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​Sobre Seguridad Pública, los medios de comunicación publicaban una noticia de rabiosa actualidad

Orden a las fuerzas del orden

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A las fuerzas del orden españolas se las conoce como Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FCS). Se ocupa de ellas la Ley Orgánica 2/1986, que define: “La Seguridad Pública es competencia exclusiva del Estado. Su mantenimiento corresponde al Gobierno de la Nación (Art. 1.1) El mantenimiento de la Seguridad Pública se ejercerá por las distintas administraciones Públicas a través de las FCS (Art. 1.4). Corresponde al Ministro del Interior la administración general de la seguridad ciudadana y el mando superior de las FCS (Art.10.1). La Seguridad Pública, así referida en Ley Orgánica, es la que en la Declaración Universal de Derechos Humanos tiene el mismo rango que los derechos a la vida y a la libertad detallados en su Artículo 3º: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”

Sobre Seguridad Pública, los medios de comunicación publicaban una noticia de rabiosa actualidad. Por concisa, veamos la redacción de Juan Martínez en 20 MINUTOS: “Los Mossos detienen a Pablo Hasél tras atrincherarse en la Universidad de Lleida para evitar ser encarcelado. División entre políticos y artistas por la detención de Pablo Hasél: De buena noticia a indignación absoluta”. A la par, el comentario en televisión de una locutora de Telemadrid explicando secuencias: Imágenes tremendas ayer en Barcelona. Graves disturbios en Sol. Grupos de policías de paisano detienen a jóvenes violentos. Chavales provocando a policías. Protestas en Barcelona. Barricadas con contenedores. Lanzamiento de vallas y objetos. Incidentes en Tarragona, Lleida y Girona.

El revuelo, en prensa y televisión, tiene su origen en el rapero Pablo Rivadulla Duro, con nombre artístico Pablo Hasél. Como por encanto, o preparado, al asunto se unieron grupos de manifestantes enarbolando la bandera de la libertad y algunos políticos de filiación conocida. Es la noticia. Aséptica. Libertad de expresión, manifestación y reunión a examen. También aséptica, la libertad de todos, para oír, desoír, participar o prescindir de lo que ocurra al rapero, a los intereses de los que le apoyan y a los que deciden apartarse del asunto. Con grescas buscadas, revueltas preparadas, o con el terrorismo urbano que alguien ha querido ver.

Alejado de ello, para no entrar en polémica ni alterar sentimientos e intelectos, parece necesario aunar la apetencia natural, de todos, en un derecho global que admite visiones distintas, pero no parceladas: El derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad que es indivisible e innegable. El error actual, afortunadamente sólo referido a un rapero y a las opiniones sobre él, está en desmenuzar derechos (vida, libertad y seguridad) para condicionar juicios y forzar razonamientos y consecuencias. Hay otras circunstancias y añadidos políticos, afectivos o de clase, con ejemplos que conocemos, que no merecen reseña y que es mejor dejar al margen para no ensuciar la realidad.

Están ahí y no procede taparlas, ni edulcorarlas. Porque éstas, y las que puedan aparecer, no pueden interferir en el derecho a la seguridad de todos.

Si separamos el humo, rapero y manifestaciones, de la paja, seguridad pública, accederemos a una realidad en la que afloran dos aspectos distintos: El efecto Hasél, con comparsas y preparación de manifestaciones, actos y revueltas, y, cómo no, financiación. Y la Seguridad Pública.

Porque la Seguridad prima sobre todo, no es momento de detenerse en otras cosas. No son menores, pero dejemos para mejor ocasión los aspectos sobre financiación, intereses internacionales, planes económicos y políticos, y la pretensión (acaso imposible) de las operaciones de los gurús, potencias y economías (privadas o no) que se oyen por ahí.

Fijémonos, pues, en la Seguridad que en nuestra democracia compete a las FCS del Estado. Porque así lo establece nuestra legislación, explicitado en la Ley Orgánica. 2/1986, son ellas, al mando del Ministro de Interior, las encargadas de usar el poder que la sociedad les ha dado para procurar la seguridad de todos. Desde esta realidad, las FCS no pueden pugnar por el control de la calle, ceder ante nadie o poner en riesgo la seguridad pública. Deben usar el poder, dominar, imponer, y, si es necesario, aplastar. Cada ciudadano, sea manifestante o no, ha de interiorizar dos axiomas que, por lo visto, no todo el espectro político social admite: La autoridad de las FCS, que no está en cuestión en ningún caso, hay que acatarla en cualquier momento y situación. Los funcionarios encargados del orden y la seguridad, que tienen la misión y obligación de actuar, son intocables siempre.

Desde esta realidad, en el caso que nos ocupa y en todos, a la hora de entender la seguridad, no queda más que una opción para el ministro del Interior que hemos exigir todos: Orden a las fuerzas del orden.

