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Tras analizar los vídeos de la rueda de prensa y tras escuchar la posición de la Fiscalía

La Audiencia archiva la investigación contra Fernández Díaz por revelar secretos del caso Publio Cordón

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La Audiencia Nacional archivó este viernes la investigación abierta contra el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, por una presunta revelación de secretos en la rueda de prensa que ofreció el mes de julio para informar de las novedades descubiertas en el secuestro del empresario Publio Cordón.

El juez Javier Gómez Bermúdez dictó un auto en el que concluye "no haber lugar a denunciar un presunto delito de revelación de secretos" y decreta el archivo de la pieza separada que él mismo abrió en la Audiencia Nacional el pasado 28 de agosto.

Tras analizar los vídeos de la rueda de prensa y tras escuchar la posición de la Fiscalía, el magistrado asegura que "debe descartarse de plano que los hechos descritos pudieran subsumirse en alguno de los delitos comunes de descubrimiento y revelación de secretos".

Aduce que, para incurrir en un delito, el artículo 197 del Código Penal exige "que el sujeto activo se apodere de papeles, cartas, mensajes de correo electrónico, etc., que intercepte comunicaciones o que utilice artificios técnicos de escucha para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, conductas que bajo ningún prisma concurren en este caso".

Gómez Bermúdez explica que el ministro no incurrió en falta porque estaba ejerciendo "las funciones que le son propias cuando informa a la opinión pública de una operación policial de interés general" a través de una rueda de prensa.

En los razonamientos jurídicos del auto, esgrime que para incurrir en un delito de revelación de secretos "es necesario que la persona que divulga la información tenga conocimiento de que está facilitando datos protegidos" pero el examen de las comparecencias de Fernández Díaz del 19 y del 20 de julio permite llegar a la conclusión de que el ministro "no tenía conocimiento" en un primer momento de que las actuaciones eran secretas.

El juez cree que Fernández Díaz "fue informado de ello después" de la primera rueda de prensa, dado que en la segunda comparecencia rechaza responder algunas cuestiones de los periodistas con el argumento de que "hay 'datos de la investigación que no puede revelar' (...) o no contesta a la pregunta 'por la prudencia que exige la investigación'". Por ello, concluye que "el ministro no quería perjudicar la investigación" y, en consecuencia, "no procede elevar una exposición razonada al Tribunal Supremo".

Tampoco aprecia delito de revelación de secretos en las personas "que informaron al ministro de los datos y hechos luego divulgados", puesto que "actuaron dentro de la obligación de reportar legalmente establecida" al ministro. Si olvidaron alertar a Fernández Díaz del carácter secreto de las actuaciones, sentencia que tampoco tiene "reproche penal alguno".

La Audiencia archiva la investigación contra Fernández Díaz por revelar secretos del caso Publio Cordón

Tras analizar los vídeos de la rueda de prensa y tras escuchar la posición de la Fiscalía
Redacción
viernes, 7 de septiembre de 2012, 11:03 h (CET)
La Audiencia Nacional archivó este viernes la investigación abierta contra el ministro del Interior, Jorge Fernández Díaz, por una presunta revelación de secretos en la rueda de prensa que ofreció el mes de julio para informar de las novedades descubiertas en el secuestro del empresario Publio Cordón.

El juez Javier Gómez Bermúdez dictó un auto en el que concluye "no haber lugar a denunciar un presunto delito de revelación de secretos" y decreta el archivo de la pieza separada que él mismo abrió en la Audiencia Nacional el pasado 28 de agosto.

Tras analizar los vídeos de la rueda de prensa y tras escuchar la posición de la Fiscalía, el magistrado asegura que "debe descartarse de plano que los hechos descritos pudieran subsumirse en alguno de los delitos comunes de descubrimiento y revelación de secretos".

Aduce que, para incurrir en un delito, el artículo 197 del Código Penal exige "que el sujeto activo se apodere de papeles, cartas, mensajes de correo electrónico, etc., que intercepte comunicaciones o que utilice artificios técnicos de escucha para descubrir los secretos o vulnerar la intimidad de otro, conductas que bajo ningún prisma concurren en este caso".

Gómez Bermúdez explica que el ministro no incurrió en falta porque estaba ejerciendo "las funciones que le son propias cuando informa a la opinión pública de una operación policial de interés general" a través de una rueda de prensa.

En los razonamientos jurídicos del auto, esgrime que para incurrir en un delito de revelación de secretos "es necesario que la persona que divulga la información tenga conocimiento de que está facilitando datos protegidos" pero el examen de las comparecencias de Fernández Díaz del 19 y del 20 de julio permite llegar a la conclusión de que el ministro "no tenía conocimiento" en un primer momento de que las actuaciones eran secretas.

El juez cree que Fernández Díaz "fue informado de ello después" de la primera rueda de prensa, dado que en la segunda comparecencia rechaza responder algunas cuestiones de los periodistas con el argumento de que "hay 'datos de la investigación que no puede revelar' (...) o no contesta a la pregunta 'por la prudencia que exige la investigación'". Por ello, concluye que "el ministro no quería perjudicar la investigación" y, en consecuencia, "no procede elevar una exposición razonada al Tribunal Supremo".

Tampoco aprecia delito de revelación de secretos en las personas "que informaron al ministro de los datos y hechos luego divulgados", puesto que "actuaron dentro de la obligación de reportar legalmente establecida" al ministro. Si olvidaron alertar a Fernández Díaz del carácter secreto de las actuaciones, sentencia que tampoco tiene "reproche penal alguno".

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