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Inmigración

TUE rechaza expulsión de un colombiano con residencia permanente en España por ser condenado a más de un año de cárcel

jueves, 7 de diciembre de 2017, 17:04 h (CET)
BRUSELAS, 7 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea ha dictaminado este jueves que España no puede expulsar a un nacional colombiano en España, que obtuvo un permiso de residencia de larga duración en 2013, por el mero hecho de haber sido condenado a una pena de prisión superior a un año.

El caso se refiere al de un ciudadano colombiano que ingresó en prisión en 2015 en España tras haber sido condenado a dos penas de prisión, de doce y tres meses respectivamente y que posteriormente fue objeto de una orden de expulsión administrativa por parte de la Delegación del Gobierno de Navarra, que también decretó la extinción de su permiso de residencia de larga duración y le prohibió la entrada de nuevo en España durante cinco años.

El Juzgado de lo Contencioso-administrativo n.º1 de Pamplona ha reclamado a la justicia europea que aclare si la directiva de la UE que regula el estatuto de los ciudadanos extracomunitarios se opone a la jurisprudencia de algunos tribunales españoles, según la cual, la protección reforzada frente a la expulsión que contempla dicha directiva únicamente debe concederse cuando se cometen infracciones administrativas y no cuando ha sido condenado a más de un año de cárcel.

En su sentencia de este jueves, el tribunal europeo recuerda que la directiva europea garantiza a los nacionales de terceros países que se han instado en un país de la UE de forma permanente una protección reforzada frente a su expulsión, que sólo pueden decidir los Estados miembro cuando representen "una amenaza real y suficientemente grave" para el orden o seguridad públicos.

Además, los países de la UE deben tener en cuenta, antes de decidir su expulsión y caso por caso, elementos como la duración de la residencia en el país, la edad de la persona, las consecuencias que tendría la expulsión para la persona y sus familiares, los vínculos con el país de residencia o la ausencia de estos con su país de origen y no pueden tomar una decisión de forma automática a raíz de una condena penal.

Por ello, el Tribunal europeo concluye que España no puede decidir su expulsión por el mero hecho de haber sido condenado a más de un año de cárcel e insiste en que es indiferente si la expulsión responde a una sanción administrativa o como consecuencia de una condena penal.

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