MADRID, 14 (EUROPA PRESS) El Pleno del Congreso convalidará este miércoles el decreto ley que prohíbe el cobro a los ciudadanos de dobles comisiones por utilizar el cajero automático, norma que costará unos 32.400 euros anuales a las entidades financieras que operan en toda España.
Según el decreto ley, el propietario del cajero y el emisor de la tarjeta podrán pactar libremente la comisión que este último deberá pagar y, si no se alcanza un acuerdo, el dueño de la máquina podrá fijar una tasa uniforme y "no discriminatoria" en todo el territorio nacional, que podrá ser revisada cada año.
Esto generará una nueva carga administrativa a las 324 empresas afectadas (entre bancos, cajas, cooperativas de crédito o sucursales, entre otras), tal y como admite el Ejecutivo en la memoria que acompaña al decreto ley, en el que se cifra en unos 32.400 euros lo que costarán al sector bancario las comunicaciones anuales al Banco de España sobre las variaciones en las comisiones que cobran, a razón de unos 100 euros por entidad y año.
BUENO PARA LA ECONOMÍA Y LA COMPETENCIA. Frente a eso, el decreto ley no tiene impacto presupuestario ya que las nuevas obligaciones que introduce para el Banco de España y para la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) deberán realizarse con sus actuales medios personales.
El Gobierno sí espera, sin embargo, que esta medida contribuya a reducir los costes de transacción y, por tanto, a una "asignación de recursos más eficiente" que, a su vez, redundará positivamente en la actividad económica.
Igualmente, considera que esta normativa tendrá efectos "muy beneficiosos" sobre la competencia, ya que al establecerse un sistema transparente de costes y permitir que la entidad emisora de la tarjeta pueda asumirlos o no, habrá operadores financieros que no cuentan con red de cajeros que entren en el sistema aprovechándose de las máquinas de otras entidades para prestar sus servicios.
EN VIGOR DESDE EL DOMINGO. Las previsiones de este decreto ley entraron en vigor el 3 de octubre, cuando se publicó en el Boletín Oficial del Estado (BOE). No obstante, las entidades tienen de plazo hasta el 1 de enero próximo para adaptarse totalmente a la normativa.
Así, el banco propietario del terminal no podrá cobrar una comisión directamente al cliente, pero sí a la entidad emisora de la tarjeta, que luego decidirá si la repercute o no, de forma total o parcial. En cualquier caso, en la pantalla del cajero se deberá informar ya al usuario del importe máximo que podría llegar a cobrársele.
Si se trata de una tarjeta a débito, el emisor sólo podrá repercutir lo que haya pagado al dueño del cajero, sin gastos adicionales que sí podrán imponerse en el caso de una tarjeta de crédito, aunque sin superar el que se cobra a los clientes propios por sacar dinero en efectivo.
Según el Ministerio de Economía, anualmente se realizan en España más de 900 millones de operaciones de retirada de efectivo cada año en los más de 50.000 cajeros que existen repartidos por todo el país. La CNMC deberá informar a partir de ahora al Gobierno con carácter semestral sobre los acuerdos y decisiones de las entidades bancarias en relación con estas comisiones.
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