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Y el censurado “El beaterio de las arrecogías de Santa María Egipciaca"

Mistos y mixtos alrededor del grupo mixto

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Antes de entrar en lo que está pasando en estos días en el Congreso de los Diputados y en las noticias que aparecen alrededor del Grupo Mixto, conviene precisar los términos “misto” y “mixto” que vamos a usar; y precisar qué es el Grupo Mixto.

Conviene hacerlo por respeto al Congreso, para distinguir los grupos que hay en él del grupo que Martín Recuerda imaginó en su durante años censurado “Beaterio de las arrecogías de Santa María Egipciaca”; y para diferenciar la Cámara Baja de las Cortes Generales de aquel beaterio: un internado donde las arrecogías, o “mujeres perdidas” (vulgo putas), vivían afligidas.

Concretemos:

Siendo “misto” el iniciado en los misterios del culto esotérico eleusino de las antiguas Grecia y Roma, prescindamos del gentilicio de la isla griega Eleusis y reduzcamos el concepto a “iniciado en los entresijos de lo oculto”

Para “mixto”, descartemos las acepciones que son adjetivos y usemos sólo los sustantivos “cerilla” y “mezcla inflamable que se usa para los artificios incendiarios, explosivos o de iluminación”

El Grupo Mixto del Congreso de los Diputados, por su parte, es el que define el Título II del Reglamento del Congreso de los Diputados. Hay en él unos textos relevantes que conviene tener presentes y que en aras de la brevedad no es necesario trascribir.

Únicamente teniendo en cuenta las normas, que establece el citado Título II del Reglamento, se puede examinar la realidad y lo que está ocurriendo. Lo contrario, la inobservancia de normas y mezclar éstas con algarabías o embrollos, conduce a un desbarajuste que es inapropiado en el órgano constitucional que representa al pueblo español y que, entre otras, tiene conferidas la Potestad Legislativa, la Función Presupuestaria, las funciones de otorgamiento y confianza en el Gobierno y el Control del mismo.

Celebradas las Elecciones Generales, es hora de que el Congreso de los Diputados otorgue la confianza para formar Gobierno, y que se hagan cuantas acciones sean precisas para conseguirlo. Pero es impropio que estas acciones aparezcan como jugadas o pillerías de un grupo de mistos, iniciados en los entresijos de lo oculto. Y desacertado, además de peligroso, que alrededor existan unos mixtos que, como cerillas o mezclas inflamables, puedan convertirse en artificios incendiarios, explosivos o de iluminación.

Sin embargo, las noticias sobre lo que está pasando con vistas a formar Gobierno se suceden, no siempre en consonancia con lo legislado y forzando a que La Mesa del Congreso se encargue de una tarea que, en puridad, pudiera no corresponderle: Interpretar las normas.

Aunque hay muchas noticias al respecto, reproduzcamos tres de ellas como ejemplo:

- “Izquierda Unida-Unidad Popular irá al Grupo Mixto al negarse Podemos a la unión con Compromís”, se decía ayer para, a las 24 horas, transformarse en “IU-UP, junto a Bildu se han unido al Grupo de ERC para tener acceso a la subvención y después pasarán al Grupo Mixto”.

- “Podemos presiona para conseguir cuatro grupos y Mónica Oltra pide que el PSOE ceda un parlamentario a Compromís a cambio de negociar un Gobierno socialista”, se decía ayer. Al día siguiente, aparecía un supuesto plan alternativo de Podemos con tres variantes: a) Grupo Confederal-Plurinacional con reparto de papeles entre Compromís-Podemos, En Comú-Podem. En Marea y Podemos. b) Dos bloques: Podemos (42 diputados) y Coaligados (27 diputados). c) Dispersiones varias de diputados coaligados.

- Para contrarrestar las maquinaciones de la Coalición Podemos y aprovechar varias voces concordantes, otros grupos podrían dispersar a sus diputados para, respetando las cantidades que marca el Reglamento, crear varios Grupos Parlamentarios e inundar de efectivos un Grupo Mixto que resultaría multitudinario.

