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Los accionistas de Popular que acudieron a la ampliación de capital tienen hasta 2019 para reclamar

Agencias
jueves, 8 de junio de 2017, 19:42 h (CET)

Los accionistas de Popular que suscribieron la ampliación de capital que la entidad lanzó en mayo del pasado año tienen hasta el mismo mes de 2019 para reclamar, de acuerdo con la firma Lean Abogados.

Así lo contempla la Ley del Mercado de Valores, que establece un plazo de tres años para las reclamaciones sobre ampliaciones de capital a contar desde la fecha de la suscripción.

No obstante, según ha explicado el abogado de la firma Ignacio Para a Europa Press, la jurisprudencia recoge que es posible efectuar la reclamación en tres años desde que el afectado conoce el caso.

Así, podría considerarse como fecha desde la que empieza a contar el plazo el día de la reexpresión de las cuentas por parte de Popular o el momento en el que se dio a conocer que el valor de las acciones quedaba reducido a cero, es decir, este miércoles. Así, los afectados tendrían de plazo para reclamar hasta junio de 2020.

Estas reclamaciones podrán efectuarse sobre la base de que la información facilitada para la ampliación contenía unas cuentas incorrectas que pudieron inducir a error a los inversores.

En el caso de los titulares de acciones de la entidad resultantes del canje de bonos contingentemente convertibles en acciones, conocidos como 'CoCos' en la jerga financiera, el plazo es de cuatro años a contar desde la fecha del canje, por lo que la fecha límite es diferente en cada caso.

Como ejemplo, Para ha puesto el caso de los CoCos emitidos en 2009, que fueron ampliados en 2012, el canje se produjo en noviembre de 2015, por lo que los cuatro años vencerían en noviembre de 2019.

El despacho, que ha constituido una plataforma de afectados, recomienda a los afectados por la amortización de acciones de Popular realizar una reclamación ante el servicio de atención al cliente de la sucursal donde se suscribió el producto o las acciones reclamando la devolución de la inversión. Si esta reclamación no prospera, el afectado deberá presentar una demanda individual por la vía civil, según ha explicado el despacho.

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