Siglo XXI. Diario digital independiente, plural y abierto. Noticias y opinión
Viajes y Lugares Tienda Siglo XXI Grupo Siglo XXI
21º ANIVERSARIO
Fundado en noviembre de 2003
Empleo

La Audiencia anula varios artículos del convenio del personal laboral de la AGE por excluir al sindicato ELA

jueves, 14 de noviembre de 2019, 11:28 h (CET)
MADRID, 14 (EUROPA PRESS)
La Sala de lo Social de la Audiencia Nacional ha anulado varios artículos del IV convenio único del personal laboral de la Administración General del Estado (AGE) al considerar que vulneran los derechos del sindicato ELA.

El convenio, que regula las condiciones laborales de cerca de 40.000 personas, se firmó en marzo de este año por la AGE y los sindicatos CCOO, UGT, CSIF y CIG.

El pasado mes de julio el convenio fue impugnado por ELA ante la Audiencia Nacional al entender que su organización quedaba prácticamente excluida de la negociación de varias materias para las que tenía competencia y legitimación.

La Audiencia señala en el fallo, publicado este jueves en el Boletín Oficial del Estado (BOE), que el convenio reconoce funciones negociadoras a la Comisión Paritaria en lugar de competencias interpretativas, lo que supone una vulneración del derecho de negociación a quienes no firmaron el convenio.

Así, la Sala considera que la exclusión de ELA de las funciones negociadoras, previstas en varios artículos del convenio, se encomendaron "ilegalmente" a la Comisión Paritaria del IV Convenio, "vulnerando el derecho a la libertad sindical del sindicato demandante en su vertiente funcional a la negociación colectiva".

De este modo, la Audiencia Nacional estima parcialmente la demanda de ELA, aunque rechaza por desproporcionada la indemnización de 6.251 euros que reclamaba el sindicato a los firmantes del convenio, reduciéndola a la cantidad de 300 euros.

Los artículos del convenio que han sido anulados por la Audiencia son el 4.4 (negociación de las condiciones económicas por las partes firmantes), el 15.q (creación de nuevos complementos de productividad o incentivos de producción a propuesta de la subcomisión paritaria correspondiente), el 56.3 (la distribución de la masa salarial correspondiente a los complementos será acordada por la Comisión Paritaria) y el apartado cuarto de la disposición transitoria séptima, relativo al reparto por parte de la Comisión Paritaria de la masa salarial correspondiente a los complementos determinados puestos.

El fallo cuenta con un voto particular de la magistrada Emilia Ruiz-Jarabo, en el que se defiende la estimación de la práctica totalidad de los artículos denunciados por ELA y la concesión de la indemnización de 6.251 euros reclamada.

Por su parte, el sindicato ya ha anunciado que recurrirá el fallo para que se estimen la totalidad de sus pretensiones.

Noticias relacionadas

El Gobierno se abre a revisar el convenio del "rescate" de periodos de prácticas tras las críticas recibidas

(AM) Seguridad Social indica que sindicato y empresa deberán solicitar la aplicación del coeficiente reductor

Seguridad Social indica que sindicato y empresa deberán solicitar la aplicación de coeficientes reductores

El 53% de los trabajadores considera el salario lo más importante en un nuevo empleo, según Michael Page

CSIF ve "disparatada" la cantidad que antiguos becarios de investigación deben dar para regular su cotización

 
Quiénes somos  |   Sobre nosotros  |   Contacto  |   Aviso legal  |   Suscríbete a nuestra RSS Síguenos en Linkedin Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter   |  
© Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto | Director: Guillermo Peris Peris