Siglo XXI. Diario digital independiente, plural y abierto. Noticias y opinión
Viajes y Lugares Tienda Siglo XXI Grupo Siglo XXI
21º ANIVERSARIO
Fundado en noviembre de 2003
Tribunales

La juez de 'Superliga' dictamina que UEFA y FIFA abusaron de su posición de dominio al impedir la libre competencia

lunes, 27 de mayo de 2024, 12:32 h (CET)
La juez de 'Superliga' dictamina que UEFA y FIFA abusaron de su posición de dominio al impedir la libre competencia
Considera que ambos organismos imponen restricciones "injustificadas" y les ordena cesar sus conductas "anticompetitivas"

MADRID, 27 (EUROPA PRESS)
La magistrada del Juzgado de lo Mercantil Número 17 de Madrid ha sentenciado que UEFA y FIFA han abusado de su posición de dominio en el mercado e impiden la libre competencia, estimando así de forma parcial la demanda presentada por la European Super League Company S. L. (ESLC), propietaria de la Superliga de fútbol, competición planteada por el presidente del Real Madrid, Florentino Pérez.

En su sentencia, conocida este lunes y recogida por Europa Press, el juzgado considera que UEFA y FIFA han incurrido en ello al atribuirse la facultad discrecional de prohibir la participación en competiciones alternativas e imponer restricciones "injustificadas y desproporcionadas" que infringen los artículos 101 y 102 del Tratado de Funcionamiento de la Unión Europea (TFUE).

La magistrada Sofía Gil ordena a ambos organismos a que cesen en esas conductas "anticompetitivas" y se les prohíba que las repitan en el futuro.

También les condena a remover de forma inmediata todos los efectos de las actuaciones anticompetitivas --como expedientes sancionadores o actuaciones equivalentes-- que se hayan producido antes o durante la duración de este procedimiento.

Un procedimiento que comenzó el 18 de abril de 2021, cuando la entidad promotora de la Superliga anunció la puesta en marcha del proyecto para una nueva competición de fútbol profesional y ejercitó acciones en materia de defensa de la competencia ante la respuesta de UEFA y FIFA.

En esta sentencia, la juez declara que los artículos 22, 70, 71, 72 y 73 de los Estatutos FIFA, el artículo 6 del Reglamento FIFA Partidos Internacionales y los artículos 49 y 51 de los Estatutos UEFA son incompatibles con los artículos 101 y 102 del TFUE sobre el marco legal y jurisprudencial del mercado de la competencia en la Unión Europea.

Lo hace en sintonía con la resolución del Tribunal de Justicia de la Unión Europa (TJUE), al que se dirigió el juzgado madrileño con una cuestión prejudicial previa a la celebración de la vista.

Asimismo, la juez declara que el contenido de las declaraciones emitidas por FIFA, UEFA y entidades como las federaciones y ligas de Inglaterra, Italia y España el 18 de abril de 2021 contra el surgimiento de la Superliga infringe también los artículos 101 y 102 del TFUE.

UEFA Y FIFA QUERÍAN EVITAR COMPETIDORES
La sentencia estima parcialmente la demanda presentada por ESLC "por cuanto la actuación de las demandadas no se encontraba dirigida únicamente a evitar el desarrollo de un determinado proyecto, sino a evitar la implantación de un tercero competidor y modificación del sistema monopolístico de la organización de competiciones".

Añade que "se ha mantenido la misma defensa en todo el procedimiento aun cuando el proyecto de la Superliga haya decaído o al menos se ha aceptado que no se va a desarrollar en los términos inicialmente planteados, lo que denota que los actos iniciales conectaban con la oposición de modificación del sistema de autorización de competiciones por terceros competidores".

La juez señala que no se puede imponer una prohibición a futuro de cualquier otro proyecto o modificación del ya presentado, porque "admitir lo contrario supondría aceptar una suerte de prohibición o blindaje de cualquier proyecto de competición futbolística que fuera presentado por las demandantes, lo cual no es aceptable", expone.

Dictamina que corresponderá a los intervinientes su modificación y adaptación posterior. "Ello no determina que sea objeto del procedimiento la autorización de cualquier competición, sino sentar las bases para encauzar un sistema de libre competencia de organización de competiciones de fútbol", explica.

Esta sentencia no es firme y puede ser recurrida ante la Sección 28 de la Audiencia Provincial de Madrid, órgano competente en asuntos de naturaleza mercantil.

Fue en abril de 2021 cuando doce clubes europeos, entre ellos el Real Madrid, el FC Barcelona y el Atlético de Madrid, anunciaron la fundación de la Superliga, pero, tras las amenazas de los organismos rectores del fútbol, solo permanecieron en el proyecto el Real Madrid, el Barça y la Juventus italiana, que también acabó abandonando el proyecto.

Noticias relacionadas

La AN juzga desde mañana a una trama que defraudó a Hacienda transformando gasóleo B para uso general

La cúpula fiscal aborda mañana un "ajustado" debate para fijar criterio sobre la aplicación de la ley de amnistía

El Constitucional suspende de forma cautelar la ley que deroga la ley de Memoria Democrática de Aragón

El juez responde a Begoña Gómez que sigue investigando "dos bloques" de la causa

El juez García Castellón, sobre que Suiza no vea terrorismo en 'Tsunami': La legislación española opina "otra cosa"

 
Quiénes somos  |   Sobre nosotros  |   Contacto  |   Aviso legal  |   Suscríbete a nuestra RSS Síguenos en Linkedin Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter   |  
© 2024 Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto | Director: Guillermo Peris Peris