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El Gobierno aprueba el anteproyecto de la ley ‘antidoping’

Agencias
martes, 6 de octubre de 2020, 17:18 h (CET)

MADRID, 06 (SERVIMEDIA)


El Consejo de Ministros aprobó este martes el Anteproyecto de Ley Orgánica de lucha contra el dopaje en el deporte, que adecúa el actual marco normativo al nuevo Código Mundial Antidopaje que entrará en vigor el 1 de enero de 2021.


El Código Mundial Antidopaje 2021 entrará en vigor con el nuevo año y, en caso de incumplimiento de la obligación de incorporarlo al derecho interno por alguno de los Estados firmantes, la Agencia Mundial Antidopaje (AMA) podía imponer sanciones.


La ley se tramitará por la vía de urgencia y viene a clarificar y precisar el ámbito objetivo y subjetivo de aplicación de la ley, la clasificación de los tipos de deportistas sujetos a la misma, las infracciones y sanciones aplicables a los mismos y a otras personas y entidades.


La ley creará la Agencia Estatal-Comisión Española para la Lucha Antidopaje en el Deporte y adopta medidas que favorecen una acción inspectora, de conformidad con lo dispuesto por el Código Mundial Antidopaje 2021, que incorpora por primera vez obligaciones sobre programas y planes antidopaje.


Se formula una nueva categorización de los deportistas con licencia y de las sanciones que pueden imponérseles, creando así un régimen sancionador, según el Gobierno, “más justo y adaptado a la realidad de la práctica deportiva en la población”. A estos efectos, se distinguen tres niveles de deportistas: internacional, nacional y aficionado.


También define un nuevo tipo de sustancias prohibidas, las denominadas “sustancias de abuso” en el deporte y que se consideran como tales en una lista anual actualizada por la AMA, y que incluye la cocaína, heroína, MDMA/éxtasis o THC.


La aparición de estas sustancias fuera de competición y sin el propósito de incrementar el rendimiento deportivo se sanciona con suspensión de la licencia federativa por un periodo de tres meses.


Con esta nueva ley se sancionará la ayuda, incitación, contribución, instigación, conspiración, encubrimiento o cualquier otro tipo de colaboración en la comisión de cualquiera de las infracciones previstas.


También se creará un Comité Sancionador Antidopaje como órgano propio y distinto, imparcial e independiente, dentro de la Agencia, que ejerce las competencias sancionadoras en la materia. Además, las resoluciones sancionadoras serán inmediatamente ejecutivas y no podrán ser recurridas por la vía administrativa y manteniendo la jurisdicción contencioso-administrativa.


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