Siglo XXI. Diario digital independiente, plural y abierto. Noticias y opinión
Viajes y Lugares Tienda Siglo XXI Grupo Siglo XXI
21º ANIVERSARIO
Fundado en noviembre de 2003
Mundo

El Supremo revoca la sentencia que impedía el uso de escopetas antidisturbios a los agentes de Carabineros

jueves, 25 de febrero de 2021, 13:35 h (CET)
El Supremo revoca la sentencia que impedía el uso de escopetas antidisturbios a los agentes de Carabineros
MADRID, 25 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Supremo de Chile ha revocado la sentencia emitida por la Corte de Apelaciones de Valparaíso que ordenaba a Carabineros dejar de usar escopetas antidisturbios ante cualquier incidente que se produzca en la ciudad.

El fallo, que fue emitido el pasado mes de julio, tuvo lugar de forma unánime tras acoger una quincena de recursos interpuestos por observadores y defensores de los Derechos Humanos, que han condenado la labor de la institución en el marco de las protestas registradas tras el 'Estallido social' en octubre de 2019.

A pesar de eso, la Tercera Sala del Supremo ha decidido revocar la sentencia dado que considera que no era la jurisdicción de la Corte de Apelaciones establecer la legalidad de la actuación policial en sus labores de control, según informaciones de la emisora Cooperativa.

Asimismo, el tribunal ha analizado los nuevos protocolos del Ministerio del Interior y de Carabineros para hacer frente a nuevas protestas. "Se observa que se han dictado los protocolos que regulan el uso de la fuerza, conforme a los cuales los agentes policiales deben ajustar su acción en los términos que para cada caso se detalla", ha dictaminado el Supremo.

En este sentido, ha indicado que la determinación de la legalidad del actuar del Cuerpo a la hora de contener las manifestaciones "es una cuestión que no puede ser resulta por esta vía".

Sobre el fallo emitido, el director de Justicia de Carabineros, Jaime Elgueta, ha indicado que "el máximo tribunal revocó por unanimidad en lo pertinente a los medios disuasivos, declarando que su uso se encuentra legitimado por la legislación nacional".

"En lo particular de la actuación de Carabineros, ésta se ajustó a los procedimientos y protocolos establecidos para el mantenimiento del orden público quebrantado por los graves hechos de violencia que experimentó el país, y en particular, la Quinta Región", ha puntualizado.

Por otra parte, Elgueta ha señalado que el fallo "tendrá una gran influencia" en los procesos judiciales que siguen abiertos en la Fiscalía y los tribunales ya que "desestima una afectación sistemática de los Derechos Humanos y, por el contrario, válida la legitimidad de la policía en el ejercicio del control del orden público".

Noticias relacionadas

Los hutíes atacan un buque comercial y un destructor de EEUU en el Golfo de Adén

Israel afirma tras la difusión del vídeo de un rehén que "perseguirá" a Hamás hasta su liberación

Mueren 24 migrantes y otros 20 son dados por desaparecidos frente a las costas de Yibuti

EEUU se muestra alarmado por una "inminente ofensiva" de las RSF en la capital de Darfur Norte (Sudán)

Johnson pide la dimisión de la presidenta de la Universidad de Columbia por las protestas propalestinas

 
Quiénes somos  |   Sobre nosotros  |   Contacto  |   Aviso legal  |   Suscríbete a nuestra RSS Síguenos en Linkedin Síguenos en Facebook Síguenos en Twitter   |  
© Diario Siglo XXI. Periódico digital independiente, plural y abierto | Director: Guillermo Peris Peris