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Mercados y finanzas

Banco de España pide una "altísima colaboración" con la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero

jueves, 18 de abril de 2024, 12:02 h (CET)
MADRID, 18 (EUROPA PRESS)
La directora de Supervisión del Banco de España, Mercedes Olano, ha señalado que es "importantísimo" que haya una "altísima colaboración" entre el supervisor bancario y la Autoridad de Defensa del Cliente Financiero.

Olano ha indicado, durante la presentación de la Memoria de Supervisión de 2023, que la información que tiene el Banco de España sobre esta institución "es escasa". Este nuevo organismo pasará a recibir las reclamaciones de los clientes financieros, una función que por el momento ejercen el propio Banco de España, la Comisión Nacional del Mercado de Valores (CNMV) y la Dirección General de Seguros.

Sin embargo, Olano sí ha resaltado la necesidad de contar con una "muy buena cooperación" con esta nueva entidad, puesto que el Banco de España necesitará seguir conociendo cuáles son las preocupaciones del cliente bancario para ejercer la supervisión de conducta. "Será importantísimo tener una altísima colaboración con ellos", ha concluido al respecto.

En marzo el Consejo de Ministros relanzó el proyecto para crear esta autoridad, después de que el anterior texto se paralizase en el Congreso de los Diputados en julio por la convocatoria anticipada de elecciones. La previsión del Gobierno ahora es que esta ley entre en vigor antes de que finalice 2024.

Podrán presentar reclamaciones ante la autoridad las personas físicas o jurídicas clientes de servicios financieros por posibles incumplimientos de normas de conducta, buenas prácticas y usos financieros, así como por abusividad de cláusulas declaradas como tales por el Tribunal Supremo o el Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), o en su caso, hayan sido inscritas con tal carácter en el Registro de Condiciones Generales de la Contratación.

El texto señala que las resoluciones se dictarán en un plazo en no más de 90 días naturales y tendrán carácter vinculante para las entidades financieras cuando las reclamaciones estén relacionadas con la normativa de conducta y protección a la clientela, o con cláusulas abusivas declaradas como tales y de una cuantía inferior a 20.000 euros.

Cuando las resoluciones no sean vinculantes, estas tendrán valor de informe pericial si se deciden aportar en un procedimiento judicial en defensa de sus intereses.

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