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Inmigración

La reforma del Reglamento de Extranjería obliga a documentar a los menores migrantes solos en un plazo máximo de 3 meses

martes, 19 de octubre de 2021, 19:35 h (CET)
MADRID, 19 (EUROPA PRESS)
La reforma del Reglamento de Extranjería, aprobada este martes por el Consejo de Ministros, a propuesta del Ministerio de Inclusión, Seguridad Social y Migraciones, obligará a documentar a los menores migrantes no acompañados en el plazo máximo de 3 meses desde que llegan a España y no en 9 meses, como ocurría hasta ahora.

Fuentes del Ministerio de Inclusión han precisado que el plazo de documentación era "excesivo y muy burocrático" de forma que se tardaban 9 meses desde que el menor era tutelado hasta que era documentado, lo que generaba una "enorme inseguridad jurídica".

Esta situación provocaba que los menores migrantes que alcanzaban la mayoría de edad sin documentar se veían abocados al "callejón sin salida" de la "irregularidad sobrevenida", sin papeles y sin poder trabajar.

"No podíamos seguir cerrando los ojos ante la evidencia de que la tardanza en documentar significaba una tardanza en que estas personas vulnerables pudieran tener acceso al mercado laboral", han precisado las mismas fuentes.

Ahora, se reduce de 9 a 3 meses el plazo para acreditar la imposibilidad de retorno y las oficinas de extranjería documentarán de oficio pasado ese tiempo. En todo caso, han añadido que el hecho de documentar a estos menores a los 3 meses no les exime de poder ser repatriados a posteriori en caso de que, por ejemplo, se haya localizado a su familia y se acredite la posibilidad de repatriación. En ese caso, se extinguirá la autorización concedida.

Entre los menores solos que se verán afectados por esta reforma se encuentran los que llegaron a Ceuta en la entrada masiva del pasado mes de mayo, que deberán ser documentados cuando entre en vigor la norma --a los 20 días de su publicación en el Boletín Oficial del Estado (BOE)--, sin perjuicio de la posibilidad de ser retornados más adelante si se dan las condiciones.

NIEGAN QUE VAYA A PROVOCAR UN EFECTO LLAMADA
Fuentes del Ministerio de Inclusión han negado que esta reforma pueda generar un "efecto llamada" a menores extranjeros y han explicado que los picos de llegadas por vía irregular a España no se corresponden con cambios normativos relativos a Extranjería. Precisamente, han puntualizado que ningún ministerio ha trasladado esta preocupación.

Además, han puntualizado que la reforma "no se ha tramitado a espaldas de ningún ministerio" y, de hecho, han indicado que las observaciones del Ministerio del Interior "han enriquecido el texto" y limado incertidumbres jurídicas.

En concreto, han destacado dos "grandes aportaciones" del departamento que dirige Fernando Grande-Marlaska: que se redujera el plazo para acreditar la imposibilidad de retorno de 9 a 3 meses, y no a 15 días, como se había propuesto; y que los mayores de edad sin documentar con antecedentes penales no puedan acogerse a esta reforma, una observación que fue validada por el Consejo de Estado.

Además, la reforma extiende la vigencia de las autorizaciones de residencia de 1 a 2 años aliviando la carga administrativa y se aclara que estas autorizaciones habilitan para trabajar cuando el menor alcanza los 16 años, al igual que pueden hacerlo los menores extranjeros acompañados y los españoles de esa misma edad.

Por otro lado, se crea un régimen propio al alcanzar la mayoría de edad para los menores documentados. Así, se fija un régimen propio sin referencias a residencia no lucrativa, de forma que se facilita el acceso al mercado laboral, dando continuidad a la autorización que ya tenía como menor.

Además, hasta ahora, estos chicos de 18 años debían acreditar una cantidad mínima de medios económicos, en concreto, unos 2.200 euros mensuales, sin ser computables los ingresos del sistema social; y para acceder a una autorización de residencia y trabajo, necesitaban encontrar un trabajo de una duración mínima de un año.

Con la reforma del Reglamento de Extranjería, se establece como cuantía máxima la que se tendría derecho a percibir como IMV unipersonal (unos 469 euros) y, además, serán computables los ingresos provenientes de un empleo, del sistema social y otras cuantías que se puedan percibir.

Por otro lado, en el caso de los migrantes que alcanzan la mayoría de edad sin documentar, se establece un nuevo sistema para documentarlos. Asimismo, los jóvenes extutelados que tengan ahora entre 18 y 23 años y que no tengan papeles, podrán acceder a la autorización prevista para los menores que cumplen 18 años sin documentar, para evitar que se encuentren en un "limbo legal".

Además, en la medida en que van a ser documentados, todos estos jóvenes podrán tener acceso a ayudas y a becas; y, sobre todo, se facilitará su tránsito a la empleabilidad.

Sobre el retraso en la aprobación de esta reforma, las mismas fuentes han precisado que ha sido "anecdótico", de "un mes y pico", y se ha debido al debate sobre cómo implementar la reforma. También han precisado que este desfase en el tiempo no se puede vincular con las devoluciones desde Ceuta de agosto.

Finalmente, fuentes de Inclusión han precisado que esta reforma era una demanda de las comunidades autónomas y 11 de ellas formularon propuestas concretas en la misma dirección del borrador inicial, entre ellas, alguna gobernada por el PP, como la Comunidad de Madrid.

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