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Estrasburgo condena a España a pagar 30.000 euros a una prostituta por malos tratos de la policía

martes, 24 de julio de 2012, 13:48 h (CET)
MADRID, 24 (SERVIMEDIA)



El Tribunal Europeo de Derechos Humanos (TEDH), con sede en Estrasburgo (Francia), ha condenado al Estado español a indemnizar con 30.000 euros a una prostituta de origen nigeriano por los malos tratos que sufrió a manos de la Policía Nacional tras ser detenida en el año 2005 y por no haber investigado de forma efectiva los hechos.



Los magistrados de la Sección Tercera del TEDH, presididos por el andorrano Josep Casadevall, han concluido que España vulneró el derecho de la mujer a la igualdad de trato sin discriminación por motivos de raza, reconocido en el artículo 3 de la Convención Europea de Derechos Humanos.

La sentencia hecha pública hoy también indica que las autoridades españolas vulneraron el derecho de la recurrente a no ser sometida a malos tratos, proclamada por el artículo 14.

Los hechos se remontan al año 2005, cuando la mujer, de origen nigeriano y residente legalmente en España desde dos años antes, fue detenida en sendas ocasiones por la Policía Nacional en un barrio de Palma de Mallorca donde ejercía la prostitución.

En la primera detención, que tuvo lugar el 15 de julio de 2005, agentes de la Policía Nacional la golpearon con la porra y le profirieron insultos como “puta negra, largo de aquí”. El 21 de julio de ese año los mismos agentes la volvieron a detener y la golpearon de nuevo con la porra. Dos días después se repitió un episodio similar.

La mujer presentó sendas demandas contra los policías y acudió al hospital, donde le encontraron varios hematomas y diagnosticaron que sufría dolores abdominales.

Ambas demandas, fueron archivadas definitivamente, una en marzo de 2007 y otra en abril de 2009. El Constitucional rechazó su recurso en diciembre de ese año.

MOTIVOS RACISTAS

El TEDH considera que las investigaciones “no fueron lo suficientemente profundas y efectivas como para cumplir con las exigencias de la Convención”.

“Las autoridades del Estado tiene la obligación de tomar todas las medidas razonables para descubrir si existió una motivación racista”, señala la resolución hecha pública hoy.

Además de los 30.000 euros de indemnización, que España deberá pagar en un plazo de tres meses, el Estado deberá pagar 1.840 euros a la mujer en concepto de costas procesales.

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