Orden a las fuerzas del orden

​Sobre Seguridad Pública, los medios de comunicación publicaban una noticia de rabiosa actualidad
José Luis Heras Celemín
viernes, 19 de febrero de 2021, 11:59 h (CET)

A las fuerzas del orden españolas se las conoce como Fuerzas y Cuerpos de Seguridad (FCS). Se ocupa de ellas la Ley Orgánica 2/1986, que define: “La Seguridad Pública es competencia exclusiva del Estado. Su mantenimiento corresponde al Gobierno de la Nación (Art. 1.1) El mantenimiento de la Seguridad Pública se ejercerá por las distintas administraciones Públicas a través de las FCS (Art. 1.4). Corresponde al Ministro del Interior la administración general de la seguridad ciudadana y el mando superior de las FCS (Art.10.1). La Seguridad Pública, así referida en Ley Orgánica, es la que en la Declaración Universal de Derechos Humanos tiene el mismo rango que los derechos a la vida y a la libertad detallados en su Artículo 3º: “Todo individuo tiene derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad de su persona”

Sobre Seguridad Pública, los medios de comunicación publicaban una noticia de rabiosa actualidad. Por concisa, veamos la redacción de Juan Martínez en 20 MINUTOS: “Los Mossos detienen a Pablo Hasél tras atrincherarse en la Universidad de Lleida para evitar ser encarcelado. División entre políticos y artistas por la detención de Pablo Hasél: De buena noticia a indignación absoluta”. A la par, el comentario en televisión de una locutora de Telemadrid explicando secuencias: Imágenes tremendas ayer en Barcelona. Graves disturbios en Sol. Grupos de policías de paisano detienen a jóvenes violentos. Chavales provocando a policías. Protestas en Barcelona. Barricadas con contenedores. Lanzamiento de vallas y objetos. Incidentes en Tarragona, Lleida y Girona.

El revuelo, en prensa y televisión, tiene su origen en el rapero Pablo Rivadulla Duro, con nombre artístico Pablo Hasél. Como por encanto, o preparado, al asunto se unieron grupos de manifestantes enarbolando la bandera de la libertad y algunos políticos de filiación conocida. Es la noticia. Aséptica. Libertad de expresión, manifestación y reunión a examen. También aséptica, la libertad de todos, para oír, desoír, participar o prescindir de lo que ocurra al rapero, a los intereses de los que le apoyan y a los que deciden apartarse del asunto. Con grescas buscadas, revueltas preparadas, o con el terrorismo urbano que alguien ha querido ver.

Alejado de ello, para no entrar en polémica ni alterar sentimientos e intelectos, parece necesario aunar la apetencia natural, de todos, en un derecho global que admite visiones distintas, pero no parceladas: El derecho a la vida, a la libertad y a la seguridad que es indivisible e innegable. El error actual, afortunadamente sólo referido a un rapero y a las opiniones sobre él, está en desmenuzar derechos (vida, libertad y seguridad) para condicionar juicios y forzar razonamientos y consecuencias. Hay otras circunstancias y añadidos políticos, afectivos o de clase, con ejemplos que conocemos, que no merecen reseña y que es mejor dejar al margen para no ensuciar la realidad.

Están ahí y no procede taparlas, ni edulcorarlas. Porque éstas, y las que puedan aparecer, no pueden interferir en el derecho a la seguridad de todos.

Si separamos el humo, rapero y manifestaciones, de la paja, seguridad pública, accederemos a una realidad en la que afloran dos aspectos distintos: El efecto Hasél, con comparsas y preparación de manifestaciones, actos y revueltas, y, cómo no, financiación. Y la Seguridad Pública.

Porque la Seguridad prima sobre todo, no es momento de detenerse en otras cosas. No son menores, pero dejemos para mejor ocasión los aspectos sobre financiación, intereses internacionales, planes económicos y políticos, y la pretensión (acaso imposible) de las operaciones de los gurús, potencias y economías (privadas o no) que se oyen por ahí.

Fijémonos, pues, en la Seguridad que en nuestra democracia compete a las FCS del Estado. Porque así lo establece nuestra legislación, explicitado en la Ley Orgánica. 2/1986, son ellas, al mando del Ministro de Interior, las encargadas de usar el poder que la sociedad les ha dado para procurar la seguridad de todos. Desde esta realidad, las FCS no pueden pugnar por el control de la calle, ceder ante nadie o poner en riesgo la seguridad pública. Deben usar el poder, dominar, imponer, y, si es necesario, aplastar. Cada ciudadano, sea manifestante o no, ha de interiorizar dos axiomas que, por lo visto, no todo el espectro político social admite: La autoridad de las FCS, que no está en cuestión en ningún caso, hay que acatarla en cualquier momento y situación. Los funcionarios encargados del orden y la seguridad, que tienen la misión y obligación de actuar, son intocables siempre.

Desde esta realidad, en el caso que nos ocupa y en todos, a la hora de entender la seguridad, no queda más que una opción para el ministro del Interior que hemos exigir todos: Orden a las fuerzas del orden.

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