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Fútbol

Rubiales pide a la jueza que quite a la LaLiga del 'caso Supercopa': "En modo alguno puede reconocerse víctima"

miércoles, 8 de mayo de 2024, 19:28 h (CET)
Rubiales pide a la jueza que quite a la LaLiga del 'caso Supercopa':
MADRID, 8 (EUROPA PRESS)
El presidente de la Real Federación Española de Fútbol (RFEF) entre 2018 y 2023, Luis Rubiales, ha pedido a la jueza que investiga presuntas irregularidades en su gestión, y también en el traslado de la Supercopa de España masculina a Arabia Saudí, que expulse a la LaLiga de dicho procedimiento al considerar que "en modo alguno" puede calificársele como "víctima".

En el escrito, al que ha tenido acceso Europa Press, la defensa de Rubiales sostiene que la personación de la Liga Nacional de Fútbol Profesional (LaLiga) como acusación particular "carece de sustento legal" que permita entender "su condición de perjudicado u ofendido por los hechos investigados".

En el recurso presentado ante el Juzgado de Primera Instancia e Instrucción Número 4 de Majadahonda en el marco de la pieza separada sobre presuntas irregularidades en la RFEF, Rubiales insiste en que "en modo alguno puede reconocerse a la LaLiga la condición de víctima" a los efectos que fija la ley. "Ni tan siquiera el más que difuso daño reputacional corporativo podría ser fuente de legitimación para ejercitar la acción penal", apunta.

Así, la defensa del expresidente de la RFEF recurre la providencia por la que la jueza acordó el pasado 26 de abril la admisión de LaLiga como acusación particular. A su juicio, se trata de una resolución "no ajustada a Derecho y perjudicial para los intereses generales de la causa".

En este sentido, incide en que existe doctrina jurisprudencial que fija que solo tiene legitimación para ejercer la acusación particular aquel que es "perjudicado, agraviado u ofendido por los delitos imputados". Y, según defiende, la entidad no cumple con esos requisitos: "Ningún perjuicio habría sufrido LaLiga en ninguno de sus derechos".

Además, sostiene que la admisión de la personación de la entidad no ha contado con el "preceptivo y motivado pronunciamiento judicial relativo a la procedencia de su personación".

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