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Tribunales
El CGPJ suspende al juez Ferrín Calamita mientras se le investiga penalmente por perjudicar a una lesbiana
 


Podrían multarle mañana con 600 euros por realizar una "crítica negativa de la condición homosexual" en otro procedimiento

MADRID, 19 (EUROPA PRESS)
La Comisión Permanente del Consejo General del Poder Judicial acordó hoy por tres votos contra dos suspender cautelarmente en sus funciones al juez de Primera Instancia número 9 de Murcia, Fernando Ferrín Calamita, después de que el Tribunal Superior de Justicia de dicha comunidad haya admitido trámite la querella que presentó una mujer contra él por retrasar "de manera maliciosa" el expediente para conseguir la adopción de la hija biológica de su compañera sentimental.

La decisión se ha acordado con el voto favorable de los vocales pertenecientes a la denominada "minoría progresista" en el Consejo Luis Aguiar, Juan Carlos Campo y Fernando Salinas, actuando este último en sustitución de Juan Pablo González, perteneciente a la mayoría. Votaron en contra los "conservadores" Carlos Ríos y Enrique López.

El Consejo suele suspender en sus funciones a los jueces que son investigados en una causa cuando ésta ha sido instada por la Fiscalía, pero en el caso de Calamita, la querella por "retardo malicioso" se ha incoado a instancias de parte, si bien el Ministerio Público informó a favor de la suspensión mientras se dirime la causa penal.

"VIA RÁPIDA" PARA APARTAR JUECES.
En el fondo del debate de este asunto se encontraba el interés de ciertos sectores del CGPJ por evitar que, de aprobarse la suspensión de Ferrín Calamita, se pudiera generalizar la idea de que interponer querellas contra jueces puede servir como "vía rápida" para apartarles de un asunto cuando así interese a una de las partes.

No obstante, en este caso ha primado el interés por apartar a Ferrín Calamita de su función jurisdiccional mientras se resuelve la causa penal abierta contra él. Fuentes del sector mayoritario señalaron que "se ha roto el precedente" establecido en casos anteriores (no suspender hasta que existe procesamiento) y calificaron de "preocupante" la decisión mayoritaria.

MULTA DE 600 EUROS.
La labor de Ferrín Calamita será sometida mañana otra vez a debate el CGPJ, ya que la Comisión Disciplinaria tiene previsto discutir si le impone una sanción de 600 euros por las "expresiones extravagantes" que vertió en un auto en el en el que otorgaba la custodia de dos niñas al padre porque la madre mantenía una relación lésbica.

El instructor del expediente por este segundo asunto, incoado el pasado mes de julio, considera que las expresiones utilizadas por el juez en el citado auto constituyen una falta grave del artículo 418.6 de la Ley Orgánica del Poder Judicial (LOPJ).

Concluye que Ferrín Calamita utilizó en su resolución "expresiones que exceden el ámbito que corresponde al examen jurídico de la controversia" y se adentran en "una crítica negativa de la condición homosexual impropia de una resolución judicial".

En dicho auto, el juez de Murcia se refería al "perjuicio para las hijas que se deriva de la relación que la madre sostiene con una tercera persona y que lógicamente no se limita a un hecho aislado" y añadía que "la madre tendrá que elegir entre sus hijas y su pareja".

A criterio del juez, la condición homosexual perjudica a los hijos porque tienen derecho a un padre y a una madre, no a dos madres o a dos padres. "Es el ambiente homosexual el que perjudica a los menores, y que aumenta sensiblemente el riesgo de que éstos también lo sean. Esa formación integral es imposible que se la de un progenitor homosexual, por mucho respeto que me merezcan las personas homosexuales, pero aquí prevalece el interés superior del menor", añade.

Además, criticaba la regulación que de la custodia compartida recoge el artículo 92.8 del Código Civil, gracias a la reforma de la Ley del Divorcio en 2005, y cuya redacción considera "un error en la votación en el Congreso del grupo gobernante". Esta modificación es la que permite al juez otorgar la custodia compartida de forma excepcional si no hay acuerdo entre los progenitores, siempre y cuando uno de ellos la haya solicitado. En este caso, ambos padres pidieron la custodia exclusiva de las hijas.

"Como ello no lo puedo acordar --añade el juez--, al estar atado de pies y manos por la reforma de julio de 2005 (...) y considerar que la orientación homosexual de uno de los progenitores sí influye negativamente en la educación y crecimiento armónico de las hijas, me veo en la obligación de atribuir la custodia al padre".

SEGUNDA MULTA.
Además, la Comisión Disciplinaria dejará mañana previsiblemente en suspenso una segunda propuesta de sanción contra Ferrín Calamita, esta vez por valor de 1.000 euros, relacionada con el caso de retraso injustificado en la tramitación del expediente de adopción antes aludido.

Este aplazamiento viene obligado por la Ley mientras se tramita la causa penal por un delito de "retardo malicioso" relacionado con este mismo caso de adopción.

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Publicado el martes 19 de febrero de 2008 a las 15:10 horas.



 
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