta exteriormente «por la diferencia de las vestiduras sagradas que, por lo tanto, deben sobresalir como un signo del servicio propio de cada ministro», explica la Instrucción general del misal romano.

El uniforme militar y su significado

​Al margen de los militares, pero al hilo del uniforme, también podemos citar a las autoridades religiosas
María del Carmen Portugal Bueno
miércoles, 30 de octubre de 2019, 12:02 h (CET)

La sentencia de la Audiencia de Girona prohibiendo que los militares vistan uniforme en el salón Expojove, feria a la que asiste el Ministerio de Defensa, me plantea el significado de uniforme.

Expojove es una feria juvenil enfocada a la formación profesional. Y en relación a este objetivo, el Ministerio de Defensa participa con la finalidad de dar a conocer la profesión militar.

En consecuencia, es lógico y coherente que los militares asistan con la uniformidad indumentaria correspondiente a este acto que es «reflejo externo de la pertenencia a un colectivo, que en el caso de las Fuerzas Armadas adquiere una singular importancia dado que todas las actividades de sus miembros se desarrollan vistiendo el uniforme militar», explica la Orden DEF/1756/2016 que aprueba la uniformidad de las Fuerzas Armadas.

Unido a esto, y en referencia a la sentencia, hay que añadir que los militares, por Ley Orgánica 9/2011, tienen prohibido vestir el uniforme si participan en manifestaciones o «reuniones de carácter político, sindical o reivindicativo». No se incluyen actos de carácter divulgativo y formativo de la profesión militar.

El concepto de uniforme se explica muy bien en la Orden DEF/1756/2016, «conjunto de prendas de vestuario, debidamente reglamentadas, por un determinado uso por parte del personal militar».

Para el Diccionario de la Lengua Española uniforme es el «traje peculiar y distintivo que por establecimiento o concesión usan los militares y otros empleados o los individuos que pertenecen a un mismo cuerpo o colegio».

Por lo tanto, es mucho más que unas prendas de vestir, es la vestimenta que individualiza e identifica a un colectivo que ejerce una autoridad, un derecho que tienen los militares por la Ley 39/2007, de 19 de noviembre, de la carrera militar: «se da el carácter de agente de la autoridad a los miembros de las Fuerzas Armadas en el ejercicio de determinadas funciones». También hay que recordar que el militar profesional puede ejercer funciones docentes.

Al margen de los militares, pero al hilo del uniforme, también podemos citar a las autoridades religiosas. En la Iglesia no todos sus miembros desempeñan el mismo ministerio y esto se manifiesta exteriormente «por la diferencia de las vestiduras sagradas que, por lo tanto, deben sobresalir como un signo del servicio propio de cada ministro», explica la Instrucción general del misal romano.

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