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El TUE se pronuncia hoy sobre si los ceses en la CMT al crearse la CNMC menoscabaron su independencia

miércoles, 19 de octubre de 2016, 08:12 h (CET)
MADRID, 19 (EUROPA PRESS)
El Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TUE) se pronunciará este miércoles sobre si el cese anticipado de un expresidente y un consejero de la extinta Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) con motivo de la creación de la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) supuso un "menoscabo a la independencia de dicha autoridad".

El tribunal europeo responderá así a una cuestión prejudicial solicitada por la sala de lo contencioso administrativo del Tribunal Supremo (TS) tras la denuncia del expresidente de la CMT Bernardo Lorenzo y del exconsejero del mismo organismo Xabier Ormaetxea acerca de sus ceses.

El abogado general del TSJUE publicó el pasado 30 de junio sus conclusiones sobre esta consulta, en las que no se oponía a la creación de la CNMC, pero consideraba que los ceses del expresidente y exconsejero de la CMT "menoscaban la independencia de dicha autoridad".

En su opinión, el cese del presidente y de un consejero de una autoridad nacional de reglamentación antes de la finalización de su mandato, como consecuencia de una reforma institucional que tiene por efecto fusionar a esa autoridad con otras autoridades de regulación, sin que estén previstas disposiciones transitorias que permitan garantizar el respeto de la duración del mandato del primero y la adaptación del mandato del segundo, "menoscaba la independencia de dicha autoridad".

En 2013, una ley española fusionó una autoridad nacional de reglamentación (ANR) con otras autoridades de regulación, creando un organismo multisectorial, la CNMC, lo que supuso el fin de la Comisión del Mercado de las Telecomunicaciones (CMT) y el cese anticipado de Lorenzo y Ormaetxea.

Ante esta situación, ambos presentaron un recurso contencioso ante el Supremo contra los Reales Decretos que les cesaban en sus respectivos cargos, alegando que fueron cesados de sus funciones antes de que expirara su mandato sin que existiera ninguna de las causas taxativamente establecidas en la normativa española.

Asimismo, Lorenzo y Ormaetxea también argumentan que su adopción no se vio precedida de la instrucción de ningún expediente disciplinario ni se produjo siquiera la comunicación de las razones de su cese a los demandantes.

Tras esta denuncia, el TS decidió trasladar tres preguntas a Luxemburgo, una de las cuales hacía referencia a si la creación de un marco regulatorio común de redes y servicios de comunicaciones electrónicas a través de un organismo de carácter "no especializado" es compatible con las directivas europeas en lo referido a la salvaguarda de los intereses generales de este tipo de supervisores y reguladores.

La segunda cuestión se refiere a las condiciones de independencia de las autoridades reguladoras en materia de redes y servicios de comunicaciones electrónicas, mientras que la tercera pregunta se interesa directamente acerca del cese de presidentes o consejeros de organismo reguladores como consecuencia de la "mera entrada en vigor de una nueva ley nacional".

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