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González Pons acata la sentencia y la oposición se felicita

Anuladas las concesiones locales de TDT en Valencia

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Gonzalez Pons


El Tribunal Supremo ha decidido anular las concesiones locales de TDT realizadas por la Generalitat Valenciana en 2006, cuando Esteban González Pons era conseller de Relaciones Institucionales y Comunicación.

Ayer se conoció la decisión de la sección séptima de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo que declaraba la nulidad de la adjudicación, decidida por la Generalitat Valenciana el 30 de enero de 2006, de las concesiones locales de Televisión Digital Terrestre. Así consta en la sentencia del Alto Tribunal de fecha 18 de julio de 2012, que estima el recurso de casación interpuesto por la mercantil Servicios de Difusión Tele Elx SAU contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que en 2008 había confirmado la legalidad de esta resolución rubricada por el entonces consejero Esteban González Pons.

Durante el verano de 2005 la Generalitat convocó un concurso público para adjudicar 42 canales divididos en 14 lotes o demarcaciones. El concurso se resolvió finalmente en enero de 2006, dejando fuera a Tele Elx, la primera televisión local que emitió en la Comunidad, que recurrió al TSJCV. Desestimado su recurso, Tele Elx se dirigió al Tribunal Supremo, ya que consideraba que la adjudicación “no había cumplido la obligación de ponderar los criterios de valoración establecidos en las bases de la convocatoria del concurso” al dejar la evaluación de las ofertas exclusivamente en manos de la empresa privada Doxa Consulting.

Ahora el Supremo ha decidido dar la razón a Tele Elx al considerar que la valoración de los candidatos, realizada por una empresa privada y no por la Mesa de Contratación "carece de las notas de objetividad e imparcialidad que es propia de los órganos técnicos de la Administración". Especifica además que “el recurso a un asesoramiento externo es posible, pero ello no supone asumir sin más la valoración hecha por esa empresa externa, dando por buena su valoración, incumpliendo la Mesa de Contratación de forma flagrante su función de valorar las ofertas, que es propia e indelegable”.

Quedan así en el aire estas 42 concesiones que afectan a 14 de las 18 demarcaciones en las cuales se divide la Comunidad Valenciana (las otra cuatro fueron concedidas en otra adjudicación). La oposición había mantenido la arbitrariedad de este reparto, señalando, entre otros  motivos de sospecha, que la empresa Mediamed Comunicación Digital, propiedad de José Luis Ulibarri (imputado en el caso Gürtel), había obtenido frecuencias en 13 de las 14 demarcaciones locales.

El socialista Antonio Torres apunta que desde su partido ya se había denunciado el amiguismo y nepotismo con el que se había actuado en este concurso público. El también socialista Josep Moreno ha insistido en que el gobierno del Partido Popular en Valencia vuelve a estar “en el centro de los escándalos políticos de este país”.

Contundente también ha sido el comunicado de la diputada de Compromís Mireia Mollà, en el cual asegura que esta sentencia “pone fin a uno de los mayores ataques a la democracia y a la libertad de expresión que se han registrado en el País Valenciano”. Para ella el gobierno de Camps y el de Fabra han marginado y acosado a televisiones de reconocida trayectoria profesional, minando la pluralidad informativa. Marga Sanz, de EUPV, también se ha sumado a la alegría por la resolución del Supremo y ha informado de que su partido planteará al Consell que vuelva a realizar las adjudicaciones de forma transparente y en unas condiciones que permitan la colaboración con los demás grupos parlamentarios.

Como es natural la reacción del PP ha sido bien distinta. El portavoz en funciones del partido, Rafael Maluenda ha decidido no opinar sobre el contenido de lo dictado por el TS, ya que primero “habrá que estudiar la sentencia y analizarla”, aunque ha precisado que “el PP tiene el máximo respeto por las decisiones de los tribunales, se comparta o no se comparta la sentencia”.

Esteban González Pons, actual vicesecretario general de Estudios y Programas del Partido Popular, ha declarado, en el marco de la Escuela de Verano del PP celebrada en Gandía estos días, que acata la decisión del Alto Tribunal, aunque menciona el cambio de criterio en el Supremo, puesto que había otras dos sentencias anteriores que validaban la adjudicación y más de veinte del TSJCV que también habían opinado que se había realizado de forma correcta.

Curiosamente el lema de la Escuela de Verano del PP en Gandía es “Los españoles somos todos lo mismo”. La justicia debe, o debería, efectivamente, hacernos a todos iguales y tratarnos a todos los ciudadanos por igual. ¿Por qué entonces han tardado seis años los tribunales en condenar un incumplimiento “flagrante” de la valoración imparcial en una concesión pública? Echemos mano de nuevo del Diccionario de la Lengua Española: flagrante es “de tal evidencia que no necesita pruebas”. Para no necesitar pruebas los magistrados han tardado seis años y veintitantas sentencias en darse cuenta. No me queda otra que terminar con mi muletilla: “así nos va”.

