Siglo XXI. Diario digital independiente, plural y abierto. Noticias y opinión
Viajes y Lugares Tienda Siglo XXI Grupo Siglo XXI
21º ANIVERSARIO
Fundado en noviembre de 2003
Nacional
    

Los ingenieros de Caminos no podrán hacer informes de licencia de obra de edificaciones con usos residenciales

martes, 4 de octubre de 2022, 14:35 h (CET)

MADRID, 04 (SERVIMEDIA)


El Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 1 de Pontevedra ha concluido en una sentencia que los ingenieros de caminos no pueden hacer el informe preceptivo de las licencias de obras de edificaciones de usos residenciales.


El magistrado señala en la resolución que estos profesionales no pueden informar sobre licencias para usos residenciales, por lo que rechaza el recurso interpuesto por el Colegio de Ingenieros de Caminos, Canales y Puertos de Galicia contra el Ayuntamiento de Valga por la resolución de mayo de 2021 en la que aprobó el pliego de cláusulas administrativas y prescripciones técnicas en la licitación del contrato de servicios para asesoramiento urbanístico municipal.


“No cabe duda de que el título de licenciado/graduado en ingeniería de Caminos, Canales y Puertos habilita profesionalmente para elaborar planes urbanísticos e instrumentos de ordenación del territorio, también para la de instrumentos de gestión urbanística, tratándose, desde luego, de la profesión técnica más idónea respecto de los proyectos de urbanización”, explica el juez en el fallo, aunque señala que “no permite redactar proyectos de edificaciones vinculadas a usos residenciales y administrativos, entre otros”.


Además, añade que, conforme a la última jurisprudencia del Tribunal Supremo, “tampoco pueden elaborar informes acerca del cumplimiento por dichas edificaciones de las condiciones de habitabilidad y seguridad exigibles”, lo que asegura que conlleva “que no puedan suscribir los informes técnicos preceptivos de las licencias de obras para dichos usos, ni las declaraciones de ruina, ni tampoco los expedientes de disciplina urbanística”.


El magistrado también advierte en la sentencia, contra la que cabe presentar recurso de apelación, que es desaconsejable externalizar, con un contrato administrativo, el servicio municipal de urbanismo, pues entiende que la función de emisión de los informes preceptivos en materia de urbanismo debería desempeñarla el personal funcionario (no el contratado por contrato administrativo) para garantizar los principios de objetividad y defensa del interés público, evitando conflicto de intereses.


Noticias relacionadas

CS ratifica a Carrizosa como candidato a presidir la Generalitat en las elecciones catalanas

Dos personas fallecidas en Asturias debido al temporal

El PSOE acusa a Feijóo de eludir la “charca de corrupción” de Ayuso “por miedo al juicio final”

El PP arremete contra la coalición de BNG, ERC, Bildu y Ara Mès por ser “lo más radical” de la política española

La coalición ERC, EH Bildu, BNG y Ara Més se presenta como “buena opción antifascista” en las elecciones europeas

 
Quiénes somos  |   Sobre nosotros  |   Contacto  |   Aviso legal  |   Suscríbete a nuestra RSS Síguenos en Linkedin Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter   |  
© Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto | Director: Guillermo Peris Peris