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Jennifer García Fuentes

Responsabilidad de proteger

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La Responsabilidad de Proteger es la norma adoptada en 2005 por la ONU para intervenir en todos aquellos países en los que la sociedad civil esté sufriendo sobremanera por abusos de sus gobiernos o las fuerzas del orden de sus naciones.

Gran norma, nacida del escarmiento posterior al genocidio nazi o los crímenes de lesa humanidad de Ruanda, entre otros. A día de hoy se vuelve a escuchar este término: ha comenzado la intervención en Libia para frenar la masacre que Gadafi y su ejército, apoyado por los partidarios a su régimen, están cometiendo contra los rebeldes y la población civil.

¡Genial! Pero según reza la definición de Responsabilidad de Proteger, se trata del “deber de socorro a poblaciones víctimas de graves violaciones de derechos humanos”. Mas no olvidemos que se trata de una soft law aprobada por la Asamblea General; es decir, no hay obligación de cumplimiento.

De ahí que la gente no deje de preguntarse el porqué ahora sí actuamos, cuando ya hemos dado la espalda al caso de Yemen, Egipto o Siria, por qué llevamos ciegos décadas ante la situación que se vive en la RD del Congo, por qué ni pestañeamos ante las atrocidades que se cometen y se han cometido desde hace años en Somalia...

Es que es una ley blanda... o su posible sinónimo casi perfecto, una excusa para actuar: la excusa necesaria para intervenir en aquellos lugares que nos interesan. Para iniciar y finalizar una guerra que nosotros, y sólo nosotros, creemos que dará la solución a todos sus problemas.

Qué bonitas son las palabras, las normas y reglas en busca de justicia... y a la vez qué falsas. Si la comunidad internacional desea intervenir, si tiene en su mano la solución, encantados todos de verla aplicada... Con justicia, con rigor, con igualdad. Una persona vale lo mismo en un continente o en otro, en el país vecino o en el de más allá... Que sus pies estén manchados del oro negro, no debería jamás ser excusa para moverse o actuar, como que estén más próximos a nosotros, que sea más fácil ejercer el control sobre ellos o que nos interese más que estén gobernados por uno u otro. Por lo menos, no debería tener efecto en los que recae el poder de mover este mundo.

Responsabilidad de proteger

Jennifer García Fuentes
Jennifer García
martes, 29 de marzo de 2011, 09:22 h (CET)
La Responsabilidad de Proteger es la norma adoptada en 2005 por la ONU para intervenir en todos aquellos países en los que la sociedad civil esté sufriendo sobremanera por abusos de sus gobiernos o las fuerzas del orden de sus naciones.

Gran norma, nacida del escarmiento posterior al genocidio nazi o los crímenes de lesa humanidad de Ruanda, entre otros. A día de hoy se vuelve a escuchar este término: ha comenzado la intervención en Libia para frenar la masacre que Gadafi y su ejército, apoyado por los partidarios a su régimen, están cometiendo contra los rebeldes y la población civil.

¡Genial! Pero según reza la definición de Responsabilidad de Proteger, se trata del “deber de socorro a poblaciones víctimas de graves violaciones de derechos humanos”. Mas no olvidemos que se trata de una soft law aprobada por la Asamblea General; es decir, no hay obligación de cumplimiento.

De ahí que la gente no deje de preguntarse el porqué ahora sí actuamos, cuando ya hemos dado la espalda al caso de Yemen, Egipto o Siria, por qué llevamos ciegos décadas ante la situación que se vive en la RD del Congo, por qué ni pestañeamos ante las atrocidades que se cometen y se han cometido desde hace años en Somalia...

Es que es una ley blanda... o su posible sinónimo casi perfecto, una excusa para actuar: la excusa necesaria para intervenir en aquellos lugares que nos interesan. Para iniciar y finalizar una guerra que nosotros, y sólo nosotros, creemos que dará la solución a todos sus problemas.

Qué bonitas son las palabras, las normas y reglas en busca de justicia... y a la vez qué falsas. Si la comunidad internacional desea intervenir, si tiene en su mano la solución, encantados todos de verla aplicada... Con justicia, con rigor, con igualdad. Una persona vale lo mismo en un continente o en otro, en el país vecino o en el de más allá... Que sus pies estén manchados del oro negro, no debería jamás ser excusa para moverse o actuar, como que estén más próximos a nosotros, que sea más fácil ejercer el control sobre ellos o que nos interese más que estén gobernados por uno u otro. Por lo menos, no debería tener efecto en los que recae el poder de mover este mundo.

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