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Banco Santander, condenado en Santander por sus 'Valores Santander'

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Un Juzgado de Santander condena al Banco Santander a devolver el dinero invertido en 2009 por una pensionista jubilada en los denominados 'Valores Santander', por entender que el banco vendió el producto a pesar de saber y tener conocimiento de que no era adecuado para el cliente

/COMUNICAE/


El juzgado de primera instancia nº 1 de Santander ha condenado al Banco Santander a devolver los 23.000€ que una jubilada invirtió en 2009, con sus respectivos intereses legales.


El magistrado afirma categóricamente en su sentencia que estamos ante un producto complejo, ya que contiene derivados implícitos, asimismo afirma que el banco asesoró a la cliente sin haber hecho un estudio previo de la misma y que además de todo ello, vendió un producto que no era adecuado a su perfil inversor, conforme a sus conocimientos y experiencia inversora, y siguiendo una reciente sentencia del Tribunal Supremo de 4 de enero de 2016, debe la entidad incluir en la información dada, advertencias concretas sobre los riesgos.


Así mismo manifiesta el magistrado: “Hemos de tener en cuenta que la demandante es un cliente minorista sin experiencia inversora previa en productos complejos como el de autos (igual o similar). Con anterioridad había invertido en fondos de inversión y planes de pensiones, pero esos productos no son comparables a los Valores Santander, pues aquellos son productos no complejos y tienen un riesgo bajo. La propia entidad demandada conocía además que el producto ofrecido no era conveniente a la experiencia y conocimientos financieros de la demandante porque, aunque no realizo el test de idoneidad, si hizo el test de conveniencia que dio resultado negativo".


Desde el despacho que ha representado a la demandante, Ortega y García Abogados, se ha manifestado que dicha sentencia anula una compra hecha en mercado secundario, donde el banco normalmente vendía el producto manifestando que no era conveniente para el cliente, incumplimiento que ha sido sancionado por la Audiencia Nacional y que es un argumento de peso para estimar las demandas sobre contrataciones en mercado secundario.


Sobre Ortega y García Abogados
Es un despacho de abogados con sedes en Madrid, Barcelona, Valencia y Santander. En la actualidad defiende y asesora a los afectados por los Valores Santander en toda España, reclamando sin ningún tipo de coste para el cliente.

www.ortegaygarcia.com
info@ortegaygarcia.com


Fuente Comunicae


Banco Santander, condenado en Santander por sus 'Valores Santander'

Redacción
miércoles, 2 de marzo de 2016, 09:17 h (CET)
Un Juzgado de Santander condena al Banco Santander a devolver el dinero invertido en 2009 por una pensionista jubilada en los denominados 'Valores Santander', por entender que el banco vendió el producto a pesar de saber y tener conocimiento de que no era adecuado para el cliente

/COMUNICAE/


El juzgado de primera instancia nº 1 de Santander ha condenado al Banco Santander a devolver los 23.000€ que una jubilada invirtió en 2009, con sus respectivos intereses legales.


El magistrado afirma categóricamente en su sentencia que estamos ante un producto complejo, ya que contiene derivados implícitos, asimismo afirma que el banco asesoró a la cliente sin haber hecho un estudio previo de la misma y que además de todo ello, vendió un producto que no era adecuado a su perfil inversor, conforme a sus conocimientos y experiencia inversora, y siguiendo una reciente sentencia del Tribunal Supremo de 4 de enero de 2016, debe la entidad incluir en la información dada, advertencias concretas sobre los riesgos.


Así mismo manifiesta el magistrado: “Hemos de tener en cuenta que la demandante es un cliente minorista sin experiencia inversora previa en productos complejos como el de autos (igual o similar). Con anterioridad había invertido en fondos de inversión y planes de pensiones, pero esos productos no son comparables a los Valores Santander, pues aquellos son productos no complejos y tienen un riesgo bajo. La propia entidad demandada conocía además que el producto ofrecido no era conveniente a la experiencia y conocimientos financieros de la demandante porque, aunque no realizo el test de idoneidad, si hizo el test de conveniencia que dio resultado negativo".


Desde el despacho que ha representado a la demandante, Ortega y García Abogados, se ha manifestado que dicha sentencia anula una compra hecha en mercado secundario, donde el banco normalmente vendía el producto manifestando que no era conveniente para el cliente, incumplimiento que ha sido sancionado por la Audiencia Nacional y que es un argumento de peso para estimar las demandas sobre contrataciones en mercado secundario.


Sobre Ortega y García Abogados
Es un despacho de abogados con sedes en Madrid, Barcelona, Valencia y Santander. En la actualidad defiende y asesora a los afectados por los Valores Santander en toda España, reclamando sin ningún tipo de coste para el cliente.

www.ortegaygarcia.com
info@ortegaygarcia.com


Fuente Comunicae


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