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Tribunales

TSJPV ordena al País Vasco que provea a su plantilla de material de protección de forma "inmediata"

viernes, 3 de abril de 2020, 21:00 h (CET)
BILBAO, 3 (EUROPA PRESS)
El Tribunal Superior de Justicia del País Vasco (TSJPV) ha requerido al Servicio Vasco de Salud, Osakidetza, para que provea a su plantilla de material de protección frente al coronavirus "con carácter urgente e inmediato", como ha solicitado el sindicato ELA en una demanda presentada este pasado jueves.

En el escrito, la central sindical pedía que, "como medida cautelarísima", se requiriera a Osakidetza para que, "con carácter urgente e inmediato, proveyera a las plantillas de mascarillas FFP2 y FFP3, batas impermeables, mascarillas quirúrgicas, guantes y guantes de caña larga, ambos desechables, gafas de protección ocular de montura integral gel hidroalcohólico y mamparas de separación para el personal administrativo de atención al paciente".

A raíz de la demanda, el Tribunal ha dictado un auto, contra el que no cabe recurso, en el que estima parcialmente las medidas cautelarísimas solicitadas y requiere a Osakidetza para que, "con carácter urgente e inmediato, provea a su plantilla" del material citado.

Sin embargo, el TSJPV no admite que se haga en 24 horas, como pedía el sindicato, puesto que "la notoria y conocida escasez de determinados medios de producción impide un pronunciamiento global con determinación de plazo mínimo exigible, que a la postre sería de difícil ejecución al convertirse en una especie de obligación de hacer dificultosa, cuando no de difícil cumplimiento y ejecución, en los momentos de devengo y adquisición de muchos de los EPIs solicitados".

En este sentido, asegura que el requerimiento judicial para proporcionar a los sanitarios las medidas de protección necesarias para ejercer su profesión "en condiciones de seguridad" tampoco debería "condicionar y desatender cualesquiera otros colectivos profesionales de idéntica prioridad" o "vulnerabilidad".

Además, en su auto, el TSJPV afirma que la declaración del estado de alarma por la crisis sanitaria actual "no conlleva, evidentemente, la suspensión de los derechos fundamentales que concuerdan con los aquí citados, cuales son los de vida, salud y prevención de riesgos laborales, por mucho que haya otras limitaciones ejemplificativas" como la limitación de circulación, permanencia o practicas intervenciones empresariales.

SOSPECHAS DE CONTAGIO
En un comunicado, ELA ha recordado que, "desde las primeras sospechas de contagio" el sindicato no se ha "cansado de repetir que la salud del colectivo debe ser compatible con el ejercicio profesional".

"Y ello no puede quedar en un segundo plano por el hecho de que estemos ante un servicio esencial, ni porque estemos en una situación de emergencia sanitaria. No podemos normalizar el contagio ni condenar a la plantilla a acudir a su puesto de trabajo con un riesgo cierto para su salud, e incluso para su vida", ha advertido.

ELA destaca que, "precisamente" el Tribunal, en su auto, señala que la crisis sanitaria "no puede conllevar la suspensión del derecho fundamental a la vida, la salud y la prevención de riesgos laborales".

"En las últimas semanas, hemos denunciado, tanto públicamente como ante la propia Osakidetza, la escasez de material de protección. Esta escasez, que se reconoce en el auto y que ha sido reconocida por la propia Osakidetza, lejos de solucionarse, ha derivado en un alto nivel de contagio de la plantilla del ámbito sanitario", ha lamentado.

En este sentido, afirma que, hasta el 31 de marzo, el 18% de los positivos eran trabajadores de Osakidetza, "porcentaje superior al del estado español y al de Italia". En concreto, según ELA, un total de 1.145 profesionales habían dado positivo hasta esa fecha, de los cuales 44 han tenido que ser hospitalizados. Además, una de las trabajadoras falleció.

También hasta esa fecha, otros 1.002 trabajadores del Servicio Vasco de Salud estaban en aislamiento "por ser sospechosos de contagio". El sindicato ha destacado que el propio Lehendakari ha reconocido hoy que los profesionales del ámbito sanitario "son un foco de preocupación".

Por ello, afirma que el auto del TSJPV "viene a avalar que los trabajadores del ámbito sanitario tienen derecho a desarrollar su labor en condiciones de seguridad que no pongan en riesgo su salud y que la responsable de garantizar que eso es así, es de la propia Osakidetza".

"Cabe señalar además, que esto es vital también para que la prestación del servicio sanitario sea posible, pues una plantilla mermada por las bajas pone también en riesgo la atención a la población", ha concluido.

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