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Tribunales

TSJM suspende cautelarmente suplementos de créditos extraordinarios del Ayuntamiento de Madrid

viernes, 17 de noviembre de 2017, 20:12 h (CET)
TSJM suspende cautelarmente suplementos de créditos extraordinarios del Ayuntamiento de Madrid
(((Esta noticia amplia y sustituye la anterior sobre el mismo tema para precisar datos sobre cantidades y fechas de los acuerdos)))

Delegación había pedido su suspensión al entender que era una medida para eludir acuerdos de no disponibilidad anteriores

MADRID, 17 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ha aceptado la medida cautelar solicitada por Delegación del Gobierno para suspender la la ejecutividad de varios acuerdos aprobados por el Ayuntamiento de Madrid de junio y julio en los que se concedió créditos extraordinarios para actuaciones en distritos.

En concreto, se suspenden nueve acuerdos para destinar suplementos de créditos y créditos extraordinarios con un valor superior a los 270 millones de euros, que incluían 577 actuaciones en distritos (como expuso en su día el Consistorio)

Así lo acuerda la sección segunda de la Sala de lo Contencioso-Admnistrativo del TSJM. La Abogacía del Estado, en representación de Delegación, entendía que estos créditos trataron de eludir el cumplimiento de los acuerdos de no disponibilidad por un importe mínimo de cerca de 240 millones, anteriormente adoptados por el propio Consistorio a requerimiento del Ministerio de Hacienda entre abril y mayo.

Los magistrados acuerdan la adopción de la medida cautelar al entender que de ejecutarse los acuerdos impugnados quedaría comprometida la "eficacia" de la sentencia y el recurso "perdería su finalidad", pues los créditos objeto de los acuerdos impugnados habrían sido ya empleados y el gasto se habría materializado.

Según la resolución, esa circunstancia que se refuerza en el caso de créditos extraordinarios y suplementos de créditos, toda vez que estos son aprobados durante la vigencia de unos presupuestos para atender "algún gasto que no pueda demorarse hasta el ejercicio siguiente".

Además, la Sala establece también para aceptar la solicitud de la medida cautelar, el hecho de que se debe apreciar como "prevalentes" en el caso presente los "intereses generales" representados por la Administración del Estado, ya que la "garantía de la estabilidad presupuestaria" es una de las claves de la política económica y responde a un mandato constitucional y tiene como objetivos "garantizar la sostenibilidad financiera de todas las administraciones públicas y fortalecer la confianza en la estabilidad de la economía española".

"Frente a este interés general no cabe oponer, como postula el Ayuntamiento, los intereses públicos del Ayuntamiento o particulares de los beneficiarios del importe de las partidas afectadas por los créditos extraordinarios y los suplementos de crédito, pues además de que esos intereses se invocan de manera genérica, debemos dar prevalencia a los intereses generales del conjunto del Estado en materia de estabilidad presupuestaria y cumplimiento de los compromisos acordados por la UE", expone el fallo respecto a los argumentos jurídicos empleados por el Consistorio y decretar que acepta las medidas cautelares.

En agosto, el Consistorio expuso que Delegación de Gobierno le remitió un escrito para no ejecutar estos suplementos de crédito al entender que se circunscribía a partidas afectadas a los acuerdos de no disponibilidad.

Al respecto, el Consistorio exponía que las cantidades de ese créditos procedían del superávit acumulado en 2016. En total, se estimaban de 577 actuaciones en distritos que comprenden medidas como la instalación de desfibriladores en los mercados de Madrid, la compra de autobuses, la operación asfalto, la replantación y cuidado del arbolado, las obras de restauración de las Murallas de Madrid o el templo de Debod, las mejoras en 93 colegios públicos, el acondicionamiento de instalaciones deportivas, centros culturales y de mayores o cementerios, entre otras.

El Ayuntamiento de Madrid presentará un recurso de reposición al auto del Tribunal Superior de Justicia (TSJM), que acepta las medidas cautelares solicitadas por Delegación de Gobierno respecto a acuerdos de suplemento y modificación de créditos adoptados por el Pleno municipal este año, además de plantear "medidas alternativas para el cumplimiento de la resolución judicial que no causen ningún tipo de perjuicio a terceros ni a la ciudadanía".

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