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El Gobierno exige a la banca mantener las líneas de circulante a clientes con créditos del ICO hasta el 30 de junio

Agencias
martes, 17 de noviembre de 2020, 19:50 h (CET)

MADRID, 17 (SERVIMEDIA)


Los bancos tendrán que mantener las líneas de circulante abiertas hasta el 30 de junio a clientes que hayan recibido créditos avalados por el Instituto de Crédito Oficial (ICO), sin encarecerles su precio ni exigir la contratación adicional de productos.


Es una de las medidas incluidas en el macro real decreto ley aprobado este martes por el Consejo de Ministros y con el que lanza un nuevo plan de medidas de apoyo a la liquidez y la solvencia de autónomos y empresas, básicamente apoyado en ampliaciones en los avales del ICO y un aplazamiento en la moratoria concursal.


Con el objetivo de que empresas y autónomos puedan seguir disponiendo de la financiación adecuada para cubrir sus necesidades de liquidez o realizar sus proyectos de inversión se amplía hasta el 30 de junio el plazo de concesión de las dos ñlíneas de hasta 140.000 millones de avales públicos gestionadas por el ICO.


El organismo público lanzó un primer programa de 100.000 millones de euros de avales para facilitar, sobre todo, la financiación bancaria dirigida a dar liquidez. Aquel programa se otorgó con cinco años de plazo y uno de carencia. Luego lanzaría otro de 40.000 millones, con un plazo de ocho años y que se encontraba abierto a contratación hasta fin de año, una ventana que ahora se amplía así en seis meses, hasta el 30 de junio.


Pero el mayor alivio llega con la extensión de los créditos ya otorgados con cargo al primer programa, que permitirá a empresas y autónomos ampliar en tres años el plazo de devolución (el crédito pasaría de cinco a ocho años) y añadir un segundo año de moratoria, al que ya disfrutan.


Su extensión ha tenido lugar para evitar tensiones añadidas a empresas con dificultades para atender dichas deudas porque su actividad continúa afectada por la pandemia por las nuevas restricciones ante los brotes del Covid-19.


Las entidades financieras tendrán que extender el crédito avalado por el ICO en menos de 30 días si así lo solicitan las empresas y autónomos y siempre que cumplan con los criterios de elegibilidad (fundamentalmente, no estar en mora ni incursas en procedimiento concursal).


Para evitar tensiones es por lo que el Gobierno ha impuesto a la banca la obligación de mantener abiertas las líneas de circulante a aquellas empresas y autónomos que tengan créditos con garantía del ICO.


La extensión del plazo podría encarecer el tipo de interés si el importe financiado es superior a los 800.000 euros, pero sólo durante el séptimo y octavo año, ya que es cuando se encarece el aval del ICO para las entidades financieras. No tendrá, por tanto, coste alguno para prórrogas de cuantías superiores o una extensión hasta seis años.


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