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El Supremo decide que la fiscal jefe de Madrid siga siendo investigada junto a García Ortiz

Agencias
jueves, 5 de diciembre de 2024, 17:22 h (CET)

MADRID, 05 (SERVIMEDIA)


El Tribunal Supremo ha desestimado un recurso presentado por la Abogacía del Estado en representación de la fiscal jefe provincial de Madrid, Pilar Rodríguez, contra el auto que declaró la competencia del Alto Tribunal para investigarla junto al fiscal general del Estado, Álvaro García Ortiz, por revelación de secretos.


En un auto conocido este jueves, la Sala de lo Penal del Supremo mantiene que existe una "conexión inescindible" entre las actuaciones atribuidas a ambos fiscales en relación con la elaboración y difusión de una nota informativa, lo que impide la apertura de causas separadas.


Esta nota fue difundida el pasado 14 de marzo y en la misma la Fiscalía de Madrid aseguraba que fue Alberto González, pareja de la presidenta madrileña, Isabel Ayuso, quien ofreció llegar a un acuerdo en el procedimiento por fraude tributario que tiene abierto. Por tanto, el comunicado del Ministerio Público pretendía rebatir que desde el Ejecutivo madrileño se dijese que la oferta de pacto había sido al revés.


Al mismo tiempo, sobre la investigación a la fiscal Rodríguez, la Sala de lo Penal recuerda que el Tribunal Superior de Justicia de Madrid (TSJM) ya denegó el sobreseimiento de la causa para esta funcionaria. Aluden a una resolución de este tribunal de julio de 2024, donde se apuntaba que la participación de esta acusada en los hechos "no ha quedado nítidamente establecida" y que su actuación "va más allá" de una mera pasividad.


El TSJM destacó, en esta resolución de julio pasado, que la fiscal jefe de Madrid "reconoce que se le envió el borrador de la nota para comprobar que era correcta y tenía conocimiento de la preocupación que había en la Fiscalía General de salir al paso de un 'bulo' que se consideraba falso".


DATO "SIGNIFICATIVO"


La Sala de lo Penal del Supremo explica que en el auto recurrido no se valoró la participación de Rodríguez en los hechos, sino que únicamente se analizó la competencia respecto al fiscal general y se declaró la competencia sobre ella por conexidad.


Se señala que el instructor del TSJM consideró que la fiscal jefe provincial "no dijo toda la verdad" en su declaración y que resulta "significativo que sus últimas manifestaciones fueron las de admitir que era la responsable de la difusión de la nota".


Los magistrados rechazan entrar a valorar en este momento los indicios contra Rodríguez Fernández, indicando que cualquier petición de archivo debe ser formulada ante el instructor designado, el magistrado Ángel Luis Hurtado Adrián.


El Supremo reitera que a la fiscal jefe de Madrid "se le atribuye la remisión de datos al fiscal general del Estado para la elaboración de la citada nota informativa, en previo presunto concierto con el mismo". Añade que se trataría de "una actuación que se dice realizada de forma conjunta con el fiscal general del Estado para la redacción y publicación de un único documento", lo que justifica mantener unidos ambos procedimientos.


La resolución destaca que el recurso de la Abogacía del Estado "en ningún momento discute la conexidad con los hechos imputados al aforado", por lo que confirma íntegramente el auto recurrido que declaró la competencia de la Sala.


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