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Control de los desmanes de los servidores públicos

Los juicios de la residencia

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Posiblemente muchos de los que lean este escrito lo califiquen como anacrónico o carente de actualidad.

Si alguien lo hace, pido que se me permita manifestar mi disconformidad con tal opinión y explicaré por qué:

En época de la tan denostada Monarquía absoluta existía una figura jurídica denominada “Tomar residencia” o Juicio de residencia”. Fue introducida por Alfonso X para castigar a quienes cometiesen iniquidades en el ejercicio de sus funciones o premiar a los que habían desempeñado su oficio satisfactoriamente.

Fueron un instrumento muy eficaz en la administración castellana durante el siglo XVI, aunque lentamente decayeron, hasta que finalmente Carlos IV los suprimió. Consistía en que cualquier funcionario público: Corregidor, Regidores de las ciudades, Alcaldes Mayores y de la Justicia, Ministros de Residencias, Alguaciles de Campo y Espada (hoy los llamaríamos Policía local) y Virreyes en las tierras americanas. En una palabra: todo aquél que desempeñase cualquier oficio público, que hoy los podemos comparar con el Presidente del Gobierno, los Ministros, Presidentes de las Comunidades autónomas, Consejero de las mismas y todo aquél que ostentase un oficio de gobierno nombrado por el Rey (hoy elegido en las urnas), debería de someterse a un escrupuloso y riguroso juicio en el que se escudriñaba y analizaba con todo por menor, cómo había ejercido sus funciones mientras ostentaba el cargo.

Este sometimiento de todo funcionario al análisis de la actuación durante el tiempo en el cual había permanecido en su puesto, era de tal manera inflexible que se recababa el parecer de los ciudadanos (vasallos en aquellos tiempos) para que prestasen testimonio bien en contra o a favor de los comportamientos del juzgado.

Normalmente se llevaba a cabo al final de su mandado, pero había casos, como en el de los Alguaciles de Campo y Espada de Córdoba a quienes se les practica mientras cumplen su función, como ocurre con éstos en Córdoba que en el día diez de mayo de 1535, el Caballero Veinticuatro Gonzalo Cabrera solicita del Alcalde Mayor que mande que se tome residencia a los mismos, y que se mande buscar información sobre su actuación ya que han realizado muchos cohechos y habrá que castigarlos.

Esta búsqueda de información de todos aquellos que podrían haber resultado perjudicados por las actuaciones del mal hacer de los que podríamos llamar hoy funcionarios, servían al Juez, más los testimonios depuestos en el juicio, para castigar al encausado.

Hoy día quienes desempeñan funciones públicas los desmanes, tropelías, tráfico de influencias, malversación de fondos públicos y apropiación de ellos, constituyen una lista casi interminable y una lacra que tiene hastiada a todos los ciudadanos.

Si en España, dado el grado de vergonzosa putrefacción que existe se instalase una figura jurídica parecida a la que preconizamos, posiblemente no se defraudaría, malversaría, despilfarraría y se emplearía inútilmente tanto dinero público, del que se benefician tantos que ostentan una representación pública por mínima que sea.

Ciertamente existen, dispuestas por la Constitución el Congreso de los Diputados y el Senado, las llamadas Comisiones de Investigación que aplican su lupa para indagar cualquier asunto de interés público.

Podríamos considerarlas como un trasunto de los juicios de Residencia, si tuviesen efectividad, pero no lo son ya que no son vinculantes para los tribunales, ni afectan a las resoluciones judiciales, por lo tanto son un remedo de los Juicios de residencia, pero sus resultados, por no tener repercusiones ni atañer a las decisiones judiciales, podemos decir que, en la mayoría de los casos se quedan en agua de borrajas. Bien es verdad en ocasiones, contadas, pueden ser comunicadas el Ministerio Fiscal para que actúe en consecuencia.

Lo que realmente sería efectivo y los políticos se lo pensarían más de una antes de caer en la tentación de las corrupción, sería que todos los que van ejercer un cargo público, antes de tomar posesión de él, presentasen una declaración de bienes efectuada ante notario, hiciesen lo mismo al terminar su cargo y además que un Juez, ayudado por las investigaciones de la Policía Judicial llevase a cabo, no un juicio de residencia, hoy sería anacrónico llamarlo así, pero sí un meticuloso y pormenorizado estudio de en qué, cada uno de los políticos ha empleado el dinero de los contribuyentes.

Si así se procediese, acabaríamos con la corrupción, el despilfarro y las malversaciones de lo que, con miles de esfuerzos aportamos los contribuyentes.

De esta forma, nadie volvería a pensar y mucho menos decir lo de la, en mala hora, ministra Carmen Calvo Poyato, cuando Manifestó: “Estamos manejando dinero público, y el dinero público no es de nadie”.

¿Pensaría esta sandia que caía del Cielo y no lo aportábamos los ciudadanos?

