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El Constitucional delibera ya sobre el borrador de ponencia que considera la eutanasia una "expresión de la autonomía personal"

martes, 21 de marzo de 2023, 19:05 h (CET)

MADRID, 21 (SERVIMEDIA)


El Pleno del Tribunal Constitucional (TC) comenzó este martes la deliberación sobre el recurso presentado por Vox contra la Ley de Eutanasia que prevé la muerte asistida en casos de padecimiento grave e incurable. La ponencia, del magistrado Ramón Sáez Valcárcel, avala la “decisión” de poner fin a la propia vida como “expresión de la autonomía personal”.


El Pleno del Tribunal Constitucional ha dado comienzo al debate sobre este recurso que se prevé largo y complejo. De hecho, fuentes del propio tribunal advierten que la deliberación se prolongará a lo largo del miércoles o incluso más.


La ponencia de Sáez considera que la norma es constitucional al entender que el derecho a la vida no es absoluto, sino que deber ser puesto en relación con el derecho a la dignidad y libertad personal. La norma fue impulsada por el Gobierno de coalición y es uno de los proyectos destacados del Ejecutivo en esta legislatura y, previsiblemente, la mayoría progresista del Constitucional la apoyará.


La Ley de Eutanasia recurrida entró en vigor en junio de 2021. Su aplicación supone el derecho de los ciudadanos a una prestación del Sistema Nacional de Salud que consiste en proporcionar los medios necesarios a una persona que ha manifestado su deseo de morir, y de acuerdo al procedimiento y garantías establecidos en la Ley, para cumplir esa aspiración. Pueden acogerse quienes sufran “una enfermedad grave e incurable” o un “padecimiento grave, crónico e imposibilitante” que afecte a la autonomía y que genere un “sufrimiento físico o psíquico constante e intolerable”.


El solicitante podrá acceder a la eutanasia unas cinco semanas después de solicitarla y tras ser informado sobre los cuidados paliativos disponibles y después de confirmar su voluntad de nmrir al menos en cuatro ocasiones a lo largo de todo el proceso. El desistimiento se puede producir en cualquier momento del proceso.


El recurso de Vox estima que la norma atenta contra el derecho a la vida recogido en el artículo 15 de la Constitución y en el artículo 2 del Convenio Europeo de los Derechos Humanos. En su escrito se puede leer que esta ley supone “una derrota de la civilización” y la victoria de la cultura de la muerte.


El borrador de Sáez admite que la intervención del legislador en este “ámbito tan extremadamente delicado” puede generar “inquietudes y zozobras”, pero defiende que no es el Constitucional el órgano llamado a practicar un “un control de calidad o de oportunidad sobre la opción del legislador, a quien no puede sustituir en su labor de configuración política”.


Para el magistrado, la labor del TC “se circunscribe a analizar si la concreta opción regulatoria del legislador plasmada en la ley objeto del presente recurso respeta los límites constitucionales”. Y en ese sentido, asegura que evolución del marco moral y cultural también está influyendo sobre la idea de los ciudadanos sobre “la vida, la integridad física y moral, la muerte, la dignidad humana y el libre desarrollo de la personalidad”, lo que justifica la aprobación de una ley que ofrece “cobertura a nuevas realidades y derechos”.


RECUSACIONES


El Pleno del TC ya inadmitió las recusaciones promovidas por más de 50 diputados del Grupo Parlamentario Popular en el Congreso y del Grupo Parlamentario Ciudadanos contra el magistrado Juan Carlos Campo y la magistrada Laura Díez, respectivamente, por presentarlas fuera de plazo en los recursos de inconstitucionalidad como, por ejemplo, en esta Ley de la Eutanasia.


La ponencia estima que la ley establece suficientes garantías de control de todo el proceso gracias a la intervención de una comisión de garantía y evaluación, compuesta por personal médico, de enfermería y juristas, que analizará cada caso de manera individual y autorizará, en su caso, la petición.


El magistrado ponente avala la constitucionalidad de los registros de profesionales sanitarios objetores y la negativa a participar en el proceso de quienes esgriman razones de conciencia, siempre que se haga de manera anticipada y por escrito. Tendrán siempre un carácter confidencial. Los registros de declarantes de objeción de conciencia se usarán por las Administraciones sanitarias para facilitar la organización y garantizar que se presta la ayuda solicitada por el paciente para morir.


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