Anuladas las concesiones locales de TDT en Valencia

González Pons acata la sentencia y la oposición se felicita
Luis Alcázar
viernes, 14 de septiembre de 2012, 09:52 h (CET)

Gonzalez Pons


El Tribunal Supremo ha decidido anular las concesiones locales de TDT realizadas por la Generalitat Valenciana en 2006, cuando Esteban González Pons era conseller de Relaciones Institucionales y Comunicación.

Ayer se conoció la decisión de la sección séptima de la sala de lo contencioso-administrativo del Tribunal Supremo que declaraba la nulidad de la adjudicación, decidida por la Generalitat Valenciana el 30 de enero de 2006, de las concesiones locales de Televisión Digital Terrestre. Así consta en la sentencia del Alto Tribunal de fecha 18 de julio de 2012, que estima el recurso de casación interpuesto por la mercantil Servicios de Difusión Tele Elx SAU contra la sentencia de la Sala de lo Contencioso Administrativo del Tribunal Superior de Justicia de la Comunitat Valenciana, que en 2008 había confirmado la legalidad de esta resolución rubricada por el entonces consejero Esteban González Pons.

Durante el verano de 2005 la Generalitat convocó un concurso público para adjudicar 42 canales divididos en 14 lotes o demarcaciones. El concurso se resolvió finalmente en enero de 2006, dejando fuera a Tele Elx, la primera televisión local que emitió en la Comunidad, que recurrió al TSJCV. Desestimado su recurso, Tele Elx se dirigió al Tribunal Supremo, ya que consideraba que la adjudicación “no había cumplido la obligación de ponderar los criterios de valoración establecidos en las bases de la convocatoria del concurso” al dejar la evaluación de las ofertas exclusivamente en manos de la empresa privada Doxa Consulting.

Ahora el Supremo ha decidido dar la razón a Tele Elx al considerar que la valoración de los candidatos, realizada por una empresa privada y no por la Mesa de Contratación "carece de las notas de objetividad e imparcialidad que es propia de los órganos técnicos de la Administración". Especifica además que “el recurso a un asesoramiento externo es posible, pero ello no supone asumir sin más la valoración hecha por esa empresa externa, dando por buena su valoración, incumpliendo la Mesa de Contratación de forma flagrante su función de valorar las ofertas, que es propia e indelegable”.

Quedan así en el aire estas 42 concesiones que afectan a 14 de las 18 demarcaciones en las cuales se divide la Comunidad Valenciana (las otra cuatro fueron concedidas en otra adjudicación). La oposición había mantenido la arbitrariedad de este reparto, señalando, entre otros  motivos de sospecha, que la empresa Mediamed Comunicación Digital, propiedad de José Luis Ulibarri (imputado en el caso Gürtel), había obtenido frecuencias en 13 de las 14 demarcaciones locales.

El socialista Antonio Torres apunta que desde su partido ya se había denunciado el amiguismo y nepotismo con el que se había actuado en este concurso público. El también socialista Josep Moreno ha insistido en que el gobierno del Partido Popular en Valencia vuelve a estar “en el centro de los escándalos políticos de este país”.

Contundente también ha sido el comunicado de la diputada de Compromís Mireia Mollà, en el cual asegura que esta sentencia “pone fin a uno de los mayores ataques a la democracia y a la libertad de expresión que se han registrado en el País Valenciano”. Para ella el gobierno de Camps y el de Fabra han marginado y acosado a televisiones de reconocida trayectoria profesional, minando la pluralidad informativa. Marga Sanz, de EUPV, también se ha sumado a la alegría por la resolución del Supremo y ha informado de que su partido planteará al Consell que vuelva a realizar las adjudicaciones de forma transparente y en unas condiciones que permitan la colaboración con los demás grupos parlamentarios.

Como es natural la reacción del PP ha sido bien distinta. El portavoz en funciones del partido, Rafael Maluenda ha decidido no opinar sobre el contenido de lo dictado por el TS, ya que primero “habrá que estudiar la sentencia y analizarla”, aunque ha precisado que “el PP tiene el máximo respeto por las decisiones de los tribunales, se comparta o no se comparta la sentencia”.

Esteban González Pons, actual vicesecretario general de Estudios y Programas del Partido Popular, ha declarado, en el marco de la Escuela de Verano del PP celebrada en Gandía estos días, que acata la decisión del Alto Tribunal, aunque menciona el cambio de criterio en el Supremo, puesto que había otras dos sentencias anteriores que validaban la adjudicación y más de veinte del TSJCV que también habían opinado que se había realizado de forma correcta.

Curiosamente el lema de la Escuela de Verano del PP en Gandía es “Los españoles somos todos lo mismo”. La justicia debe, o debería, efectivamente, hacernos a todos iguales y tratarnos a todos los ciudadanos por igual. ¿Por qué entonces han tardado seis años los tribunales en condenar un incumplimiento “flagrante” de la valoración imparcial en una concesión pública? Echemos mano de nuevo del Diccionario de la Lengua Española: flagrante es “de tal evidencia que no necesita pruebas”. Para no necesitar pruebas los magistrados han tardado seis años y veintitantas sentencias en darse cuenta. No me queda otra que terminar con mi muletilla: “así nos va”.

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