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Baleares llega a un acuerdo con el Estado para evitar el recurso de inconstitucionalidad a la Ley de Consultas

Agencias
martes, 14 de enero de 2020, 19:10 h (CET)

Baleares llega a un acuerdo con el Estado para evitar el recurso de inconstitucionalidad a la Ley de Consultas

Se modificará el artículo que determinaba que los referéndums municipales fueran siempre vinculantes

La comisión bilateral constituida por el Govern balear y el Estado ha llegado a un acuerdo para evitar un recurso de inconstitucionalidad a la Ley de Consultas Populares y Procesos Participativos que aprobó el Parlament en marzo de 2019.

El acuerdo, que se ha publicado este martes en el Boletín Oficial de la Comunidad Autónoma (BOIB), resuelve las diversas controversias planteadas por el Gobierno de España.

Entre otros apartados, Baleares se compromete a modificar el artículo que determinaba que los referéndums municipales fueran siempre vinculantes. En su lugar, se establecerá que el resultado de estas consultas será vinculante para la autoridad solamente "en los supuestos en los que así se prevea en la legislación estatal".

El Estado también dudaba de la legalidad del artículo que permitía circunscribir los referéndums a una parte concreta del municipio. Al respecto, el acuerdo alcanzado con el Govern incluye suprimir esta posibilidad, de manera que las consultas tendrán que abarcar "siempre y en todo caso" a todo el término municipal para ajustarse "a la competencia exclusiva del Estado en vista al referéndum".

También se suprimirá la posibilidad de emitir votos sin sobre y la previsión de voto anticipado. Igualmente, el Govern promoverá la modificación de la norma para incluir un apartado recogiendo que el cuerpo electoral que podrá expresar su opinión en las consultas serán los vecinos del municipio que en ese momento tengan derecho de sufragio activo en las elecciones municipales.

Otro punto de controversia era el artículo sobre la resolución de recursos sobre solicitudes para realizar consultas. En este caso, se ha decidido suprimir la referencia al recurso de alzada.

Finalmente, la Comunidad introducirá un inciso en los capítulos III y IV (sobre la organización y la documentación de la consulta y la campaña informativa, el voto, el escrutinio, la proclamación de resultados y las reclamaciones) para señalar que serán aplicables sin perjuicio de lo que dispone la Ley Orgánica del Régimen Electoral General.

Con estas modificaciones, el Govern y el Estado consideran concluidas las controversias planteadas. El acuerdo fue firmado el pasado 3 de diciembre por la consellera de Presidencia, Cultura e Igualdad, Pilar Costa; y el ministro de Agricultura, Pesca y Alimentación, Luis Planas (por suplencia de la ministra de Política Territorial y Función Pública). Como dispone la ley, se debe comunicar al Tribunal Constitucional.

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