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El Defensor del Pueblo denuncia que la “dilación” en la valoración de la discapacidad lleva a “no gozar en vida” de las “ayudas”

lunes, 13 de marzo de 2023, 13:01 h (CET)

MADRID, 13 (SERVIMEDIA)


El Defensor del Pueblo constata en su último informe anual que la “dilación” en la valoración de la discapacidad es de tal envergadura que “no ha permitido gozar en vida de las ayudas que a la persona afectada le hubieran podido corresponder”.


En su informe anual de 2022, que este lunes entregó el defensor del Pueblo, Ángel Gabilondo, a la presidenta del Congreso de los Diputados, Meritxell Batet, se exponen las “numerosas quejas” que los ciudadanos le dirigen “preocupados por la demora en la valoración de la discapacidad y las consecuencias que ello apareja en la percepción de otro tipo de ayudas y prestaciones”.


En algunos casos, deplora el Defensor del Pueblo, “la dilación es tal que no ha permitido gozar en vida de las ayudas que a la persona afectada le hubieran podido corresponder”.


En el caso de las prestaciones por hijo a cargo con discapacidad, “la dilación en la revisión de los grados de discapacidad ha supuesto que el Instituto Nacional de la Seguridad Social suspenda o dé de baja por caducidad dicha prestación, aun a pesar de que los interesados hayan presentado el resguardo de presentación de dicha revisión en el organismo competente de cada comunidad autónoma”.


El Defensor del Pueblo constata que, en caso de dilaciones, “cobra especial importancia dilucidar la fecha de presentación de la solicitud, ya que los efectos de la resolución se establecen a partir de dicha fecha”. La institución que dirige Ángel Gabilondo señala que “no es infrecuente que la Administración solicite una vía concreta para la presentación de la inicial de valoración del grado de discapacidad”; sin embargo, recuerda que la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y la jurisprudencia es “clara” al atestiguar que “la fecha de recepción y registro de documentos no puede condicionarse por la Administración a su constancia en el expediente cuando su existencia se acredita por el administrado mediante el recibo legalmente expedido”.


Por territorios, el informe recoge retrasos en Canarias, Castilla-La Mancha, Asturias, Extremadura, Andalucía, Cataluña, Región de Murcia y la Comunidad de Madrid.


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