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Los pensionistas reclaman una ley que blinde la protección de las personas mayores ante situaciones de violencia

jueves, 30 de septiembre de 2021, 12:53 h (CET)

MADRID, 30 (SERVIMEDIA)


La Unión Democrática de Pensionistas y Jubilados de España (UDP) ha reclamado el desarrollo de una ley que garantice la protección y la seguridad de las personas mayores ante eventuales situaciones de abuso y de maltrato.


Lo hizo en el marco de la celebración de la XLVI jornada sobre prevención y sensibilización de los malos tratos y abusos a personas mayores, donde se abordó desde una perspectiva multidisciplinar las políticas de actuación, detección y prevención de la violencia contra los ancianos.


En el debate, presentado por Javier A. Souta, voluntario del programa de Malos Tratos y Abusos a Personas Mayores UDP y presidente de la Asociación Provincial de Mayores y Pensionistas de Madrid -UDP Madrid, contó con la participación de Yolanda Besteiro, presidenta de la Federación Mujeres Progresistas y de la Plataforma de ONG de Acción Social (POAS); Borja Arrue Astrain responsable de proyectos y políticas de AGE Platform Europe; María Ángeles Martínez Marzal, fiscal de la Fiscalía Provincial de Valencia, perteneciente a la Sección de Violencia sobre la Mujer; y Cristina Pérez Castaño, psicóloga de la Fundación Luz Casanova.


La conversación giró en torno al hecho de que España carece de una legislación específica a nivel estatal que regule la protección de las situaciones de maltrato y abuso hacia las personas mayores, una situación que ha agravado la irrupción de la pandemia del coronavirus, antes de la cual se calculaba que uno de cada seis ancianos era víctima de estos hechos.


En ese sentido, Yolanda Besteiro arguyó que “lo sucedido en las residencias muestra, ni más ni menos, la posición social de las personas mayores y la mirada de la sociedad sobre la vejez”, lo que le dio pie a afirmar que, “si bien el Estado asume cada vez mayor responsabilidad y medidas prosociales, descentralizando los cuidados, se hace mediante la externalización de los mismos, y no desde conciliación, la corresponsabilidad social, y la promoción de la salud y los buenos tratos”.


Por ello, defendió la importancia de “un posicionamiento institucional claro y rotundo que ponga la protección de las personas mayores en el centro, y qué mejor forma de hacerlo que a través de una ley que haga de obligado cumplimiento la prevención de la violencia hacia las personas mayores y su protección”.


Esa ley, según Yolanda Besteiro, debería asentarse sobre “algunos pilares básicos”, como la diferenciación por sexos a la hora de abordar la situación de las personas mayores; la promoción de un cambio en la mirada que la sociedad hace de los ancianos; la participación social activa de las personas mayores; la formación de profesionales que permita el fomento del buen trato y de la detección y actuación en casos de maltrato; el desarrollo de una red especializada de atención y protección; y la apuesta por el establecimiento de un sistema de cuidados de calidad, que evite la sobrecarga de las familias y que potencie la especialización de profesionales y su reconocimiento profesional.


En materia de intervención de la violencia de género con mujeres mayores, Cristina Pérez lamentó que éstas han quedado fuera de las estadísticas oficiales, lo que ha impedido conocer el impacto de esta lacra sobre este segmento de la población.


En esa línea, María Ángeles Martínez Marzal, puso de manifiesto que durante su intervención que “la agresión de género no es algo puntual, sino que en el caso de los matrimonios mayores suele darse con frecuencia. Lo que no suele darse es la denuncia o el inicio de un procedimiento penal”.


Por último, planteó las distintas situaciones y problemáticas que existen a la hora de interponer una denuncia cuando se produce una situación de violencia entre la persona cuidadora y la tipificación del maltrato físico, psicológico o económico ejercido contra el mayor por las personas cuidadoras familiares o profesionales, así como las actuaciones penales planteadas cuando la persona agresora es la persona mayor.


De este modo, expuso que cuando se opta como última vía la jurisdicción penal “no significa que sea la única solución ni que deba de dejar las vías asistenciales cuando se ha puesto una denuncia o, al contrario, empezar a actuar solo si hay procedimiento penal”.


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