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Ordenan que declaren los responsables de aplicar protocolos en la primera ola en tres residencias de Leganés (Madrid)

miércoles, 26 de enero de 2022, 19:00 h (CET)
Ordenan que declaren los responsables de aplicar protocolos en la primera ola en tres residencias de Leganés (Madrid)
Pide interrogar a los médicos de cada una de las residencias en relación a "la deficiente atención sanitaria" prestada

MADRID, 26 (EUROPA PRESS)
La Audiencia Provincial de Madrid ha ordenado la reapertura de la investigación abierta contra los directores de tres residencias de Leganés por los fallecidos en la primera ola de la pandemia, solicitando la declaración de los responsables de implementar en dichos geriátricos los protocolos de derivación a hospitales de la Comunidad de Madrid.

Así consta en un auto, al que tuvo acceso Europa Press, en el que se estima parcialmente el recurso de apelación de los familiares contra la resolución del Juzgado de Primera Instancia e instrucción número 5 de Leganés que acordó en julio de 2021 el sobreseimiento libre de las actuaciones.

La querella interpuesta a través de la plataforma Marea de Residencias se dirigía contra los equipos directivos de tres residencias de esta localidad por delitos de homicidio imprudente, lesiones imprudentes, omisión del deber de socorro, trato degradante y prevaricación.

No es la primera causa penal que investiga los presuntos incumplimientos en la implementación de los protocolos sobre derivación de pacientes a hospitales dictados por la Comunidad de Madrid.

En la comisión de investigación, Carlos Mur, entonces director de Coordinación Sociosanitaria, afirmó que miembros de las Consejerías de Sanidad y de Políticas Sociales conocían y "participaron desde el principio" en la redacción de los protocolos geriátricos que firmó y envió a ambos departamentos regionales.

Según manifestó, "ningún protocolo estancó el traslado de residentes a hospitales". En estos documentos se fijaban criterios para no derivar a determinados residentes enfermos de Covid-19 con dependencia o discapacidades a hospitales durante el punto más álgido de la pandemia.

En su auto de archivo, la jueza exponía que era "la pandemia la que hizo enfermar a estas personas, y no la actuación de los directores de las residencias o de los consejeros querellados de la Comunidad de Madrid, en cuanto a la actuación que pudieran haber llevado a cabo desde un punto de vista administrativo y/o gubernativo para intentar su control y minimizar su impacto".

Los magistrados acuerdan ahora que dicho archivo se revoque a los efectos de practicar las diligencias indicadas y las que, en su caso, el instructor considere necesarias.

DECLARACIÓN DE LOS RESPONSABLES
De este modo, los magistrados consideran pertinentes la toma de declaración de varios responsables de los protocolos de derivación de pacientes a hospitales para despejar "toda duda sobre la actuación de los querellados".

En primer lugar pide que se tome declaración a los responsables de implementar los protocolos de actuación frente al Covid en cada una de las residencias a los efectos de que expliquen "los informes ya remitidos en cuanto a los protocolos seguidos para evitar los contagios en relación a los medios disponibles".

De igual modo solicita que se interrogue en calidad de testigos a los responsables médicos de cada una de las residencias en las fechas a las que se contraen los hechos, en relación a "la deficiente atención sanitaria a la que hacen referencia los querellantes".

Esta declaración se ordena al objeto de que "ilustren de la situación médica de cada uno de sus pacientes a los que se refieren las querellas presentadas sobre la base de las historias clínicas que obran ya en Autos así como al seguimiento de los protocolos para la derivación hospitalaria".

También piden los magistrados tomar declaración en calidad de testigos a los responsables del servicio de geriatría del Hospital Universitario Severo Ochoa, que era el Hospital de referencia, para que informen sobre los criterios adoptados en esas fechas para el traslado de los enfermos desde las residencias.

El auto señala que practicadas las diligencias indicadas y en función de su resultado, el instructor, con libertad de criterio, podrá acordar en su caso "la práctica de la correspondiente pericial médico forense respecto de aquéllos residentes que considere necesario, así como cualquier otra diligencia que pudiera estimar oportuno practicar, siempre con libertad de criterio para adoptar la decisión que estime procedente".

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