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El TJUE consagra la neutralidad de la red en la Unión Europea frente a las 'tarifas cero'

Agencias
miércoles, 16 de septiembre de 2020, 13:30 h (CET)

MADRID, 16 (Portaltic/EP)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE) ha consagrado en una sentencia el principio esencial de apertura de Internet, también conocido como neutralidad de la red, que se prioriza frente a las 'tarifas cero' de los operadores de Internet.

En este sentido, el TJUE ha considerado que un proveedor de acceso a Internet no puede dar preferencia a determinadas aplicaciones o servicios mediante ofertas que concedan a esas aplicaciones y servicios una "tarifa cero", cuando las demás están sometidas a medidas de bloqueo o de ralentización.

Esta decisión llega después de que el Tribunal General de la Capital de Hungría planteara al TJUE unas cuestiones para saber cómo aplicar el reglamento en un caso con la compañía húngara Telenor.

"La sociedad Telenor, establecida en Hungría, ofrece, entre otros, servicios de acceso a Internet. Entre los servicios que propone a sus clientes figuran dos paquetes de acceso preferente (denominados de 'tarifa cero') cuya particularidad consiste en que el tráfico de datos generado por determinados servicios y aplicaciones específicos no se descuentan del volumen de datos contratado por lo clientes", señala la sentencia del TJUE.

"Además, una vez consumido ese volumen de datos, los clientes pueden continuar utilizando sin restricciones esas aplicaciones y esos servicios específicos mientras que las demás (...) son objeto de medidas de bloqueo o de ralentización del tráfico", añade.

Tras iniciar dos procedimientos para controlar los paquetes, la Oficina de Medios y Comunicaciones de Hungría consideró que "no respetaban la obligación general de trato equitativo y no discriminatorio" y ordenó a Telenor que les pusiera fin.

En la sentencia, el TJUE ha señalado que las "tarifas cero" pueden potenciar el uso de "aplicaciones y servicios privilegiados y reducir correlativamente la utilización de las demás aplicaciones y de los servicios disponibles, atendiendo a las medidas con las que el proveedor de servicios de acceso a Internet en cuestión dificulta técnicamente esta utilización o incluso la imposibilita".

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