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Tags: Opinión · Ver · juzgar y actuar · Francisco Rodríguez
La huelga del transporte


Francisco Rodríguez Barragán


Francisco Rodríguez Francisco Rodríguez
jueves, 19 de junio de 2008, 10:56
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Según el artículo 28.2 de nuestra Constitución se reconoce el derecho a la huelga de los trabajadores para la defensa de sus intereses y añade que la ley que regule el ejercicio de este derecho, establecerá las garantías precisas para asegurar el mantenimiento de los servicios esenciales de la comunidad.

Pasados más de treinta años no se ha dictado ninguna ley reguladora del derecho de huelga sino que por vía de hecho se han ido consolidando malos usos como los piquetes, eufemísticamente llamados informativos, aunque en realidad son en muchas ocasiones salvajemente coactivos.

El establecimiento de garantías para asegurar el mantenimiento de los servicios mínimos esenciales se impone por el gobierno, cuando se trata de huelgas en la misma administración y sus servicios, especialmente de sanidad o transportes urbanos.

El mantener el abastecimiento del mercado no está garantizado, aunque no hay duda de que se trata de un servicio esencial de la comunidad. Como hasta ahora no se ha dejado sentir de forma grave, nadie ha previsto qué hacer cuando llegara la situación.

La presente huelga de los transportistas es bastante rara. El derecho reconocido a los trabajadores en defensa de sus intereses, se ha entendido siempre que era frente a sus empresarios y se enmarca en la estrategia sindical para obtener mejoras de las relaciones laborales.

Ahora, al parecer, los huelguistas son trabajadores autónomos que protestan porque en los acuerdos de transporte que suscribieron con otros empresarios no establecieron ninguna cláusula de revisión cuando aumentara el precio del combustible y plantean que el gobierno le rebaje el precio del gas-oil o fije un precio mínimo obligatorio.

Si el gobierno puede rebajar el precio del combustible tendría que hacerlo para todos los usuarios y no solo para los transportistas y en cuanto a fijar precios mínimos obligatorios sería un intervencionismo inaceptable, incluso por los mismos transportistas que siempre desearán tener la libertad de fijar mejores precios. Hasta el abusivo encarecimiento del combustible, la actividad de transportistas autónomo ha debido ser rentable y ha animado a mucha gente a comprar su camión.

Lo que no es admisible es que los que se declaran en huelga alegando un derecho, impidan a otros ejercer el suyo de trabajar y que esto lo hagan con amenazas, coacciones y daños. Estos comportamientos son delictivos y están tipificados en el Código Penal y la autoridad que tenga conocimiento de ellos, está obligada a actuar y si no lo hace estará cometiendo un delito previsto y penado en el mismo Código.

Más inadmisible aún es que el ejercicio de su “derecho” cause daños irreparables a los agricultores y ganaderos que ven como han de destruir sus productos perecederos y a los ciudadanos que siempre les toca pagar “los platos rotos”.

Quienes no han podido llegar al trabajo, llevar sus hijos al colegio, repostar combustible para poder desplazarse, quedarán perjudicados sin remedio. Estos mismos ciudadanos tendrán que pagar sus compras más caras, como viene ocurriendo a diario. Todos los artículos van aumentando de precio de forma permanente y la destrucción de productos que han provocado estos huelguistas los encarecerán todavía más.

En el caso de que el gobierno quiera calmarlos con determinados beneficios, éstos saldrán también del bolsillo de los ciudadanos que son los que en definitiva, pagan todos los desaguisados con los impuestos que se le exigen coactivamente.

Cualquier medida que se tome, ha de contemplar a la totalidad de los ciudadanos y no solo al colectivo que causa problemas, aunque vemos a menudo que potentes grupos de presión imponen sus tesis y tratan de convencernos de que lo que es bueno para ellos, es bueno para todos, lo que nunca es verdad.

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