Los juicios de la residencia

Control de los desmanes de los servidores públicos
Manuel Villegas
domingo, 5 de febrero de 2017, 11:46 h (CET)
Posiblemente muchos de los que lean este escrito lo califiquen como anacrónico o carente de actualidad.

Si alguien lo hace, pido que se me permita manifestar mi disconformidad con tal opinión y explicaré por qué:

En época de la tan denostada Monarquía absoluta existía una figura jurídica denominada “Tomar residencia” o Juicio de residencia”. Fue introducida por Alfonso X para castigar a quienes cometiesen iniquidades en el ejercicio de sus funciones o premiar a los que habían desempeñado su oficio satisfactoriamente.

Fueron un instrumento muy eficaz en la administración castellana durante el siglo XVI, aunque lentamente decayeron, hasta que finalmente Carlos IV los suprimió. Consistía en que cualquier funcionario público: Corregidor, Regidores de las ciudades, Alcaldes Mayores y de la Justicia, Ministros de Residencias, Alguaciles de Campo y Espada (hoy los llamaríamos Policía local) y Virreyes en las tierras americanas. En una palabra: todo aquél que desempeñase cualquier oficio público, que hoy los podemos comparar con el Presidente del Gobierno, los Ministros, Presidentes de las Comunidades autónomas, Consejero de las mismas y todo aquél que ostentase un oficio de gobierno nombrado por el Rey (hoy elegido en las urnas), debería de someterse a un escrupuloso y riguroso juicio en el que se escudriñaba y analizaba con todo por menor, cómo había ejercido sus funciones mientras ostentaba el cargo.

Este sometimiento de todo funcionario al análisis de la actuación durante el tiempo en el cual había permanecido en su puesto, era de tal manera inflexible que se recababa el parecer de los ciudadanos (vasallos en aquellos tiempos) para que prestasen testimonio bien en contra o a favor de los comportamientos del juzgado.

Normalmente se llevaba a cabo al final de su mandado, pero había casos, como en el de los Alguaciles de Campo y Espada de Córdoba a quienes se les practica mientras cumplen su función, como ocurre con éstos en Córdoba que en el día diez de mayo de 1535, el Caballero Veinticuatro Gonzalo Cabrera solicita del Alcalde Mayor que mande que se tome residencia a los mismos, y que se mande buscar información sobre su actuación ya que han realizado muchos cohechos y habrá que castigarlos.

Esta búsqueda de información de todos aquellos que podrían haber resultado perjudicados por las actuaciones del mal hacer de los que podríamos llamar hoy funcionarios, servían al Juez, más los testimonios depuestos en el juicio, para castigar al encausado.

Hoy día quienes desempeñan funciones públicas los desmanes, tropelías, tráfico de influencias, malversación de fondos públicos y apropiación de ellos, constituyen una lista casi interminable y una lacra que tiene hastiada a todos los ciudadanos.

Si en España, dado el grado de vergonzosa putrefacción que existe se instalase una figura jurídica parecida a la que preconizamos, posiblemente no se defraudaría, malversaría, despilfarraría y se emplearía inútilmente tanto dinero público, del que se benefician tantos que ostentan una representación pública por mínima que sea.

Ciertamente existen, dispuestas por la Constitución el Congreso de los Diputados y el Senado, las llamadas Comisiones de Investigación que aplican su lupa para indagar cualquier asunto de interés público.

Podríamos considerarlas como un trasunto de los juicios de Residencia, si tuviesen efectividad, pero no lo son ya que no son vinculantes para los tribunales, ni afectan a las resoluciones judiciales, por lo tanto son un remedo de los Juicios de residencia, pero sus resultados, por no tener repercusiones ni atañer a las decisiones judiciales, podemos decir que, en la mayoría de los casos se quedan en agua de borrajas. Bien es verdad en ocasiones, contadas, pueden ser comunicadas el Ministerio Fiscal para que actúe en consecuencia.

Lo que realmente sería efectivo y los políticos se lo pensarían más de una antes de caer en la tentación de las corrupción, sería que todos los que van ejercer un cargo público, antes de tomar posesión de él, presentasen una declaración de bienes efectuada ante notario, hiciesen lo mismo al terminar su cargo y además que un Juez, ayudado por las investigaciones de la Policía Judicial llevase a cabo, no un juicio de residencia, hoy sería anacrónico llamarlo así, pero sí un meticuloso y pormenorizado estudio de en qué, cada uno de los políticos ha empleado el dinero de los contribuyentes.

Si así se procediese, acabaríamos con la corrupción, el despilfarro y las malversaciones de lo que, con miles de esfuerzos aportamos los contribuyentes.

De esta forma, nadie volvería a pensar y mucho menos decir lo de la, en mala hora, ministra Carmen Calvo Poyato, cuando Manifestó: “Estamos manejando dinero público, y el dinero público no es de nadie”.

¿Pensaría esta sandia que caía del Cielo y no lo aportábamos los ciudadanos?

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