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Redondo celebra que el TC avale la ley que penaliza el acoso en las clínicas de aborto: "España va en buena dirección"

miércoles, 8 de mayo de 2024, 19:01 h (CET)
Redondo celebra que el TC avale la ley que penaliza el acoso en las clínicas de aborto:
MADRID, 8 (EUROPA PRESS)
La ministra de Igualdad, Ana Redondo, ha celebrado que el Tribunal Constitucional (TC) haya avalado este miércoles la ley que penaliza con penas de hasta un año de prisión el acoso a las mujeres que acuden a las clínicas para la interrupción voluntaria del embarazo y ha señalado que "España va en la buena dirección".

En concreto, la titular de Igualdad ha señalado que se trata de una "muy buena noticia" que el TC "haya tumbado un nuevo intento de Vox de recortar, de limitar los derechos de las mujeres y que haya confirmado que la Ley de Interrupción Voluntaria del Embarazo es una buena ley".

En este sentido, Redondo ha expuesto que es una ley que "garantiza y defiende" los derechos reproductivos y sexuales de las mujeres. Asimismo, ha denunciado que, por lo tanto, la "intimidación" y el "acoso" que dice que pretenden colectivos "vinculados" con VOX en los entornos de las clínicas abortistas "para limitar, para entorpecer el derecho de las mujeres, eso está tipificado en la ley, eso es delictivo".

"España va en la buena dirección. Nos encaminamos nuevamente al avance en derechos de las mujeres", ha concluido la ministra.

VOX PRESENTÓ ENMIENDAS PARA QUE NO SE CASTIGASE CON PRISIÓN
La formación liderada por Santiago Abascal impugnó la norma después de haber intentado frenarla en sede parlamentaria y tras presentar --sin éxito-- enmiendas para que el acoso a las mujeres que acuden a las clínicas especializadas en aborto no se castigue con penas de prisión.

Fue en febrero de 2022 cuando el Congreso aprobó --con los votos en contra de PP y Vox-- la ley orgánica con la que se castiga con penas de prisión de tres meses a un año los "actos molestos, ofensivos, intimidatorios o coactivos" que "menoscaben la libertad de las mujeres".

El texto, además, establece que los tribunales podrán imponer a su vez la prohibición de acudir a determinados lugares por periodos de seis meses a tres años, punto que también ha sido respaldado por el Pleno de la corte de garantías.

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