Siglo XXI. Diario digital independiente, plural y abierto. Noticias y opinión
Viajes y Lugares Tienda Siglo XXI Grupo Siglo XXI
21º ANIVERSARIO
Fundado en noviembre de 2003
Política

El TJUE ve legal excluir que asociaciones de jueces o fiscales puedan impugnar nombramientos

miércoles, 8 de mayo de 2024, 16:11 h (CET)
BRUSELAS, 8 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha sentenciado este miércoles que excluir que las asociaciones de jueces o fiscales puedan impugnar nombramientos de fiscales es compatible con el Derecho comunitario puesto que, en principio, incumbe a los Estados miembro decidir quién puede ejercitar acciones judiciales siempre que no atente contra el derecho a la tutela judicial efectiva.

La Justicia europea responde así a una cuestión prejudicial de un Tribunal de Apelación rumano que debe decidir sobre el caso de una asociación profesional de jueces y otra de fiscales que impugnan el nombramiento de determinados fiscales encargados de llevar a cabo investigaciones sobre asuntos de corrupción.

El tribunal rumano traslada que la legislación nacional impide en la práctica a las asociaciones de jueces y fiscales recurrir ese tipo de decisiones al estar supeditada la admisibilidad del recurso a la existencia de un interés legítimo privado; y pregunta si estas condiciones son compatibles con el Derecho comunitario.

En su sentencia, el Alto Tribunal europeo aclara que el Derecho de la Unión no se opone a una norma nacional que, por exigir que se demuestre un interés privado para admitir un recurso, deje fuera en la práctica a las asociaciones de jueces y fiscales.

El fallo explica que corresponde a los Estados miembro decidir quién puede ejercitar acciones judiciales, siempre que no atente contra el derecho a la tutela judicial efectiva. También aclara que aunque hay casos en los que el Derecho comunitario establece que se debe autorizar a las asociaciones representativas a ejercitar acciones judiciales (por ejemplo en causas por el medio ambiente o contra la discriminación), ninguna de estas disposiciones garantiza con carácter general a jueces y fiscales el derecho a impugnar cuestiones relacionadas con el estatuto de los jueces.

Asimismo, la sentencia apunta que el hecho de que una normativa nacional no autorice a esas asociaciones a interponer dichos recursos no basta para generar dudas legítimas en los justiciables sobre la independencia de los jueces rumanos.

Noticias relacionadas

Vox pide el "desmantelamiento total" de la Acampada per Palestina en la UIB y les acusa de "defender a Hamás"

La romería del PP en la que participará Von der Leyen: 4.000 asistentes, menú con pulpo, sesión vermú y 'dj'

Los grupos del Ayuntamiento de Vitoria, salvo EH Bildu, condenan la desaparición de la placa de Miguel Angel Blanco

PP y Vox renunciarán a que Koldo y Javier Hidalgo comparezcan en el Parlamento balear si no se presentan lunes

Vicepresidente anuncia que el Gobierno de Canarias valorará un recurso de inconstitucionalidad a la ley de amnistía

 
Quiénes somos  |   Sobre nosotros  |   Contacto  |   Aviso legal  |   Suscríbete a nuestra RSS Síguenos en Linkedin Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter   |  
© 2024 Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto | Director: Guillermo Peris Peris