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Economía
    

El convenio de pastas alimenticias incorpora una cláusula para incrementar los salarios con la inflación

jueves, 1 de diciembre de 2022, 18:19 h (CET)

MADRID, 01 (SERVIMEDIA)


Sindicatos y patronal del sector de pastas alimenticias firmaron este jueves un acuerdo para el nuevo convenio colectivo del sector entre 2022 y 2024, en virtud del cual los salarios crecerán en este tiempo un 8%, con una cláusula de garantía salarial al IPC al final de la vigencia, sin límites ni topes.


En concreto, según informó CCOO, el convenio conlleva una subida salarial entre 2022 y 2024 de un 8% (3,5%, 2,5% y 2% respectivamente), más la cláusula de revisión en 2024.


Este es otro de los convenios que recogen esta cláusula que, según los sindicatos, cada vez son más. El problema es que se produce en aquellos sectores con mayor presencia sindical, según UGT y CCOO, por lo que siguen exigiendo a la CEOE llegar a un acuerdo marco para no dejar “desamparados” a los trabajadores de las ramas de actividad con menos fuerza sindical.


Por el momento, sindicatos y patronal mantienen aparcada la negociación general y tanto UGT como CCOO han avisado de que de no desbloquearse, las movilizaciones se incrementarán durante 2023.


CATEGORÍA


Por otro lado, CCOO señaló que en el nuevo convenio se ha modificado la anterior estructura de categorías profesionales a un nuevo modelo de grupos profesionales, encuadrando cada uno de los 6 grupos profesionales que se han definido, dentro de las áreas funcionales correspondientes (la primera engloba los servicios generales, administración y gestión; la segunda, la actividad comercial y marketing; y la tercera es el área de fabricación).


Indicó también que se ha trabajado para conseguir una adecuada regulación del contrato fijo discontinuo, acordando temas como la obligación de la empresa a la hora de hacer el llamamiento mediante al menos dos medios electrónicos, y la posibilidad de renunciar al llamamiento sin causar baja voluntaria si estás de alta en otra empresa.


Además, en materia de organización, sin merma de la facultad que la ley otorga a la empresa, la representación legal de las personas trabajadoras tendrá funciones de orientación, propuesta, emisión de informes, etc., en lo relacionado con la organización y racionalización del trabajo. Igualmente, resaltó CCOO que el texto se ha adaptado a la normativa vigente, especialmente en lo relativo a la contratación.


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