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Novedad para las comunidades de propietarios que requerirá mayor formación en administración de fincas

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Este año, la Administración Tributaria española ha establecido los medios electrónicos como forma exclusiva de relacionarse con las comunidades de propietarios. En consecuencia, se amplían las funciones del administrador de fincas y el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas propone medidas para agilizar los procesos

La nueva medida adoptada por la administración española con el fin de acelerar los procesos de gestión, supone un cambio en la relación de ésta con las comunidades de propietarios. Esta norma implica para los presidentes de las comunidades una gestión complicada de las obligaciones fiscales. Además, en el supuesto de que no se cumpla con estas obligaciones, serán responsables tanto el presidente como la propia comunidad, y su incumplimiento conllevaría una importante sanción económica.


Ante esta problemática, el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE) ha realizado una propuesta cuyo objetivo es velar por el buen cumplimiento de este proceso y acelerar su ejecución. La medida que se formula pasa por convertir al administrador de fincas en representante de la comunidad de propietarios. Se añade, por tanto, una nueva labor a las funciones del administrador de fincas.


Como consecuencia de esta medida, serían los administradores los encargados de recibir las notificaciones de la Administración, previo registro de la comunidad de propietarios en las administraciones correspondientes. Para llevar a cabo esta tarea, sería necesario vincular el certificado del administrador al de la comunidad.


Además, el administrador se encargaría de revisar diariamente las notificaciones y realizar las labores pertinentes, como la entrega de documentos y firmas necesarias para la correcta relación de la comunidad con la Administración Tributaria.


Para poder desarrollar la labor de administrador de fincas en este nuevo contexto, el equipo de GES Formación, centro de estudios especializado en cursos online y a distancia, ha trabajado para ofrecer una preparación de calidad en este ámbito a través del curso de administrador de fincas especializado en gestión de comunidades. Con esta formación el alumno conocerá, entre otros, los derechos y obligaciones de la comunidad de propietarios, todo lo relacionado con la contabilidad de las comunidades o la normativa interna.


Por otro lado, el presidente del CGCAFE añade a esta medida otra sugerencia para agilizar los procesos descritos. La propuesta pasa por cotejar las actas donde consta el acuerdo de representación a favor del administrador. Ésta, a su vez, se puede firmar digitalmente y ser enviada de manera electrónica a la Agencia Tributaria mediante el certificado digital del administrador de fincas. De esta forma, según el presidente del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas, se evitaría así el colapso en las oficinas de la Agencia Tributaria y otras entidades.


Con el fin último de proteger a los consumidores, si las propuestas del CGCAFE no fueran asumidas por la Administración, se buscarían fórmulas alternativas con empresas privadas que prestan este tipo de servicio. Con la ampliación de las funciones del administrador de fincas y su dificultad para llevarlas a cabo, la consecuencia sería una repercusión sobre el coste que pagan los usuarios. Según el presidente del CGCAFE, “contribuiría a una desprotección de los consumidores y usuarios en un derecho constitucional como es la vivienda, extremo que agravaría aún más la situación de muchos propietarios que cuentan con ingresos económicos mínimos o nulos por la situación económica y laboral actual, y que repercutiría en una mayor morosidad en las comunidades de propietarios”.


Novedad para las comunidades de propietarios que requerirá mayor formación en administración de fincas

Comunicae
viernes, 17 de noviembre de 2017, 15:54 h (CET)
Este año, la Administración Tributaria española ha establecido los medios electrónicos como forma exclusiva de relacionarse con las comunidades de propietarios. En consecuencia, se amplían las funciones del administrador de fincas y el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas propone medidas para agilizar los procesos

La nueva medida adoptada por la administración española con el fin de acelerar los procesos de gestión, supone un cambio en la relación de ésta con las comunidades de propietarios. Esta norma implica para los presidentes de las comunidades una gestión complicada de las obligaciones fiscales. Además, en el supuesto de que no se cumpla con estas obligaciones, serán responsables tanto el presidente como la propia comunidad, y su incumplimiento conllevaría una importante sanción económica.


Ante esta problemática, el Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas (CGCAFE) ha realizado una propuesta cuyo objetivo es velar por el buen cumplimiento de este proceso y acelerar su ejecución. La medida que se formula pasa por convertir al administrador de fincas en representante de la comunidad de propietarios. Se añade, por tanto, una nueva labor a las funciones del administrador de fincas.


Como consecuencia de esta medida, serían los administradores los encargados de recibir las notificaciones de la Administración, previo registro de la comunidad de propietarios en las administraciones correspondientes. Para llevar a cabo esta tarea, sería necesario vincular el certificado del administrador al de la comunidad.


Además, el administrador se encargaría de revisar diariamente las notificaciones y realizar las labores pertinentes, como la entrega de documentos y firmas necesarias para la correcta relación de la comunidad con la Administración Tributaria.


Para poder desarrollar la labor de administrador de fincas en este nuevo contexto, el equipo de GES Formación, centro de estudios especializado en cursos online y a distancia, ha trabajado para ofrecer una preparación de calidad en este ámbito a través del curso de administrador de fincas especializado en gestión de comunidades. Con esta formación el alumno conocerá, entre otros, los derechos y obligaciones de la comunidad de propietarios, todo lo relacionado con la contabilidad de las comunidades o la normativa interna.


Por otro lado, el presidente del CGCAFE añade a esta medida otra sugerencia para agilizar los procesos descritos. La propuesta pasa por cotejar las actas donde consta el acuerdo de representación a favor del administrador. Ésta, a su vez, se puede firmar digitalmente y ser enviada de manera electrónica a la Agencia Tributaria mediante el certificado digital del administrador de fincas. De esta forma, según el presidente del Consejo General de Colegios de Administradores de Fincas, se evitaría así el colapso en las oficinas de la Agencia Tributaria y otras entidades.


Con el fin último de proteger a los consumidores, si las propuestas del CGCAFE no fueran asumidas por la Administración, se buscarían fórmulas alternativas con empresas privadas que prestan este tipo de servicio. Con la ampliación de las funciones del administrador de fincas y su dificultad para llevarlas a cabo, la consecuencia sería una repercusión sobre el coste que pagan los usuarios. Según el presidente del CGCAFE, “contribuiría a una desprotección de los consumidores y usuarios en un derecho constitucional como es la vivienda, extremo que agravaría aún más la situación de muchos propietarios que cuentan con ingresos económicos mínimos o nulos por la situación económica y laboral actual, y que repercutiría en una mayor morosidad en las comunidades de propietarios”.


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