Además de las anteriores, a medida que el tiempo pasa, aparecen “jugadas de última hora” que, bordeando lo establecido, ponen en entredicho los principios mismos del sistema y echan sobre la Mesa del Congreso una responsabilidad que, repito, quizá no le corresponde y frente a la que existen dos posturas:

- La que otorga a la Mesa capacidad de decidir al margen de la Ley sobre las peticiones de los grupos; y le concede la facultad de otorgar o negar, posiblemente en función de los intereses de los miembros de la Mesa y de la interpretación que hagan de lo legislado. Esta postura, parece que con precedentes, concibe a La Mesa como un órgano del Poder Legislativo no sometido a las leyes que emanaron de ese mismo Poder Legislativo.

- Y la que entiende que las acciones de La Mesa del Congreso y sus miembros están sometidos a la Ley y que ésta sólo puede ser interpretada por los miembros del Poder Judicial. En consecuencia con ella, los actos de La Mesa son susceptibles de ser revisables por los jueces; y las decisiones de los miembros merecedoras de atención y, si oportuno fuera (sometidos todos a la Ley), de castigo.

Como las decisiones son importantes, con vistas al futuro inmediato y remoto, aun sin conocer a estas horas las decisiones de La Mesa del Congreso de los Diputados sobre las cuestiones en que ha tenido que entrar, parece adecuado reclamar, además de acierto en los acuerdos, que la Comisión Parlamentaria “de Reglamento”, que determina el artículo 46 del ya muy citado Reglamento del Congreso, consciente de la realidad (presente y pasada), impulse cuantas medidas sean adecuadas para evitar hechos como los que hoy fueron noticias.

Y para que resulte improcedente, por absurdo, recordar a Martin Recuerda y a su durante años censurado “Beaterio de las arrecogías…”

Mistos y mixtos alrededor del grupo mixto

Y el censurado “El beaterio de las arrecogías de Santa María Egipciaca"
José Luis Heras Celemín
martes, 19 de enero de 2016, 23:17 h (CET)
Antes de entrar en lo que está pasando en estos días en el Congreso de los Diputados y en las noticias que aparecen alrededor del Grupo Mixto, conviene precisar los términos “misto” y “mixto” que vamos a usar; y precisar qué es el Grupo Mixto.

Conviene hacerlo por respeto al Congreso, para distinguir los grupos que hay en él del grupo que Martín Recuerda imaginó en su durante años censurado “Beaterio de las arrecogías de Santa María Egipciaca”; y para diferenciar la Cámara Baja de las Cortes Generales de aquel beaterio: un internado donde las arrecogías, o “mujeres perdidas” (vulgo putas), vivían afligidas.

Concretemos:

Siendo “misto” el iniciado en los misterios del culto esotérico eleusino de las antiguas Grecia y Roma, prescindamos del gentilicio de la isla griega Eleusis y reduzcamos el concepto a “iniciado en los entresijos de lo oculto”

Para “mixto”, descartemos las acepciones que son adjetivos y usemos sólo los sustantivos “cerilla” y “mezcla inflamable que se usa para los artificios incendiarios, explosivos o de iluminación”

El Grupo Mixto del Congreso de los Diputados, por su parte, es el que define el Título II del Reglamento del Congreso de los Diputados. Hay en él unos textos relevantes que conviene tener presentes y que en aras de la brevedad no es necesario trascribir.

Únicamente teniendo en cuenta las normas, que establece el citado Título II del Reglamento, se puede examinar la realidad y lo que está ocurriendo. Lo contrario, la inobservancia de normas y mezclar éstas con algarabías o embrollos, conduce a un desbarajuste que es inapropiado en el órgano constitucional que representa al pueblo español y que, entre otras, tiene conferidas la Potestad Legislativa, la Función Presupuestaria, las funciones de otorgamiento y confianza en el Gobierno y el Control del mismo.

