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El PP quiere vetar del fondo de rescate de la SEPI a toda empresa sin beneficios antes de la pandemia

sábado, 17 de abril de 2021, 12:18 h (CET)
El PP quiere vetar del fondo de rescate de la SEPI a toda empresa sin beneficios antes de la pandemia
Plantea acabar con el carácter reservado de los expedientes una vez el Consejo de Ministros apruebe una operación

MADRID, 17 (EUROPA PRESS)
El PP quiere vetar del fondo de rescate de la Sociedad Estatal de Participaciones Industriales (SEPI) a toda empresa que no obtuviera beneficios antes de la pandemia de Covid-19, esto es, en el ejercicio 2019.

Así consta en las enmiendas que los 'populares' han registrado en el Congreso al decreto ley que regula este fondo, cuyo funcionamiento han criticado en reiteradas ocasiones, especialmente a partir del rescate a la aerolínea Plus Ultra por 53 millones de euros.

Desde esta formación cuestionan si es estratégica su propia solvencia, una de las características que se presume para poder optar a este tipo de operaciones, entre las que se prevé instrumentos tales como la concesión de préstamos participativos, la adquisición de deuda subordinada o la suscripción de acciones u otros instrumentos de capital.

En la justificación de la enmienda, el PP argumenta que esta exigencia a empresas que se beneficien del fondo de solvencia es exactamente el mismo requisito que se exige a las pymes y autónomos para poder beneficiarse de las ayudas directas recientemente aprobadas por el Gobierno.

FIN DEL CARÁCTER RESERVADO
Por otro lado, el PP ha registrado otra enmienda para acabar con el carácter reservado de las operaciones en el momento de su aprobación en el Consejo de Ministros, fijando un plazo de cinco días para que el Ejecutivo remita el expediente completo del rescate al Congreso.

Y es que en la redacción del decreto ley en vigor se establece el carácter reservado de datos, documentos e informaciones en manos del Consejo Gestor del fondo y de la propia SEPI hasta que los interesados los hagan públicos.

La norma establece la prohibición de divulgar estas informaciones a ninguna persona o autoridad, ni su utilización para finalidades distintas a las de la propia operación, obligándose a guardar secreto y a no utilizar la información recibida con finalidades distintas a los auditores de cuentas, asesores legales y demás expertos independientes designados por el Consejo Gestor y por la SEPI.

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