Celebradas las Elecciones Generales, es hora de que el Congreso de los Diputados otorgue la confianza para formar Gobierno, y que se hagan cuantas acciones sean precisas para conseguirlo. Pero es impropio que estas acciones aparezcan como jugadas o pillerías de un grupo de mistos, iniciados en los entresijos de lo oculto. Y desacertado, además de peligroso, que alrededor existan unos mixtos que, como cerillas o mezclas inflamables, puedan convertirse en artificios incendiarios, explosivos o de iluminación.

Sin embargo, las noticias sobre lo que está pasando con vistas a formar Gobierno se suceden, no siempre en consonancia con lo legislado y forzando a que La Mesa del Congreso se encargue de una tarea que, en puridad, pudiera no corresponderle: Interpretar las normas.

Aunque hay muchas noticias al respecto, reproduzcamos tres de ellas como ejemplo:

- “Izquierda Unida-Unidad Popular irá al Grupo Mixto al negarse Podemos a la unión con Compromís”, se decía ayer para, a las 24 horas, transformarse en “IU-UP, junto a Bildu se han unido al Grupo de ERC para tener acceso a la subvención y después pasarán al Grupo Mixto”.

- “Podemos presiona para conseguir cuatro grupos y Mónica Oltra pide que el PSOE ceda un parlamentario a Compromís a cambio de negociar un Gobierno socialista”, se decía ayer. Al día siguiente, aparecía un supuesto plan alternativo de Podemos con tres variantes: a) Grupo Confederal-Plurinacional con reparto de papeles entre Compromís-Podemos, En Comú-Podem. En Marea y Podemos. b) Dos bloques: Podemos (42 diputados) y Coaligados (27 diputados). c) Dispersiones varias de diputados coaligados.

- Para contrarrestar las maquinaciones de la Coalición Podemos y aprovechar varias voces concordantes, otros grupos podrían dispersar a sus diputados para, respetando las cantidades que marca el Reglamento, crear varios Grupos Parlamentarios e inundar de efectivos un Grupo Mixto que resultaría multitudinario.

Además de las anteriores, a medida que el tiempo pasa, aparecen “jugadas de última hora” que, bordeando lo establecido, ponen en entredicho los principios mismos del sistema y echan sobre la Mesa del Congreso una responsabilidad que, repito, quizá no le corresponde y frente a la que existen dos posturas:

- La que otorga a la Mesa capacidad de decidir al margen de la Ley sobre las peticiones de los grupos; y le concede la facultad de otorgar o negar, posiblemente en función de los intereses de los miembros de la Mesa y de la interpretación que hagan de lo legislado. Esta postura, parece que con precedentes, concibe a La Mesa como un órgano del Poder Legislativo no sometido a las leyes que emanaron de ese mismo Poder Legislativo.

- Y la que entiende que las acciones de La Mesa del Congreso y sus miembros están sometidos a la Ley y que ésta sólo puede ser interpretada por los miembros del Poder Judicial. En consecuencia con ella, los actos de La Mesa son susceptibles de ser revisables por los jueces; y las decisiones de los miembros merecedoras de atención y, si oportuno fuera (sometidos todos a la Ley), de castigo.

Como las decisiones son importantes, con vistas al futuro inmediato y remoto, aun sin conocer a estas horas las decisiones de La Mesa del Congreso de los Diputados sobre las cuestiones en que ha tenido que entrar, parece adecuado reclamar, además de acierto en los acuerdos, que la Comisión Parlamentaria “de Reglamento”, que determina el artículo 46 del ya muy citado Reglamento del Congreso, consciente de la realidad (presente y pasada), impulse cuantas medidas sean adecuadas para evitar hechos como los que hoy fueron noticias.

Y para que resulte improcedente, por absurdo, recordar a Martin Recuerda y a su durante años censurado “Beaterio de las arrecogías…”

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